¿Cuáles son los requisitos marcados por la ley para ser funcionario de carrera?

Requisitos para ser Funcionario (Ley 1964)

25/12/2014

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Adentrarse en el mundo del empleo público implica conocer las normativas que rigen el acceso y la permanencia en él. La Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, promulgada en 1964, sentó las bases para definir quiénes podían formar parte de la Administración pública civil en España y bajo qué condiciones. Este artículo se basa estrictamente en el texto de dicha ley para desgranar los requisitos esenciales que se marcaban para adquirir la condición de funcionario de carrera en aquella época.

¿Cuáles son los requisitos marcados por la ley para ser funcionario de carrera?
Artículo 36. La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos: a) Superar las pruebas de selección y, en su caso, los cursos de formación que sean procedentes. b) Nombramiento conferido por la autoridad competente.

La ley distinguía principalmente entre dos tipos de personal al servicio de la Administración pública: los funcionarios que se regían por el Derecho administrativo y los trabajadores que se regían por la legislación laboral. Dentro de los funcionarios, se hacía una diferenciación clave entre los funcionarios de carrera y los funcionarios de empleo (eventuales o interinos).

Índice de Contenido

¿Qué significaba ser Funcionario de Carrera según la Ley de 1964?

Según el Artículo 4 de esta ley, eran funcionarios de carrera aquellos que, mediante un nombramiento legal, desempeñaban servicios de carácter permanente. Estos funcionarios debían figurar en las correspondientes plantillas orgánicas de la Administración y percibir sus sueldos o asignaciones fijas con cargo a las consignaciones de personal de los Presupuestos Generales del Estado. Se diferenciaban de los funcionarios de empleo, como los eventuales (puestos de confianza o asesoramiento no permanentes) o los interinos (ocupando plazas de plantilla por necesidad o urgencia hasta su provisión por funcionarios de carrera).

Requisitos para ser Admitido a las Pruebas Selectivas

El primer paso formal para aspirar a ser funcionario de carrera, de acuerdo con el Artículo 30 de la ley, era ser admitido a las pruebas selectivas. Para ello, los candidatos debían cumplir una serie de condiciones fundamentales:

  • Ser español: La nacionalidad española era un requisito indispensable.
  • Edad: Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima que se pudiera establecer específicamente para cada Cuerpo.
  • Titulación y otras condiciones: Estar en posesión del título académico exigible para el Cuerpo al que se aspiraba o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalizaba el plazo de presentación de instancias. Adicionalmente, se podían requerir otras condiciones que se determinaran reglamentariamente.
  • Salud: No padecer enfermedad o defecto físico que impidiera el correcto desempeño de las funciones inherentes al puesto.
  • Historial de servicio: No haber sido separado del servicio del Estado o de la Administración local mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Es importante destacar que la ley, en su Artículo 30.2, mencionaba explícitamente que la mujer podía participar en las pruebas selectivas para el ingreso en la Administración pública, conforme a una ley anterior de 1961.

El Proceso de Selección y Formación

La selección se realizaba siempre mediante convocatoria pública y la práctica de las correspondientes pruebas selectivas (Artículo 29). Para los Cuerpos Generales, estas pruebas debían llevarse a cabo a través del Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios. El régimen de selección para los Cuerpos Generales se basaba en principios de convocatoria libre, aunque se reservaba un porcentaje de vacantes para turnos restringidos, especialmente para la promoción interna entre Cuerpos de distinta categoría, siempre que se poseyera la titulación adecuada y se superaran las pruebas correspondientes.

Una vez superadas las pruebas selectivas, los candidatos no adquirían automáticamente la condición de funcionario de carrera. Eran nombrados funcionarios en prácticas (Artículo 32). En esta situación, debían seguir y superar satisfactoriamente un curso selectivo y un período de práctica administrativa organizados por el Centro de Formación en colaboración con los Ministerios. Solo tras haber superado estas etapas y ser calificados como aptos, se les confería el nombramiento de funcionarios de carrera.

Requisitos para la Adquisición Formal de la Condición de Funcionario de Carrera

El Artículo 36 de la Ley de 1964 detallaba los requisitos sucesivos cuyo cumplimiento formalizaba la adquisición de la condición de funcionario de carrera. Estos pasos eran:

  1. Superar las pruebas de selección y cursos de formación: Como se mencionó, era necesario haber aprobado tanto las pruebas iniciales como los cursos selectivos y períodos de práctica subsiguientes.
  2. Nombramiento: Obtener el nombramiento conferido por la autoridad competente para tal fin.
  3. Juramento: Prestar juramento de acatamiento a los Principios Fundamentales del Movimiento Nacional y demás leyes fundamentales del Reino. Este requisito reflejaba el contexto político e institucional de la época en que se promulgó la ley.
  4. Toma de posesión: Tomar posesión del puesto asignado dentro del plazo establecido, que era de un mes a contar desde la notificación del nombramiento.

Solo tras cumplir con estos cuatro requisitos, el aspirante adquiría plenamente la condición legal de funcionario de carrera con todos los derechos y deberes inherentes a ella según la ley.

Los Cuerpos de Funcionarios Civiles del Estado

La ley de 1964 estructuraba a los funcionarios de carrera en diferentes Cuerpos, distinguiendo entre Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales (Artículo 3 y 23). Los Cuerpos Generales estaban destinados al desempeño de funciones comunes a la actividad administrativa y se dividían en cuatro categorías principales, cada una con un requisito de titulación específico:

  • Cuerpo Técnico: Realizaban funciones de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior. Se requería título de enseñanza superior universitaria o técnica.
  • Cuerpo Administrativo: Desempeñaban tareas administrativas normalmente de trámite y colaboración no asignadas al Cuerpo Técnico. Se requería título de Bachillerato superior o equivalente.
  • Cuerpo Auxiliar: Se dedicaban a trabajos de taquigrafía, mecanografía, despacho de correspondencia, cálculo sencillo, manejo de máquinas y otros similares. Se requería título de enseñanza media elemental.
  • Cuerpo Subalterno: Se ocupaban de tareas de vigilancia, custodia, porteo u otras análogas. Se requería el certificado de enseñanza primaria.

Los Cuerpos Especiales, por su parte, agrupaban a funcionarios que ejercían actividades propias de una peculiar carrera o profesión, o que tenían asignado dicho carácter por circunstancias específicas de su función administrativa. La creación de nuevos Cuerpos especiales requería, según esta ley, de una Ley.

A continuación, presentamos una tabla resumen de los Cuerpos Generales y sus requisitos de titulación según el Artículo 23:

Cuerpo GeneralFunciones PrincipalesTítulo Exigido
TécnicoGestión, estudio y propuesta (nivel superior)Enseñanza superior universitaria o técnica
AdministrativoTareas administrativas de trámite y colaboraciónBachillerato superior o equivalente
AuxiliarTaquigrafía, mecanografía, despacho, cálculo sencilloEnseñanza media elemental
SubalternoVigilancia, custodia, porteoCertificado de enseñanza primaria

Esta clasificación y los requisitos asociados eran fundamentales para determinar el acceso a los diferentes niveles y tipos de funciones dentro de la Administración civil del Estado.

Otros Aspectos de la Condición de Funcionario

La ley de 1964 iba más allá de los requisitos de acceso y regulaba otros aspectos de la vida funcionarial, como los deberes, las incompatibilidades y la pérdida de la condición de funcionario.

Deberes

Los funcionarios estaban obligados a acatar los principios fundamentales del Movimiento Nacional y las leyes fundamentales del Reino, desempeñar fielmente su función, colaborar lealmente con superiores y compañeros, cooperar al mejoramiento de los servicios y residir en el municipio del puesto de trabajo, salvo autorización (Artículo 76-77). Se exigía respeto y obediencia a superiores, trato correcto al público y subordinados, y la obligación de guardar sigilo riguroso sobre los asuntos conocidos por el cargo (Artículo 79-80).

Incompatibilidades

El desempeño de la función pública era incompatible con cualquier otra actividad que impidiera o menoscabara el estricto cumplimiento de los deberes del funcionario (Artículo 82). Se establecían reglas específicas, como la prohibición general de ejercer otra profesión salvo excepciones autorizadas tras expediente, o la prohibición de intervenir en asuntos privados relacionados con la oficina donde se estuviera destinado (Artículo 83). La incursión voluntaria en incompatibilidad se consideraba falta grave (Artículo 85).

Pérdida de la Condición

La condición de funcionario se podía perder por diversas causas, incluyendo la renuncia, la pérdida de la nacionalidad española, una sanción disciplinaria de separación del servicio, o una pena de inhabilitación para cargo público (Artículo 37). La jubilación, tanto forzosa (por edad o incapacidad) como voluntaria (a partir de cierta edad o años de servicio), también implicaba el cese de la relación funcionarial (Artículo 37-39).

Preguntas Frecuentes (Basadas en la Ley de 1964)

Aquí respondemos algunas preguntas comunes basándonos exclusivamente en el texto de la Ley Articulada de 1964:

¿Cuál era la edad mínima para aspirar a funcionario según esta ley?
Se requería tener cumplidos dieciocho años de edad para ser admitido a las pruebas selectivas (Artículo 30.1.b).

¿Se podía ser funcionario sin tener un título universitario?
Sí, dependiendo del Cuerpo al que se aspirara. Los Cuerpos Administrativo, Auxiliar y Subalterno requerían titulaciones inferiores (Bachillerato superior, Enseñanza media elemental, Certificado de enseñanza primaria, respectivamente) (Artículo 23).

¿Qué pasos seguían a la superación de las pruebas de selección?
Los candidatos pasaban a ser funcionarios en prácticas, debían superar un curso selectivo y un período de práctica administrativa antes de ser nombrados funcionarios de carrera (Artículo 32).

¿Podían los extranjeros acceder a la función pública civil del Estado?
No, la ley establecía como requisito indispensable ser español (Artículo 30.1.a).

¿Qué ocurría si un funcionario dejaba el servicio por renuncia?
La renuncia a la condición de funcionario no inhabilitaba para un nuevo ingreso en la función pública (Artículo 38.1).

¿Qué significaba la 'separación del servicio'?
Era una sanción disciplinaria impuesta por faltas muy graves que implicaba la pérdida definitiva de la condición de funcionario (Artículo 37.1.c, 38.3, 91.2).

¿Qué era la 'excedencia especial'?
Una situación administrativa en la que se encontraba el funcionario nombrado para cargo político o de confianza no permanente, o prestando servicio militar. Se reservaba la plaza y destino y se computaba el tiempo a ciertos efectos (Artículo 43).

¿A qué edad se producía la jubilación forzosa?
Variaba según el Cuerpo: 70 años para los Cuerpos Técnico y Administrativo, y 65 años para los Cuerpos Auxiliar y Subalterno, salvo que se estableciera otra edad reglamentaria para Cuerpos especiales (Artículo 39.1).

¿Se permitía tener otro trabajo además del de funcionario?
Generalmente no, salvo que se declarase expresamente la compatibilidad tras un expediente, o en casos ya previstos por la ley (Artículo 83).

Conclusión

La Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado de 1964 estableció un marco legal detallado para el acceso y la regulación del personal al servicio de la Administración civil del Estado. Los requisitos para convertirse en funcionario de carrera según esta normativa implicaban no solo cumplir con condiciones personales y académicas (nacionalidad, edad, titulación, salud, historial), sino también superar un riguroso proceso selectivo que incluía pruebas y períodos de formación práctica. La adquisición formal de la condición se perfeccionaba con el nombramiento, un juramento específico y la toma de posesión. Esta ley definía claramente los distintos Cuerpos y sus funciones, así como los deberes, incompatibilidades y las causas de pérdida de la condición funcionarial, configurando un modelo de servicio público acorde con la estructura y principios de la época.

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