¿Cuánto me tienen que dar si me despiden injustificadamente?

Cómo pedir la extinción de tu contrato

26/05/2026

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En la vida laboral, a veces llegamos a un punto en el que deseamos dejar nuestro puesto de trabajo. Sin embargo, la decisión de marcharse no siempre es sencilla, especialmente si queremos tener derecho a la prestación por desempleo, comúnmente conocida como “el paro”. La renuncia voluntaria, el camino más directo para irse de una empresa, lamentablemente no otorga este derecho. Esto lleva a muchos trabajadores a preguntarse si es posible “pedir que te despidan” para así poder acceder a esta ayuda económica mientras buscan un nuevo empleo.

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La respuesta directa a si un trabajador puede pedir a su empresa que lo despida es compleja y, en el sentido coloquial que se busca (un acuerdo para simular un despido y cobrar el paro), la respuesta es no. El ordenamiento jurídico español no contempla el despido consensuado como una vía legal para la extinción de la relación laboral con derecho a prestación por desempleo. Un pacto de este tipo entre empresa y trabajador se consideraría un fraude y, si fuera descubierto, podría acarrear sanciones para ambas partes, incluida la obligación del trabajador de devolver las prestaciones percibidas.

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Entonces, ¿a quién puede un trabajador pedir la extinción de su contrato?

La vía legal para que un trabajador inste la finalización de su relación laboral, manteniendo sus derechos (incluida la indemnización y potencialmente el paro), no es un acuerdo directo con el empleador, sino una solicitud formal ante los Juzgados de lo Social. Este procedimiento se basa en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que permite al trabajador solicitar la extinción de su contrato cuando el empresario ha incurrido en incumplimientos contractuales graves.

¿Cuándo está justificado solicitar la extinción del contrato ante el juez?

Según la ley y la interpretación de los tribunales, existen ciertas causas graves imputables al empresario que facultan al trabajador para solicitar esta extinción judicial de su contrato. No se trata de cualquier descontento o pequeña falta, sino de incumplimientos serios y continuados que hacen insostenible la relación laboral. Algunos de los supuestos más comunes y reconocidos por la jurisprudencia incluyen:

Falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario

Este es, quizás, el incumplimiento más claro y frecuente. Cuando la empresa deja de pagar el salario al trabajador de forma persistente y grave, o incurre en retrasos sistemáticos que superan un umbral razonable (la jurisprudencia suele considerar que más de tres meses de impago o retrasos habituales y significativos constituyen causa suficiente), el trabajador puede solicitar la extinción de su contrato. Es fundamental que la falta de pago sea imputable a la empresa y no a causas de fuerza mayor, y que sea de una entidad suficiente como para justificar la medida.

Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo

Si el empresario realiza cambios en las condiciones laborales (horario, funciones, centro de trabajo, etc.) que perjudican al trabajador y no se ajustan a lo legalmente permitido o pactado, y estas modificaciones son de carácter sustancial, el trabajador puede tener derecho a solicitar la extinción. Esto es especialmente relevante si la modificación implica un menoscabo de la dignidad del trabajador o una clara vulneración de sus derechos.

Acoso laboral (Mobbing)

Sufrir acoso en el puesto de trabajo por parte del empleador, superiores o compañeros es una causa gravísima que justifica la extinción del contrato a instancia del trabajador. El acoso puede manifestarse de diversas formas (psicológico, sexual, etc.) y siempre implica un ataque a la integridad y dignidad del trabajador. Probar el acoso es crucial y a menudo complejo, requiriendo un sólido acopio de pruebas.

Falta de adopción de medidas de seguridad y salud laboral

El empresario tiene la obligación legal de garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable. Si incumple gravemente sus deberes en materia de prevención de riesgos laborales, poniendo en peligro la salud o integridad física del trabajador, este puede solicitar la extinción de su contrato. Esto podría incluir no proporcionar equipos de protección individual, no formar adecuadamente sobre riesgos, o no adaptar el puesto de trabajo a las necesidades de salud del empleado.

Otros incumplimientos graves

La lista no es exhaustiva. Otros incumplimientos que, dependiendo de su gravedad y persistencia, podrían justificar la extinción incluyen: la falta de cotización a la Seguridad Social por parte de la empresa, el incumplimiento de pactos o acuerdos relevantes del contrato (como la obligación de pagar ciertas primas o pluses), o la exigencia de realizar horas extraordinarias de forma habitual y obligatoria cuando no está legalmente justificado.

¿Cómo se solicita la extinción del contrato ante un juez? El procedimiento

El proceso para solicitar la extinción del contrato por incumplimiento del empresario es un procedimiento judicial que requiere seguir unos pasos formales. No es algo que se pueda hacer de manera informal o verbal.

Paso 1: Acopio de pruebas

Antes de iniciar cualquier trámite, es fundamental que el trabajador reúna todas las pruebas posibles que acrediten los incumplimientos de la empresa. Esto puede incluir nóminas impagadas, comunicaciones escritas (emails, cartas, mensajes) que demuestren los retrasos o faltas, informes médicos o psicológicos (en casos de acoso o problemas de salud derivados del trabajo), testimonios de compañeros, fotografías, grabaciones (si son legales y pertinentes), documentación sobre cotizaciones, etc. La solidez de la solicitud dependerá en gran medida de la calidad y cantidad de las pruebas presentadas.

Paso 2: Presentación de la Papeleta de Conciliación

El primer paso formal es presentar una Papeleta de Conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) u organismo autonómico equivalente. En este documento, el trabajador debe exponer detalladamente los hechos que constituyen el incumplimiento grave del empresario y manifestar su voluntad de extinguir la relación laboral por esa causa, solicitando la correspondiente indemnización y demás derechos que le correspondan (como el finiquito). La presentación de la papeleta interrumpe los plazos para reclamar. Se convocará un acto de conciliación al que deberán acudir ambas partes (trabajador y empresa) con el objetivo de alcanzar un acuerdo. En la mayoría de los casos de este tipo, la empresa no aceptará la extinción en estos términos, por lo que el acto de conciliación suele terminar “sin acuerdo”.

Paso 3: Interposición de la Demanda Judicial

Si no se alcanza un acuerdo en el acto de conciliación, el siguiente paso es presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social competente. La demanda debe reiterar los hechos y fundamentos de derecho expuestos en la papeleta y solicitar al juez que declare la extinción del contrato por causa imputable al empresario. Es crucial que la demanda esté bien fundamentada y redactada, detallando las pruebas que se aportarán.

Un aspecto vital durante todo este proceso es la necesidad de contar con asesoramiento legal especializado. Un abogado laboralista podrá evaluar la viabilidad del caso, ayudar a reunir y presentar las pruebas de forma correcta, redactar la papeleta y la demanda, y representar al trabajador en el juicio. Intentar este proceso sin la ayuda adecuada puede llevar a errores formales o de fondo que frustren la reclamación.

¿Qué sucede durante el proceso judicial?

Una vez presentada la demanda, el juzgado la admitirá a trámite y citará a las partes a juicio. Durante el juicio, cada parte expondrá sus argumentos y presentará sus pruebas. El juez escuchará a los testigos (si los hay), examinará la documentación y, basándose en todo ello, dictará una sentencia.

La Decisión del Juez y sus Consecuencias

El juez, tras valorar las pruebas y los argumentos de ambas partes, emitirá una sentencia que puede tener dos resultados principales:

1. El juez desestima la demanda

Si el juez considera que los incumplimientos alegados por el trabajador no son lo suficientemente graves, no han quedado probados, o no justifican la extinción del contrato, desestimará la demanda. En este escenario, la relación laboral con la empresa no se extingue por esta vía. El trabajador se encuentra entonces en la situación inicial: debe reincorporarse a su puesto de trabajo en las condiciones existentes (si no lo había dejado ya) o, si su intención de irse es firme, presentar una baja voluntaria. Es importante recordar que la baja voluntaria implica la pérdida del derecho a la indemnización por fin de contrato y, fundamentalmente, la pérdida del derecho a percibir la prestación por desempleo. Por ello, iniciar este proceso judicial conlleva un riesgo: si se pierde, el trabajador no obtiene lo que buscaba (indemnización y paro) y puede quedar en una situación laboral incómoda si decide continuar en la empresa.

2. El juez estima la demanda

Si el juez considera que el empresario ha incurrido en incumplimientos contractuales graves y probados que justifican la extinción, estimará la demanda del trabajador. En este caso, la sentencia declarará extinguida la relación laboral en la fecha en que se dictó la sentencia (o en la fecha en que se produjo el incumplimiento que motivó la demanda, según la interpretación judicial). Lo más importante es que la sentencia condenará a la empresa a pagar al trabajador una indemnización. Esta indemnización es la misma que correspondería a un despido improcedente.

El cálculo de la indemnización por extinción de contrato vía judicial por incumplimiento empresarial es crucial y depende de la fecha de inicio de la relación laboral:

  • Si el trabajador comenzó a trabajar en la empresa a partir del 12 de febrero de 2012: La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Si el trabajador comenzó a trabajar antes del 12 de febrero de 2012: La indemnización se calcula en dos tramos:
    • Por el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012: 45 días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 42 mensualidades.
    • Por el tiempo trabajado a partir del 12 de febrero de 2012: 33 días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, con un máximo de 24 mensualidades.

La suma de las indemnizaciones de ambos tramos está sujeta a un límite máximo: el resultado del primer tramo (45 días por año) con el tope de 42 mensualidades, o bien el cálculo total (suma de ambos tramos) con el tope de 24 mensualidades del salario actual del trabajador, si esta última cantidad fuera superior. Es un cálculo que requiere precisión y, de nuevo, el asesoramiento legal es muy recomendable.

Además de la indemnización, la empresa deberá abonar al trabajador el finiquito, que incluye las cantidades devengadas y no percibidas hasta la fecha de extinción (salarios pendientes, parte proporcional de pagas extra, vacaciones no disfrutadas).

Una vez obtenida la sentencia estimatoria y extinguido el contrato por esta causa legal, el trabajador se encuentra en situación legal de desempleo y puede solicitar la prestación contributiva (el paro), siempre y cuando cumpla los requisitos generales para acceder a ella (haber cotizado el tiempo suficiente).

Tabla Comparativa: Vías de Finalización del Contrato

Para entender mejor las diferencias, veamos una comparación simple entre las formas más comunes de finalizar una relación laboral y sus consecuencias:

Forma de Finalización¿Derecho a Indemnización?¿Derecho a Paro?¿Quién decide?¿Requiere Causa Justa?
Baja VoluntariaNoNoTrabajadorNo
Despido Disciplinario (Procedente)NoSí (si es considerado involuntario por el SEPE)EmpresaSí (Incumplimiento grave trabajador)
Despido Objetivo (Procedente)Sí (20 días/año)EmpresaSí (Causas económicas, técnicas, organizativas, producción)
Despido ImprocedenteSí (33/45 días/año)Empresa (declarado por Juez o reconocido por empresa)No (o causa no probada/justificada)
Extinción Voluntaria por Incumplimiento Empresarial (vía judicial)Sí (33/45 días/año)JuezSí (Incumplimiento grave empresario)
Fin de Contrato TemporalSí (12 días/año)Empresa (vencimiento plazo)No (llega fecha fin)

Como se observa en la tabla, la extinción por incumplimiento empresarial vía judicial es la única forma en la que el trabajador, por propia iniciativa (basada en una causa imputable al empresario), puede finalizar la relación laboral y tener derecho tanto a una indemnización sustancial como a la prestación por desempleo. Es una herramienta legal pensada para proteger al trabajador frente a la mala fe o los incumplimientos graves del empleador.

Preguntas Frecuentes sobre la Extinción por Incumplimiento Empresarial

¿Puedo dejar de ir a trabajar una vez que presento la papeleta de conciliación o la demanda?

No. Mientras el juez no dicte sentencia declarando extinguido el contrato, la relación laboral sigue viva. Si dejas de acudir a tu puesto de trabajo, la empresa podría considerarlo una baja voluntaria (con las consecuencias ya mencionadas: sin indemnización ni paro) o un despido disciplinario procedente por ausencias injustificadas, con idéntico resultado. Debes seguir trabajando hasta que el juez se pronuncie, a menos que la situación de incumplimiento (por ejemplo, acoso) te impida físicamente o psicológicamente acudir, en cuyo caso deberías estar de baja médica y comunicarlo adecuadamente.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso judicial?

Los tiempos pueden variar considerablemente dependiendo del juzgado y de la carga de trabajo que tenga. Un proceso de este tipo, desde la presentación de la papeleta hasta la sentencia, puede durar desde varios meses hasta más de un año. Es un proceso que requiere paciencia.

¿Qué pasa si la empresa me despide una vez que he presentado la demanda?

Si la empresa te despide después de que hayas iniciado el proceso judicial solicitando la extinción por su incumplimiento, tu demanda no desaparece. El juez estudiará ambos procesos (tu demanda de extinción y el despido de la empresa) de forma conjunta. Si el despido de la empresa es declarado improcedente, recibirás la indemnización por despido improcedente. Si tu demanda de extinción por incumplimiento empresarial es estimada y los incumplimientos son anteriores al despido, la indemnización que prevalecerá será la de la extinción por incumplimiento empresarial, que es la misma que la del despido improcedente. La clave está en la causa y la fecha de los incumplimientos.

¿Necesito obligatoriamente un abogado para este proceso?

Aunque legalmente no siempre es obligatorio contar con abogado en los Juzgados de lo Social (para reclamaciones de cuantía baja o en la fase de conciliación), es altamente recomendable y, en la práctica, casi indispensable para un proceso de extinción de contrato por incumplimiento empresarial. La complejidad de la materia, la necesidad de probar los hechos y la correcta redacción de los escritos judiciales hacen que el asesoramiento profesional sea crucial para tener éxito.

¿Qué pasa si la empresa es insolvente y no puede pagar la indemnización?

Si la empresa es declarada insolvente y no puede hacer frente al pago de la indemnización reconocida en sentencia, el trabajador puede acudir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). El FOGASA abonará una parte de la indemnización y de los salarios pendientes, con los límites establecidos legalmente.

Conclusión

Pedir que te despidan en el sentido de pactar una salida con derecho a paro no es legal en España. Sin embargo, existe una vía legal para que el trabajador, ante incumplimientos graves del empresario, pueda instar la extinción de su contrato laboral manteniendo sus derechos a indemnización (equivalente a la de un despido improcedente) y a la prestación por desempleo. Este camino pasa obligatoriamente por los Juzgados de lo Social, tras un intento de conciliación previo. Es un proceso que requiere probar los incumplimientos del empleador y que, aunque puede ser lento, es una herramienta fundamental para proteger al trabajador frente a situaciones laborales insostenibles causadas por la empresa. Dada la complejidad y los riesgos involucrados, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral es, sin duda, la mejor garantía para abordar este proceso con mayores posibilidades de éxito.

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