¿Qué pasa si cobro AUH y empiezo a trabajar en blanco?

AUH y Trabajo Formal: Lo que Debes Saber

04/08/2009

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La Asignación Universal por Hijo (AUH), gestionada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), representa un pilar fundamental de apoyo económico para muchas familias en Argentina que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Este beneficio está dirigido principalmente a niños y adolescentes menores de 18 años, o sin límite de edad en caso de discapacidad, cuyas familias cumplen con ciertos requisitos específicos. Sin embargo, una de las dudas más recurrentes entre los beneficiarios o potenciales beneficiarios surge al considerar la posibilidad de ingresar al mercado laboral formal, es decir, conseguir un trabajo en blanco. ¿Qué sucede con la AUH en ese escenario? Esta es una pregunta crucial que merece una respuesta clara y detallada para evitar confusiones y asegurar que las familias conozcan sus derechos y obligaciones.

¿Quién no puede cobrar la AUH?
Quiénes no podrán cobrar AUH en enero de 2025 No contar con ingresos por prestaciones contributivas, no contributivas, nacionales o provinciales. Ser trabajador no registrado, con ingresos menores al salario mínimo ($286.711 a partir de enero). Ser monotributista social.
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¿Qué sucede con la AUH al empezar a trabajar en blanco?

La regla general establecida por ANSES es que la Asignación Universal por Hijo está destinada a personas que se encuentran desempleadas, trabajan en la economía informal (sin registro) o en situaciones de precariedad laboral extrema. Por lo tanto, si un beneficiario de la AUH o el progenitor/tutor a cargo comienza a trabajar de manera formal, es decir, registrado por su empleador bajo las normativas laborales vigentes (en "blanco"), generalmente deja de cumplir con uno de los requisitos fundamentales para percibir esta prestación.

La lógica detrás de esta normativa es que la AUH busca brindar un sostén a aquellas familias que no cuentan con los ingresos regulares y las protecciones sociales (como obra social y aportes jubilatorios) que derivan de un empleo formal. Al obtener un trabajo registrado, se presume que la situación económica de la familia mejora y que el niño o adolescente pasa a estar cubierto por otros mecanismos de seguridad social o que la familia cuenta con recursos suficientes. El sistema de ANSES está diseñado para detectar los cambios en la situación laboral de los beneficiarios. Cuando un empleador registra a un nuevo empleado, esta información llega a los organismos de seguridad social, incluyendo ANSES. Esta detección automática puede llevar a la suspensión o eventual baja de la AUH si se determina que ya no se cumplen los requisitos de vulnerabilidad o informalidad laboral.

Excepciones a la regla: ¿Quiénes sí pueden cobrar AUH trabajando?

A pesar de la regla general, existen ciertas categorías de trabajadores que, aun estando registrados formalmente, sí son compatibles con el cobro de la AUH. Estas excepciones están contempladas precisamente porque, si bien existe un registro, la situación laboral o de ingresos sigue siendo considerada dentro del universo de vulnerabilidad que la AUH busca proteger.

Personal de Casas Particulares

Uno de los casos explícitamente permitidos es el de los trabajadores del personal doméstico que se encuentran debidamente registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Si bien tienen un empleo formal y registrado, este régimen particular y las características históricas del sector llevan a que ANSES considere compatible el cobro de la AUH. Esto les permite acceder a la asignación mensual, así como a otros beneficios que pudieran otorgarse (como bonos o extras).

Monotributistas Sociales

Otra excepción importante es la de los Monotributistas Sociales. Esta categoría de monotributo está pensada para personas en situación de vulnerabilidad que realizan actividades económicas de subsistencia, a menudo en la economía popular. Si bien el Monotributo Social implica un registro formal ante AFIP y acceso a una obra social básica, ANSES los considera dentro de los grupos prioritarios para la AUH debido a sus bajos ingresos y la naturaleza de su actividad. Por lo tanto, ser Monotributista Social es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo.

Beneficiarios de Pensión No Contributiva por Invalidez

Aunque no es un caso de "trabajo en blanco" en el sentido tradicional, la información proporcionada indica específicamente que las personas que cobran una Pensión No Contributiva por Invalidez sí pueden cobrar la Asignación Universal por Hijo. Esta es una excepción clara a la regla de no percibir otras prestaciones. Además, para los niños o adolescentes con discapacidad que generan el derecho a la AUH, no se aplica el límite de edad de 18 años, lo que permite el cobro de la asignación de forma continua mientras se cumplan los demás requisitos (salvo el de edad).

Es crucial destacar que estas excepciones son específicas y están definidas por la normativa. Cualquier otro tipo de empleo formal o registro laboral diferente a los mencionados generalmente resultará en la incompatibilidad con el cobro de la AUH.

Factores adicionales que influyen en el cobro de la AUH

Además de la situación laboral, existen otros factores que ANSES considera al determinar la elegibilidad para la AUH, y que fueron mencionados en la información proporcionada:

Cobro de Cuota Alimentaria

Si un progenitor o tutor a cargo recibe una cuota alimentaria por parte del otro progenitor, y este último tiene un trabajo formal registrado, ANSES considera que el niño o adolescente cuenta con recursos provenientes de un empleo formal. En este caso, la AUH podría ser incompatible. La lógica es similar a la del empleo propio registrado: se prioriza a quienes no tienen acceso a ingresos formales o a sostenes económicos provenientes de ellos.

Situación de Separación de los Progenitores

La separación de los padres por sí sola no impide el cobro de la AUH. El progenitor que tiene a cargo al niño o adolescente puede solicitar la asignación. Sin embargo, la compatibilidad dependerá de si recibe o no una cuota alimentaria del otro progenitor y, en caso de recibirla, si dicho progenitor tiene un empleo registrado. Si la cuota alimentaria no proviene de un empleo formal (por ejemplo, si el otro progenitor es informal o desempleado), podría ser compatible, aunque siempre es recomendable consultar con un especialista en derecho de familia.

Tener Obra Social

Contar con una obra social no es, en sí mismo, un motivo de exclusión de la AUH. Lo que ANSES evalúa es *cómo* se accede a esa obra social. Si la obra social se obtiene a través de un empleo formal tradicional (que no sea personal doméstico) o un tipo de monotributo no social, entonces la incompatibilidad con la AUH se dará por el empleo o el tipo de monotributo, no por tener obra social. Como se mencionó, los Monotributistas Sociales, que sí tienen acceso a obra social, son una excepción y pueden cobrar la AUH.

Requisitos clave y quiénes no pueden cobrar la AUH

Para acceder a la AUH, además de la situación laboral y de ingresos, se deben cumplir otros requisitos básicos relacionados con el beneficiario (el niño/adolescente) y el titular (el adulto a cargo):

  • Ser argentino o extranjero con al menos 2 años de residencia legal en Argentina.
  • Residir en el país.
  • El niño/adolescente debe tener hasta 18 años (sin límite de edad en caso de discapacidad certificada).
  • Tanto el titular como el niño/adolescente deben contar con DNI.

La información proporcionada detalla quiénes *no* pueden cobrar la AUH, resumiendo muchos de los puntos anteriores:

  • Personas con ingresos por encima del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). El texto menciona un umbral de $286.711 a partir de enero de 2025 como ejemplo del monto de SMVM a considerar en ese periodo. Es importante notar que este valor se actualiza periódicamente.
  • Quienes tengan ingresos provenientes de prestaciones contributivas o no contributivas, nacionales o provinciales, salvo las excepciones expresamente permitidas (como la Pensión No Contributiva por Invalidez).
  • Trabajadores registrados, excepto personal de casas particulares y Monotributistas Sociales.
  • Extranjeros con menos de 2 años de residencia en Argentina.
  • Personas que no residen en el país.
  • Niños/adolescentes mayores de 18 años, excepto si tienen discapacidad.
  • Quienes no posean DNI.

En resumen, la AUH está focalizada en los sectores de mayor vulnerabilidad social y laboral, excluyendo generalmente a quienes acceden a ingresos y beneficios a través de empleos formales tradicionales.

¿Qué pasa si cobro AUH y empiezo a trabajar en blanco?
En el caso de que seas trabajador registrado, lamentablemente, no podrás cobrar la AUH. Esto se debe a que la prestación prioriza a las personas desempleadas o con trabajos sumamente precarizados (que no están registrados correspondientemente en el organismo previsional).Apr 27, 2023

Información específica sobre pagos: Enero 2025 (Según información proporcionada)

Aunque el foco principal del artículo es la compatibilidad de la AUH con el trabajo registrado, la información provista incluye detalles sobre los pagos de la AUH y la Tarjeta Alimentar para el mes de enero de 2025, lo cual puede ser de interés para los beneficiarios.

Montos de AUH y Asignación por Embarazo en Enero 2025:

Según la información, los montos vigentes a partir de enero de 2025, reflejando un incremento del 2,43% (basado en el IPC de dos meses atrás, según la fuente), serían los siguientes:

  • Asignación Universal por Hijo (AUH): $76.436,30
  • Asignación Universal por Hijo con Discapacidad: $248.897,77
  • Asignación por Embarazo (AUE): $76.436,30

Es importante recordar que ANSES retiene un 20% de este monto mensualmente, el cual se puede solicitar presentando la Libreta de Asignación Universal al año siguiente, certificando escolaridad, salud y vacunación.

Fechas de Cobro de AUH en Enero 2025:

El calendario de pagos para la AUH en enero de 2025, ordenado por terminación del DNI del titular, es el siguiente:

  • DNI terminado en 0: jueves 9 de enero.
  • DNI terminado en 1: viernes 10 de enero.
  • DNI terminado en 2: lunes 13 de enero.
  • DNI terminado en 3: martes 14 de enero.
  • DNI terminado en 4: miércoles 15 de enero.
  • DNI terminado en 5: jueves 16 de enero.
  • DNI terminado en 6: viernes 17 de enero.
  • DNI terminado en 7: lunes 20 de enero.
  • DNI terminado en 8: martes 21 de enero.
  • DNI terminado en 9: miércoles 22 de enero.

Beneficios relacionados: Tarjeta Alimentar

La Tarjeta Alimentar es otra prestación social importante, gestionada también con el objetivo de garantizar el acceso a la canasta básica alimentaria para familias vulnerables. Si bien es un beneficio distinto a la AUH, a menudo está asociado a sus titulares.

La información proporcionada indica que la Tarjeta Alimentar busca alcanzar a un mayor número de familias en situación de vulnerabilidad. Los montos de la Tarjeta Alimentar vigentes a partir de enero de 2025 (sin un aumento mencionado para ese mes, pero prorrogada según la resolución) son:

  • Familias con un hijo: $52.250.
  • Familias con dos hijos: $81.936.
  • Familias con tres hijos o más: $108.062.

Estos montos están dirigidos a la compra de alimentos y bebidas no alcohólicas, y su acreditación suele estar calendarizada de forma independiente o conjunta con la AUH, dependiendo de la modalidad de pago.

Preguntas Frecuentes sobre AUH y Empleo

¿En caso de recibir la cuota alimentaria, me corresponde cobrar la AUH?

No, si recibes una cuota alimentaria de un progenitor que tiene un trabajo formal registrado, generalmente no te corresponde cobrar la AUH. ANSES considera que el niño ya cuenta con recursos provenientes de ese empleo formal.

Si estoy separada, ¿puedo cobrar la Asignación por Hijo?

Sí, puedes cobrar la AUH si estás separada, siempre y cuando cumplas los demás requisitos, principalmente no recibir una cuota alimentaria de un progenitor con empleo registrado. Si el progenitor registrado no paga la cuota, podrías iniciar acciones legales y acreditar la situación ante ANSES.

¿El padre puede cobrar la AUH?

Sí, el padre puede cobrar la AUH, aunque ANSES suele priorizar a la madre. Esto es más común si el padre tiene la custodia principal de los hijos. Solo uno de los progenitores puede cobrarla. Si la madre desea cobrarla, puede solicitar el cambio de titularidad en ANSES, dando de baja al padre, siempre que ella cumpla los requisitos.

¿Si tengo obra social puedo cobrar la AUH?

Tener obra social no te excluye automáticamente. La compatibilidad depende de cómo accedes a ella. Si es a través de un trabajo formal tradicional, no podrás cobrar la AUH. Sin embargo, si tienes obra social por ser Monotributista Social, sí podrás cobrarla, ya que esta categoría es compatible.

¿Y si cobro pensión por discapacidad, puedo cobrar la AUH?

Sí, si cobras una Pensión No Contributiva por Invalidez, es compatible con la AUH. Además, para niños con discapacidad, no hay límite de edad para el cobro de la AUH.

¿Quiénes no pueden cobrar la AUH?

Generalmente, no pueden cobrar la AUH quienes tienen un trabajo formal (salvo personal doméstico y Monotributistas Sociales), quienes superan el límite de ingresos establecido (basado en el SMVM), quienes reciben prestaciones contributivas o no contributivas (salvo PNC Invalidez), extranjeros con menos de 2 años de residencia, quienes no viven en el país, niños mayores de 18 años (sin discapacidad) y quienes no tienen DNI.

En conclusión, el paso de la informalidad o el desempleo a un trabajo formal registrado implica, en la mayoría de los casos, la incompatibilidad con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, ya que esta prestación está orientada a quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad laboral y económica. Es crucial informar a ANSES sobre cualquier cambio en la situación laboral para evitar inconvenientes y conocer si se cumplen los requisitos para otras prestaciones compatibles con el empleo registrado.

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