¿Cuál es el plazo para interponer una demanda laboral?

Plazo para Demandar Laboralmente en México

11/02/2013

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Al enfrentar la separación de un empleo, una de las preguntas más apremiantes para cualquier trabajador es: ¿cuánto tiempo tengo para actuar legalmente? Conocer los plazos establecidos por la ley es fundamental para no perder la oportunidad de reclamar derechos o indemnizaciones que puedan corresponder. En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es clara al respecto, pero existen detalles y situaciones específicas que pueden afectar el tiempo disponible para iniciar un proceso legal.

¿Cuánto tiempo puedo poner una demanda laboral?
Si el despido es injustificado, indebido, improcedente o indirecto, el trabajador o trabajadora tiene un plazo de 60 días hábiles (desde la fecha del despido), para interponer una acción judicial. Este plazo se suspende si se interpone un reclamo administrativo.

Es un error común pensar en años cuando se trata de plazos para demandas laborales; la realidad es que el tiempo es mucho más limitado. La LFT establece periodos específicos, generalmente contados en meses, para la mayoría de las acciones derivadas de una relación de trabajo terminada. No estar al tanto de estos límites puede resultar en la pérdida irreversible de la posibilidad de demandar, un concepto legal conocido como prescripción.

Índice de Contenido

El Plazo General para Ejercitar Acciones Laborales

La Ley Federal del Trabajo, en su numeral 518, establece de manera precisa el plazo general con el que cuentan los trabajadores para iniciar una acción legal derivada de su separación del empleo. Contrario a la idea de años, este plazo es de tan solo dos meses. Este corto periodo subraya la importancia de actuar con rapidez y determinación una vez que la relación laboral ha finalizado, especialmente si la separación no fue voluntaria o si existen adeudos pendientes.

Este lapso de dos meses es el tiempo máximo que la ley otorga al trabajador para presentar su demanda ante la autoridad laboral competente. Es crucial entender que, una vez transcurrido este periodo sin que se haya iniciado el proceso legal, la acción del trabajador para demandar prescribe, lo que significa que pierde el derecho a hacerlo por la vía judicial.

Cómo Contar el Plazo: Inicio, Duración y Días Inhábiles

Determinar el momento exacto en que comienza y termina este plazo de dos meses es vital para evitar la prescripción. El artículo 518 de la LFT especifica que el plazo para ejercitar acciones por separación del trabajo comienza a correr a partir del día siguiente a la fecha en que ocurrió el despido. Esto significa que el día en que finaliza la relación laboral no se cuenta dentro del plazo, sino que este inicia al día siguiente.

El cómputo de este plazo se realiza considerando meses de calendario completos y continuos. Esto implica que se cuentan todos los días del mes, incluyendo fines de semana y días festivos, hasta completar los dos meses. Por ejemplo, si un trabajador es despedido el 15 de marzo, el plazo de dos meses comienza a correr el 16 de marzo y concluiría el 16 de mayo.

Surge una pregunta importante: ¿qué sucede si el último día del plazo cae en un día inhábil? La LFT, en su artículo 522, aborda esta situación. Si el día en que se cumplen los dos meses es un día en el que el Tribunal Laboral no está abierto o no opera (un día inhábil legalmente reconocido), el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil. Esto proporciona una pequeña ventana adicional si la fecha límite coincide con un día no laborable para la autoridad judicial.

Consideremos el ejemplo proporcionado por la ley: si un colaborador fue despedido el 1º de noviembre, el plazo de dos meses comienza el 2 de noviembre. El conteo incluiría los 30 días de noviembre y los 31 días de diciembre. Esto suma 61 días. El plazo concluiría entonces el 1º de enero. Sin embargo, si el 1º de enero es un día inhábil (como suele ser), o si el Tribunal Laboral se encuentra cerrado por vacaciones decembrinas (considerado también inhábil a efectos de plazos), el plazo se recorrerá al primer día hábil inmediato siguiente a esa fecha inhábil. Esta disposición busca garantizar que el trabajador tenga la oportunidad real de presentar su demanda dentro del plazo legal.

¿Cuántos años tiene un empleado para demandar?
Según el numeral 518 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) los subordinados cuentan con dos meses para ejercitar alguna acción laboral por su separación del trabajo. Ese mismo precepto señala que el plazo referido corre a partir del día siguiente a la fecha del despido.

La Suspensión del Plazo por Conciliación Prejudicial

Existe una situación clave que puede 'pausar' el conteo de los dos meses para demandar: la solicitud de conciliación prejudicial. Con la implementación de la reforma laboral en México, es obligatorio agotar la etapa de conciliación ante los Centros de Conciliación Laboral antes de poder presentar una demanda ante los Tribunales Laborales, salvo ciertas excepciones.

Según el artículo 521, fracción III, de la LFT, el término de dos meses para ejercitar la acción laboral se suspende cuando el trabajador solicita la conciliación prejudicial obligatoria. Esta suspensión inicia a partir de la fecha en que se presenta la solicitud de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral competente.

La importancia de esta suspensión radica en que el tiempo que dure el proceso de conciliación no contará dentro de los dos meses originales para demandar. El reloj se detiene mientras se intenta llegar a un acuerdo con el empleador a través de la mediación del Centro de Conciliación.

¿Cuándo se reanuda el conteo del plazo? El artículo 684-B de la LFT especifica que el plazo para demandar se reanuda al día siguiente en que ocurra alguna de las siguientes situaciones:

  • Se expida la constancia de no conciliación. Este documento se emite cuando las partes no logran llegar a un acuerdo durante la audiencia de conciliación.
  • Se determine el archivo del expediente por falta de interés de parte. Esto puede ocurrir si el trabajador no acude a la audiencia de conciliación o no da seguimiento al proceso según las reglas del Centro.

Por lo tanto, si un trabajador solicita la conciliación dentro del plazo de dos meses para demandar, el tiempo se pausa hasta que se obtenga la constancia de no conciliación o se archive el caso. A partir del día siguiente a la expedición de la constancia o el archivo, el trabajador tendrá el resto del plazo de dos meses que le quedaba al momento de solicitar la conciliación para presentar su demanda ante el Tribunal Laboral.

Consecuencias de Demandar Fuera de Tiempo: La Prescripción de la Acción

El plazo de dos meses para demandar no es una mera formalidad; es un límite legal estricto. Si un trabajador presenta su demanda una vez que este plazo ha expirado, corre un riesgo muy alto de que su acción sea declarada prescrita. La prescripción es una figura legal que extingue el derecho a ejercer una acción judicial por el simple transcurso del tiempo establecido por la ley.

Cuando un trabajador demanda fuera del plazo legal, el patrón (empleador) tiene el derecho y la posibilidad de hacer valer la excepción de prescripción de la acción. Esto lo hará al momento de contestar la demanda. Al oponer esta excepción, el patrón argumenta ante el juez que el trabajador perdió su derecho a demandar porque dejó pasar el tiempo establecido por la ley.

Para que el patrón tenga éxito con esta defensa, deberá aportar al Tribunal Laboral los elementos de prueba mínimos e indispensables que demuestren que, efectivamente, la demanda fue presentada fuera del plazo de dos meses, considerando la fecha de despido y la fecha de presentación de la demanda, así como cualquier periodo de suspensión por conciliación.

¿Cuál es el plazo para notificar una demanda laboral?
El plazo para reclamar el despido injustificado es de 60 días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos).

Si el juez, tras analizar las pruebas y argumentos, determina que la acción efectivamente prescribió, el trabajador perderá el juicio, independientemente de si tenía o no derecho a las prestaciones que reclamaba. La consecuencia directa de la prescripción es que se evita el pago de la indemnización constitucional (el pago de tres meses de salario que procede en casos de despido injustificado) o la reinstalación del trabajador en su puesto, según sea el caso (artículos 48 y 518 de la LFT). Es, en esencia, una forma para el empleador de extinguir su obligación legal debido a la inacción del trabajador dentro del tiempo marcado por la ley.

Tabla Resumen de Plazos y Eventos Clave

EventoPlazo para Demandar (Inicial)Inicio del ConteoFin del Conteo (Sin Suspensión)Suspensión del PlazoReanudación del Conteo
Separación del Trabajo (Despido)2 meses (calendario)Día siguiente al despido2 meses calendario después del inicio del conteo (se recorre a hábil si cae en inhábil)Sí, al solicitar Conciliación PrejudicialDía siguiente a la emisión de constancia de no conciliación o archivo del expediente

Preguntas Frecuentes

¿El plazo de dos meses se cuenta en días hábiles o naturales?
Según la Ley Federal del Trabajo, el plazo de dos meses para demandar por separación del trabajo se cuenta en meses de calendario completos y continuos, lo que implica días naturales (incluyendo fines de semana y festivos). Solo si el último día del plazo cae en un día inhábil para el Tribunal Laboral, se recorre al siguiente día hábil.

¿Qué pasa si solicito la conciliación prejudicial? ¿Pierdo tiempo para demandar?
No, solicitar la conciliación prejudicial obligatoria dentro del plazo de dos meses suspende el conteo de dicho plazo. El tiempo se pausa desde el momento en que presentas tu solicitud de conciliación y se reanuda al día siguiente de que concluya el proceso de conciliación sin acuerdo (al obtener la constancia de no conciliación) o se archive el expediente.

¿Puedo demandar si ya pasaron más de dos meses desde mi despido?
Si han pasado más de dos meses calendario desde tu despido y no solicitaste la conciliación prejudicial dentro de ese periodo (o si la solicitaste y el plazo se reanudó y volvió a expirar), tu acción para demandar probablemente habrá prescrito. Si presentas la demanda, el empleador podrá oponer la excepción de prescripción, y si el juez la considera procedente, perderás el derecho a reclamar, incluso si tenías razón en tu reclamo original.

¿La prescripción es automática?
No, la prescripción no es automática. Aunque el plazo haya expirado, el Tribunal Laboral no desechará tu demanda de oficio por esa razón. Es el patrón quien debe, al contestar la demanda, oponer la excepción de prescripción y probar ante el juez que el plazo efectivamente se cumplió sin que se ejercitara la acción. Si el patrón no opone esta excepción, el juicio continuará. Sin embargo, en la práctica, es muy común que los patrones hagan valer esta defensa cuando el plazo ha expirado.

En conclusión, el tiempo para demandar laboralmente en México tras un despido es de dos meses calendario a partir del día siguiente a la separación. Este plazo puede suspenderse por la solicitud de conciliación prejudicial. Conocer y respetar estos tiempos es crucial para proteger tus derechos laborales. Actuar a tiempo es tan importante como tener la razón en tu reclamo.

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