¿Cómo puedo solicitar un traslado a Colpensiones?

Traslado Pensional: De Colfondos a Colpensiones

24/05/2021

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El sistema pensional en Colombia busca garantizar un ingreso fijo a las personas al llegar a la edad de jubilación. Durante la vida laboral, los trabajadores aportan un porcentaje de su salario a un fondo que administrará estos recursos. Existen entidades públicas y privadas encargadas de esta labor, siendo Colpensiones la administradora pública principal.

Muchas personas consideran trasladarse de un fondo privado, como Colfondos, al régimen administrado por Colpensiones, atraídas por ciertas características de este último, como la posibilidad de una mesada pensional potencialmente más alta para ciertos perfiles, calculada con base en el promedio de los ingresos de los últimos 10 años cotizados.

¿Cómo hacer el traslado de Colfondos a Colpensiones?
¿CÓMO CAMBIAR DE FONDO DE PENSIONES A COLPENSIONES?1Ingresa al portal de afiliación electrónica de Colpensiones dando clic aquí2Crea un usuario y contraseña.3Ingresa tu usuario y contraseña.4Da clic en trámites, opción “vinculación inicial”5Diligencia el formulario de afiliación.

Afortunadamente, el proceso para realizar este cambio se ha digitalizado en gran medida, permitiendo a los ciudadanos iniciar el trámite desde la comodidad de su hogar a través de la plataforma web de Colpensiones. Sin embargo, es crucial entender que este traslado no es automático y requiere cumplir con ciertos requisitos y seguir un proceso específico, incluyendo un paso fundamental conocido como la Doble Asesoría.

Antes de iniciar el trámite en línea, es indispensable verificar si cumples con las condiciones establecidas por la normativa pensional colombiana. La primera condición es haber permanecido un mínimo de cinco años en tu actual fondo o administradora de pensiones. Este requisito busca dar estabilidad al sistema y evitar cambios constantes. Si llevas menos de cinco años en Colfondos, deberás esperar a cumplir este periodo para poder solicitar el traslado a Colpensiones.

El segundo requisito fundamental, y quizás el más importante en la actualidad, es haber realizado previamente la Doble Asesoría. Este mecanismo fue diseñado para garantizar que los ciudadanos tomen una decisión informada sobre su futuro pensional, entendiendo a fondo las diferencias, beneficios, riesgos y características tanto del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), donde se encuentran fondos como Colfondos, como del Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM), administrado por Colpensiones.

Además de los años de permanencia y la Doble Asesoría, existe una limitación importante relacionada con la edad. Según la normativa vigente, no puedes solicitar un traslado de régimen pensional si te faltan menos de 10 años para cumplir la edad de pensión. En Colombia, la edad legal de pensión es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Esto significa que una mujer no podrá trasladarse si tiene 47 años o más, y un hombre no podrá hacerlo si tiene 52 años o más, a menos que aplique alguna de las excepciones o nuevas oportunidades contempladas en la Ley 2381 de 2024, especialmente relacionadas con el Régimen de Transición y la Oportunidad de Traslado.

La Doble Asesoría es un proceso obligatorio para quienes desean trasladarse de régimen pensional y cumplen con ciertos criterios, especialmente a raíz de la reciente ley pensional. Consiste en recibir información detallada y proyecciones personalizadas tanto de Colpensiones como de tu fondo privado actual (Colfondos, en este caso). El objetivo es que compares las condiciones, los requisitos de semanas y edad, y las posibles mesadas o devoluciones de saldos en ambos sistemas antes de tomar una decisión definitiva.

La Ley Pensional 2381 de 2024 introdujo cambios importantes respecto a quiénes deben realizar la Doble Asesoría y quiénes pueden beneficiarse de la Oportunidad de Traslado. Deberán realizar la Doble Asesoría todas las personas que deseen trasladarse y se encuentren en el Régimen de Transición. Esto aplica a mujeres que tengan 750 o más semanas cotizadas y hombres que tengan 900 o más semanas cotizadas al 30 de junio de 2025, sin importar su edad actual.

Adicionalmente, si cumples con las semanas indicadas para el Régimen de Transición y tienes 47 años o más (mujeres) o 52 años o más (hombres), podrás acceder a la Oportunidad de Traslado, lo que te permitirá cambiar de régimen. Incluso las personas que ya cumplieron la edad de pensión (57 años mujeres o 62 años hombres) pueden tener esta Oportunidad de Traslado y, por lo tanto, deben hacer la Doble Asesoría si desean cambiarse de fondo.

Es fundamental verificar tu historia laboral para saber cuántas semanas cotizadas tienes, ya que esto define si estás en el Régimen de Transición y si requieres la Doble Asesoría.

Las fechas clave que debes tener en cuenta según la Ley 2381 de 2024 son:

  • 30 de junio de 2025: Fecha límite para cumplir con los requisitos de semanas y edad para entrar al Régimen de Transición y beneficiarse de la Oportunidad de Traslado.
  • 01 de julio de 2025: Fecha de entrada en vigencia del nuevo Sistema de Protección de Social para la Vejez.
  • 16 de julio de 2026: Plazo máximo para solicitar el traslado de régimen (Colpensiones - Fondos Privados) para quienes se beneficien de la Oportunidad de Traslado.

Si estás en el Régimen de Transición pero tienes menos de 47 años (mujer) o menos de 52 años (hombre), tu fecha límite para solicitar el traslado de régimen es el día antes de cumplir los 47 o 52 años, respectivamente.

Importante: Si cuentas con menos de 750 semanas cotizadas (mujeres) o menos de 900 semanas cotizadas (hombres), NO debes realizar la Doble Asesoría para trasladarte, ya que no aplicas para el Régimen de Transición que exige este requisito según la nueva ley para efectos de traslado.

Una vez que hayas cumplido con los requisitos previos, incluida la obligatoria Doble Asesoría si te aplica, puedes proceder con el trámite de afiliación electrónica a Colpensiones.

El proceso general para solicitar el cambio de fondo de pensiones a Colpensiones a través de su plataforma en línea implica seguir estos pasos:

1. Accede al portal de afiliación electrónica de Colpensiones, disponible en su sitio web oficial. Deberás buscar la sección o banner relacionado con afiliaciones o traslados.

2. Si aún no tienes uno, crea un usuario y contraseña en la plataforma. Este será tu acceso para realizar y seguimiento a tus trámites.

3. Una vez registrado, ingresa con tu usuario y contraseña.

4. Navega por el menú de opciones y busca la sección de trámites. Dentro de esta, selecciona la opción de “vinculación inicial” o una similar que corresponda a la solicitud de traslado desde otro fondo.

5. Procede a diligenciar el formulario de afiliación que el sistema te presente. Deberás ingresar tus datos personales, información laboral y detalles de tu historial pensional.

¿Qué es mejor, Colpensiones o Colfondos?
“Colpensiones es siempre la mejor opción” Los Colombianos que ganan menos de 2 salarios mínimos, podrían pensionarse con 1150 semanas en Colfondos mientras que en Colpensiones son 1300 semanas tardando casi 3 años más.

6. Es fundamental que tengas a la mano la información de tu empleador si eres un trabajador dependiente. Necesitarás datos como el NIT, la razón social, la dirección laboral, el correo electrónico y el teléfono de contacto de tu empresa. Sin esta información completa, es probable que no puedas avanzar con el trámite.

7. Una vez diligenciado el formulario, el sistema generará un código de seguridad. Este código será enviado a tu correo electrónico o por mensaje de texto a tu número de celular registrado, como medida de verificación.

8. Revisa el mensaje (correo o SMS) y utiliza el código de seguridad para firmar electrónicamente tu voluntad de afiliarte a Colpensiones. Esta firma digital valida tu solicitud.

Posterior a completar estos pasos, podrás consultar el estado de tu solicitud de traslado en el módulo “Mis Transacciones” dentro de la misma plataforma en línea de Colpensiones. Allí podrás verificar si tu solicitud fue aceptada, si requiere alguna corrección o si se encuentra en proceso.

Es natural preguntarse qué opción es mejor: Colpensiones o un fondo privado como Colfondos. No hay una respuesta única, ya que la mejor opción depende de tu situación particular, tu historial salarial, tu edad y tus semanas cotizadas. Existe un mito común de que Colpensiones es siempre la mejor opción para personas con salarios bajos. Sin embargo, esto no siempre es cierto.

Las personas con salarios cercanos o inferiores a 2 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) a menudo reciben una pensión similar en ambos regímenes. No obstante, el Régimen de Ahorro Individual (RAIS), al que pertenece Colfondos, puede ser más ventajoso para este grupo por varias razones:

  • Requiere menos semanas cotizadas para acceder a la pensión (1150 semanas en RAIS vs. 1300 semanas en Colpensiones).
  • Si no cumples los requisitos para pensionarte, el valor de la devolución de saldos en un fondo privado suele ser significativamente más alto que la indemnización sustitutiva en Colpensiones. Datos históricos sugieren que puede ser hasta 7 veces mayor en promedio.
  • En el RAIS existe la Garantía de Pensión Mínima. Si has cotizado al menos 1150 semanas pero el ahorro en tu cuenta individual no es suficiente para financiar una pensión equivalente al 110% de un SMMLV, un fondo de garantía aportará el capital faltante para que puedas acceder a una pensión mínima. En Colpensiones, si no cumples las 1300 semanas o la edad, no te pensionas y solo accedes a una indemnización sustitutiva menor.

Colpensiones, bajo el Régimen de Prima Media (RPM), calcula la pensión principalmente con base en el promedio de los salarios de los últimos 10 años cotizados, aplicando una fórmula matemática. Esto beneficia a las personas que tuvieron salarios altos en la última década de su vida laboral, ya que la fórmula puede arrojar un valor de pensión mayor al que obtendrían con sus ahorros individuales en un fondo privado. Esta es la principal razón por la que se generaliza que Colpensiones es mejor, pero este beneficio se acentúa para quienes tuvieron ingresos superiores a 2 o 3 SMMLV consistentemente en sus últimos años.

Otro punto a considerar es el subsidio estatal. Quienes se pensionan en Colpensiones reciben un subsidio significativo del Estado, que puede variar ampliamente. Sin embargo, este subsidio ha sido criticado por su inequidad, ya que una gran parte de los recursos subsidiados benefician a personas de altos ingresos, mientras que una porción mucho menor llega a quienes tuvieron ingresos bajos. Esto genera un costo considerable para el Estado.

En resumen, la elección entre Colpensiones y Colfondos depende de tu perfil: edad actual, semanas cotizadas hasta el momento, proyección de tus futuros ingresos y tu historial salarial, especialmente en los últimos 10 años. La Doble Asesoría es la herramienta clave para obtener proyecciones personalizadas basadas en tu historial y ayudarte a tomar la decisión más acertada para tu jubilación.

Realizar el traslado pensional es una decisión trascendental que impactará directamente tu calidad de vida en la vejez. Por ello, es fundamental no tomarla a la ligera, informarse adecuadamente y cumplir con todos los pasos y requisitos establecidos.

Preguntas frecuentes sobre el traslado a Colpensiones:

¿Quiénes deben hacer la Doble Asesoría?
Según la Ley 2381 de 2024, deben hacerla las personas que deseen trasladarse y estén en el Régimen de Transición (mujeres con >= 750 semanas, hombres con >= 900 semanas al 30/06/2025), sin importar su edad. También si cumples esas semanas y tienes 47+ (M) o 52+ (H) para la Oportunidad de Traslado, o si ya tienes edad de pensión (57 M / 62 H) y quieres usar la Oportunidad de Traslado.

¿Cuál es el plazo máximo para trasladarse a Colpensiones?
Si aplicas para la Oportunidad de Traslado bajo la Ley 2381 de 2024, la fecha límite para solicitar el cambio es el 16 de julio de 2026. Si estás en Régimen de Transición pero no aplicas a la Oportunidad de Traslado por edad (mujer menor de 47, hombre menor de 52), tu plazo es el día antes de cumplir los 47 o 52 años, respectivamente.

¿Puedo trasladarme si me faltan menos de 10 años para pensionarme?
Generalmente no, si no cumples con los requisitos para el Régimen de Transición o la Oportunidad de Traslado bajo la nueva ley. La regla general impide el traslado si te faltan menos de 10 años para la edad de pensión (47 años para mujeres, 52 para hombres). La Ley 2381 de 2024 crea excepciones y oportunidades para quienes cumplen ciertas semanas y edades.

¿Es mejor Colpensiones para personas con salarios bajos?
No necesariamente. Aunque es un mito común, las personas con salarios bajos a menudo reciben una pensión similar en ambos regímenes. Los fondos privados (RAIS) pueden ser ventajosos para salarios bajos por requerir menos semanas cotizadas (1150 vs 1300), ofrecer mayores devoluciones si no se alcanza la pensión, y contar con la Garantía de Pensión Mínima.

¿Necesito la información de mi empleador para el trámite online?
Sí, si eres un trabajador dependiente, deberás tener a mano el NIT, razón social, dirección, correo y teléfono laboral de tu empleador para poder completar el formulario de afiliación electrónica.

¿Cómo consulto el estado de mi solicitud de traslado?
Una vez finalizado el proceso de afiliación electrónica, puedes consultar el estado de tu solicitud en el módulo “Mis Transacciones” en el portal de Colpensiones.

El traslado de Colfondos a Colpensiones es un proceso que requiere cumplir requisitos de tiempo, edad y, crucialmente, realizar la Doble Asesoría para entender las implicaciones de tu decisión. La posibilidad de hacerlo en línea facilita el inicio del trámite, pero la preparación y el cumplimiento de las condiciones previas son esenciales para un proceso exitoso.

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