¿Qué EPP son obligatorios?

Seguridad en Trabajo en Altura OSHA

24/02/2017

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El trabajo en altura es universalmente reconocido como una de las actividades laborales más peligrosas, siendo una causa principal de lesiones graves y fatalidades en el lugar de trabajo a nivel mundial. Organizaciones como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo han señalado repetidamente como una de las principales causas de lesiones y muertes. Las estadísticas globales son un testimonio de este peligro: en un solo año, la Oficina de Estadísticas Laborales de Estados Unidos reportó casi 900 muertes por caídas, resbalones y tropiezos en el lugar de trabajo. En el Reino Unido, el Health and Safety Executive (HSE) informa que las caídas desde una altura son la principal causa de accidentes mortales para los trabajadores. Safe Work Australia afirma que el trabajo en altura representó el 13% de todas las muertes laborales entre 2015 y 2019. Dada la gravedad de estos riesgos inherentes, es fundamental entender las regulaciones y precauciones necesarias para realizar estas tareas de manera segura. Cada país ha establecido sus propias directrices para definir qué se considera trabajo en altura y qué medidas de seguridad son obligatorias para mitigar los riesgos. En Estados Unidos, la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) juega un papel crucial en la definición y aplicación de estas normativas, buscando proteger a los trabajadores de las caídas.

¿Cuál es la altura minima para trabajo en alturas?
Para las construcciones de nuevas edificaciones y obras civiles, la obligatoriedad será una vez la obra haya alcanzado una altura de 1.80 m o más sobre un nivel inferior, momento en el cual el control de los riesgos se deberá hacer teniendo en cuenta la altura de 1.50 m.

Índice de Contenido

¿Qué se Considera Trabajo en Altura?

La definición precisa de trabajo en altura no es uniforme a nivel global; depende significativamente del tipo de trabajo que se realiza y de la normativa local vigente en cada país o región. Esta variación subraya la importancia de que tanto empleadores como trabajadores conozcan y cumplan las regulaciones específicas del lugar donde operan. Aunque la intención es la misma (prevenir caídas), los umbrales y las condiciones que desencadenan la necesidad de precauciones pueden diferir. A continuación, exploraremos cómo definen el trabajo en altura algunas de las principales entidades reguladoras a nivel mundial, prestando especial atención a las directrices de OSHA en Estados Unidos, ya que es el enfoque principal de la consulta, y comparándolas con otros ejemplos.

La Definición según OSHA en Estados Unidos

La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) establece umbrales de altura específicos para determinar cuándo se requiere protección contra caídas en diferentes entornos laborales en Estados Unidos. Estos umbrales varían según la industria para reflejar los riesgos particulares asociados a cada sector y asegurar que las medidas de seguridad sean proporcionales al peligro. Según las normativas de OSHA, los trabajadores deben contar con protección contra caídas adecuada, como barandillas, redes de seguridad o sistemas personales de detención de caídas (incluyendo el uso de un arnés y líneas de vida), si se encuentran a las siguientes alturas:

  • Cuatro pies (aproximadamente 1.21 metros) en lugares de trabajo de la industria general.
  • Cinco pies (aproximadamente 1.52 metros) en astilleros.
  • Seis pies (aproximadamente 1.82 metros) en la industria de la construcción.
  • Ocho pies (aproximadamente 2.43 metros) en operaciones de estiba (longshoring).

Es crucial entender que estos son los umbrales mínimos para la obligatoriedad general de la protección contra caídas basada puramente en la distancia al nivel inferior. Sin embargo, OSHA también enfatiza una regla fundamental que anula los umbrales de altura en ciertas situaciones particularmente peligrosas: la protección contra caídas es obligatoria para todos los empleados, independientemente de la distancia potencial de caída, si trabajan directamente sobre equipos y maquinaria peligrosos. Esto podría incluir, por ejemplo, trabajar a baja altura pero justo encima de tanques con productos químicos corrosivos, fosas abiertas, o maquinaria con partes móviles expuestas, donde una caída, aunque corta, tendría consecuencias catastróficas o exacerbaría gravemente una lesión.

¿Qué dice la OSHA sobre trabajos en altura?
Según la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA), los trabajadores deben disponer de una protección contra caídas adecuada si se encuentran a «alturas de cuatro pies en los lugares de trabajo de la industria general, cinco pies en los astilleros, seis pies en la industria de la construcción y ocho pies ...

Normativas en Otros Países

Para ilustrar la variación global en la definición y enfoque del trabajo en altura, consideremos las directrices en otros países, según la información proporcionada:

  • Reino Unido: El Health and Safety Executive (HSE) adopta un enfoque basado más en el riesgo que en una altura mínima fija. Considera que un trabajador está en altura si trabaja por encima del nivel del suelo o del piso, si podría caer desde un borde, a través de una abertura o una superficie frágil, o si podría caer desde el nivel del suelo hacia una abertura en el piso o un agujero en el suelo. La clave aquí no es una altura mínima preestablecida en metros o pies, sino la existencia de un riesgo de caída significativo que requiera precauciones.
  • Australia: En Australia, la normativa generalmente requiere equipo de protección contra caídas adecuado cuando se trabaja a dos metros (aproximadamente 6.56 pies) o más de altura. Para trabajos que se realizan por debajo de esta altura, aunque no se requiera equipo de protección específico, se exige una gestión de los riesgos adecuada. Esto implica realizar una evaluación de riesgos para identificar los peligros presentes y establecer medidas de control para eliminarlos o mitigarlos, asegurando un entorno de trabajo seguro incluso a alturas menores.

El Caso de Colombia: Resoluciones Clave

La normativa en Colombia también es detallada en cuanto a la gestión del trabajo en altura. Regida principalmente por la Resolución 1409 de 2012 (que actualizó aspectos de la 3673 de 2008) y la Resolución 1903 de 2013, establece definiciones y responsabilidades claras para empleadores, trabajadores y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL). El objetivo es proteger al personal, contribuir a la sostenibilidad de las compañías y guiar las buenas prácticas de salud y seguridad laboral.

Según la reglamentación vigente en Colombia, toda labor en la que un empleado tenga el riesgo de caerse a 1.50 metros o más sobre el nivel inferior se considera trabajo en altura. Existe una especificación particular para la construcción de nuevas edificaciones y obras civiles: la obligatoriedad de cumplir con la normativa de trabajo en altura comienza una vez que la obra ha alcanzado una altura de 1.80 metros o más sobre un nivel inferior. Sin embargo, desde ese momento en adelante, el control de los riesgos debe hacerse considerando la altura de 1.50 metros, lo que significa que las medidas de protección contra caídas son necesarias a partir de esa altura una vez superado el umbral inicial de 1.80m en el progreso de la obra.

La normativa colombiana detalla las responsabilidades específicas de los diferentes actores involucrados en el trabajo en altura:

  • Empleadores: Tienen la obligación de definir, documentar y divulgar un protocolo o programa de trabajos en altura que rija todas las actividades realizadas por o para la empresa a 1.50 metros o más. Deben realizar exámenes médicos específicos al personal que desempeñará trabajo en altura para identificar cualquier restricción médica que pueda aumentar el riesgo. Es su responsabilidad proveer los equipos de prevención y protección contra caídas necesarios y especializados, asegurando que estén en buen estado y sean adecuados para la tarea. También deben garantizar que las áreas donde se realicen las actividades tengan las condiciones mínimas de seguridad, por ejemplo, contando con puntos de anclaje con certificación de resistencia (5.000 libras es el estándar mencionado). Ofrecer capacitación y entrenamiento gratuito y actualizado para el personal que realice trabajo en altura es fundamental, cumpliendo con las disposiciones de las Resoluciones 1409 y 1903. Finalmente, deben tener un protocolo de seguridad documentado y difundido para realizar rescates de trabajadores que queden suspendidos o atrapados durante trabajo en altura.
  • Trabajadores: Deben cumplir rigurosamente con los protocolos de seguridad establecidos por la empresa. Es obligatorio participar activamente en todas las actividades de formación y entrenamiento, incluyendo las actualizaciones anuales requeridas por la norma. Tienen la responsabilidad de reportar cualquier alteración en su estado de salud que pueda comprometer su integridad o seguridad al realizar trabajo en altura. Deben informar sobre cualquier condición anormal o peligrosa que detecten o prevean en el área de trabajo o con los equipos. Participar de forma directa en la verificación de las condiciones de seguridad de las áreas, la inspección pre-uso de los equipos de protección contra caídas y la revisión de los protocolos de seguridad es crucial para ser garantes de su propia seguridad y la de sus compañeros.
  • Administradoras de Riesgos Laborales (ARL): Juegan un papel de apoyo y supervisión. Deben realizar acompañamiento y asesorías a las empresas para ayudarles a implementar la normativa, desde la parte documental hasta la verificación en campo de que se cumplan las prácticas y condiciones que favorecen la salud y seguridad. Envían asesores expertos para realizar valoraciones e identificar comportamientos o condiciones subestándares, con el objetivo de facilitarles a las empresas la toma de decisiones informadas en materia de salud y seguridad laboral, contribuyendo a la prevención de accidentes.

Actividades Incluidas y Excluidas

Considerando las diversas normativas y la naturaleza de los riesgos, ciertas actividades son comúnmente reconocidas como trabajo en altura debido a los peligros inherentes de caída al vacío o a un nivel inferior:

  • Trabajos en tejados o cubiertas, incluyendo aquellos sobre superficies frágiles que podrían ceder bajo peso o impacto.
  • Uso de escaleras para realizar tareas específicas (pintar, reparar, instalar) y no solo para acceder a otro nivel.
  • Actividades realizadas cerca de excavaciones profundas o zanjas donde existe un riesgo significativo de caída al vacío.
  • Montaje, desmontaje y uso de andamios y estructuras temporales elevadas.
  • Operación de plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP), como plataformas de tijera, brazos articulados, o cestas elevadoras.
  • Cualquier trabajo de mantenimiento, instalación o reparación que requiera que el trabajador se sitúe en una posición elevada y utilice equipos de protección contra caídas individual (EPI), como arneses, líneas de vida y puntos de anclaje.

Por otro lado, hay situaciones que implican cierta elevación pero que generalmente no se consideran trabajo en altura bajo la mayoría de las normativas, a menos que una evaluación de riesgos específica determine lo contrario debido a condiciones particulares:

  • El uso de escaleras internas fijas o escaleras portátiles en el lugar de trabajo simplemente para desplazarse entre diferentes niveles o acceder a estanterías bajas, siempre que no haya un riesgo de caída significativo a un nivel inferior peligroso.
  • Personas trabajando en sus propias casas o propiedades, siempre y cuando la actividad no esté relacionada con un negocio o comercio (las regulaciones laborales se aplican a entornos profesionales).

Causas Comunes de Accidentes en Altura

Los accidentes en trabajos en altura son prevenibles en su gran mayoría y suelen ser el resultado de una combinación de factores, a menudo relacionados con la falta de planificación, capacitación inadecuada, o el uso incorrecto o la ausencia de equipos de seguridad. Algunas de las causas más frecuentes de estos incidentes incluyen:

  • Superficies Resbaladizas o Inestables: La presencia de agua, aceite, hielo, polvo u otros contaminantes en superficies elevadas, o la inestabilidad estructural de una plataforma o cubierta, puede provocar resbalones, tropiezos y posteriores caídas.
  • Uso Incorrecto o Mal Estado de Escaleras: Colocar una escalera en un ángulo inadecuado, no asegurarla correctamente, usar una escalera dañada o no apta para la tarea, o intentar alcanzar demasiado lejos desde ella son causas comunes de caída.
  • Sobrepasar Límites Seguros: Los trabajadores que se estiran excesivamente, se inclinan peligrosamente o intentan alcanzar áreas lejanas sin cambiar de posición o punto de anclaje pueden perder el equilibrio y caer.
  • Superficies Frágiles: Trabajar sobre tejados de materiales endebles (como fibrocemento, tragaluces sin protección) o cubiertas que no están diseñadas para soportar peso sin las precauciones adecuadas puede llevar a caídas a través de ellas.
  • Fallo de Equipos: Mal funcionamiento, avería o colapso de herramientas y equipos especializados como andamios, plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP) o sistemas de suspensión, debido a falta de mantenimiento, inspección, montaje incorrecto o sobrecarga.
  • Pérdida de Equilibrio: Movimientos bruscos, distracciones, mareos, condiciones médicas preexistentes o trabajar en posiciones incómodas o inestables pueden causar que un trabajador pierda el equilibrio mientras se encuentra en una posición elevada.
  • Bordes Desprotegidos: La ausencia de barandillas, rodapiés, sistemas de barrera o cubiertas en bordes abiertos de plataformas, tejados, andamios, pasarelas o aberturas en el suelo es un riesgo directo y evidente de caída.
  • Insuficiencia o Ausencia de EPI: No usar el equipo de protección contra caídas adecuado y certificado (como arneses, absorbedores de energía, líneas de vida) cuando es requerido, usar EPI dañado o defectuoso, o usarlo incorrectamente (mal ajustado, mal anclado) es una de las principales razones por las que las caídas resultan en lesiones graves o mortales. El EPI debe ser parte de un sistema completo de protección contra caídas y ser inspeccionado antes de cada uso.

Haciendo el Trabajo en Altura Más Seguro

La primera y más crítica línea de defensa contra los riesgos del trabajo en altura es determinar cuáles son esos riesgos específicos en el lugar de trabajo y para la tarea a realizar. Esto se logra mediante una evaluación de riesgos exhaustiva antes de que comience cualquier trabajo en altura. Una vez identificados los peligros potenciales (como bordes desprotegidos, superficies frágiles, condiciones meteorológicas adversas, equipos defectuosos, etc.), se deben establecer e implementar medidas de seguridad adecuadas para controlar o eliminar esos riesgos y proteger a los trabajadores. Estas medidas deben seguir una jerarquía de control, priorizando las soluciones que eliminan el riesgo por completo o lo controlan colectivamente (como barandillas o cubiertas de aberturas) antes de recurrir a sistemas de protección contra caídas personal (EPI). La planificación detallada del trabajo, la capacitación específica para trabajo en altura y el uso correcto del EPI, junto con una supervisión constante, son componentes esenciales para garantizar que el trabajo en altura se realice de la manera más segura posible. La gestión de riesgos no es un evento único, sino un proceso continuo de evaluación, implementación y revisión.

¿Qué se considera un trabajo en altura?
¿Qué es trabajo en altura? Trabajos en altura, son las actividades de mantenimiento, instalación, demolición, operación, reparación, limpieza, entre otras. las que se realizan a alturas mayores de 1.80 m sobre el nivel de referencia.

Comparativa de Alturas Mínimas (Ejemplos)

País/EntidadAltura MínimaNotas
EE.UU. (OSHA)Varía (1.21m a 2.43m)Según industria (general, astilleros, construcción, estiba); protección contra caídas también si es sobre equipo peligroso, sin importar la altura.
Reino Unido (HSE)Cualquier alturaSi existe un riesgo significativo de caída desde un borde, a través de una abertura o una superficie frágil, o a un agujero en el suelo. No hay un umbral de altura fijo.
Australia2 metros (6.56 pies)Se requiere equipo de protección contra caídas a partir de esta altura. Gestión de riesgos necesaria por debajo.
Colombia (Resolución 1409)1.50 metrosToda labor con riesgo de caída a 1.50m o más. Para nuevas construcciones, la obligatoriedad inicia a 1.80m, pero el control de riesgos se considera desde 1.50m una vez superado el umbral inicial.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

Aquí respondemos algunas preguntas comunes sobre el trabajo en altura, enfocándonos en las regulaciones y los aspectos clave mencionados:

¿Qué se considera un trabajo en altura?

Generalmente, es cualquier actividad laboral donde existe el riesgo de una caída desde un nivel elevado a un nivel inferior que pueda causar lesión o muerte. La definición precisa de la altura mínima o las condiciones exactas que lo constituyen varía significativamente según el país y la normativa específica aplicable, como OSHA en EE.UU., el HSE en el Reino Unido, Safe Work Australia, o la Resolución 1409 en Colombia. En algunos casos, como en el Reino Unido, no hay una altura mínima fija, sino que se basa en la existencia de un riesgo de caída significativo.

¿Cuál es la altura mínima para trabajo en altura?

La altura mínima para la cual se considera trabajo en altura y se activan las obligaciones de protección contra caídas varía considerablemente por jurisdicción y tipo de industria. Según OSHA en EE.UU., va desde 1.21m (4 pies) en industria general hasta 2.43m (8 pies) en estiba. En Colombia, la altura mínima general es de 1.50 metros. En Australia, es de 2 metros. Es vital consultar la normativa local aplicable al lugar de trabajo específico, ya que estos umbrales son determinantes para la aplicación de las medidas de seguridad.

¿Cuáles son las causas más comunes de accidentes en trabajo en altura?

Las causas más frecuentes de accidentes en trabajo en altura incluyen una variedad de factores, a menudo interrelacionados. Entre ellas destacan las caídas debido a superficies resbaladizas o inestables, el uso inadecuado o el mal estado de escaleras, que los trabajadores sobrepasen los límites seguros de alcance, trabajar sobre superficies frágiles sin las precauciones adecuadas, fallos mecánicos o estructurales de equipos como andamios o plataformas elevadoras, la pérdida de equilibrio por diversas razones, la presencia de bordes sin protección adecuada (como barandillas) y, de manera muy importante, la insuficiencia, ausencia o uso incorrecto del equipo de protección contra caídas individual (EPI).

¿Cuáles son los 4 riesgos en un trabajo en altura?
RIESGOS PRINCIPALES Golpes con elementos móviles de máquinas. Proyección de fragmentos o partículas. Contacto o proximidad con conductores eléctricos. Contacto térmico accidental.

¿Es siempre necesario usar protección contra caídas al trabajar en altura?

Según OSHA, es necesario si se superan los umbrales de altura específicos de la industria (4, 5, 6 u 8 pies) o si se trabaja sobre equipos o maquinaria peligrosa, independientemente de la altura. Otras normativas también exigen protección contra caídas basándose en el riesgo evaluado o superando ciertas alturas mínimas definidas legalmente. La evaluación de riesgos previa a la tarea es fundamental para determinar la necesidad del EPI u otras medidas preventivas como barandillas o redes de seguridad, buscando siempre la medida de control más efectiva.

¿Quién es responsable de la seguridad en trabajos en altura?

La responsabilidad de la seguridad en trabajo en altura es compartida, aunque recae principalmente en el empleador. Los empleadores tienen la obligación legal y moral de proveer un entorno de trabajo seguro, equipos adecuados y certificados, capacitación específica y supervisión efectiva. Los trabajadores, por su parte, tienen la responsabilidad de seguir los protocolos de seguridad, usar el EPI correctamente según el entrenamiento recibido y reportar de inmediato cualquier condición insegura que detecten. Entidades como las ARL en Colombia también tienen un rol de asesoramiento técnico y verificación del cumplimiento normativo para apoyar a las empresas en la gestión de estos riesgos.

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