22/07/2016
Realizar trabajos en altura implica riesgos significativos que, de no gestionarse adecuadamente, pueden tener consecuencias fatales. Por ello, la seguridad en estas actividades es una prioridad absoluta y está regulada por normativas específicas que buscan proteger la vida y la salud de los trabajadores. Dos documentos importantes que abordan, aunque con alcances distintos, la seguridad en el ámbito laboral son el Decreto 351/79 y la Norma Oficial Mexicana NOM-009-STPS-2011. Comprender lo que cada uno indica es fundamental para garantizar un entorno de trabajo seguro.
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El Decreto 351/79 es un reglamento de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Su Capítulo 19 se dedica a los Equipos y Elementos de Protección Personal (EPP). Si bien no es exclusivo para trabajos en altura, establece disposiciones generales importantes para cualquier EPP, incluyendo aquellos utilizados en estas tareas. Indica que los fabricantes de EPP deben estar inscriptos y son responsables si un accidente se debe a deficiencias del equipo. La necesidad de uso del EPP, su aprobación y vida útil están a cargo del Servicio de Higiene y Seguridad, con participación de Medicina del Trabajo. Una vez determinada su necesidad, el uso es obligatorio y no debe generar nuevos riesgos. Los EPP son de uso individual (cuando higiene lo aconseje) y se prohíbe comercializar usados, debiendo ser destruidos al final de su vida útil. El empleador debe proporcionarlos mientras se agotan otras instancias de control de riesgos.

Específicamente sobre los trabajos en altura, el Artículo 200 del Decreto 351/79 señala que, en todo trabajo en altura con peligro de caídas, será obligatorio el uso de cinturones de seguridad. Estos cinturones deben cumplir recomendaciones técnicas, ir provistos de anillas (no remachadas) para la cuerda salvavidas. Deben revisarse antes de cada uso y desecharse si presentan daños que comprometan su resistencia, calculada para el peso del cuerpo humano en caída libre con recorrido de 5 metros. Se prohíbe el empleo de cables metálicos para las cuerdas salvavidas, las cuales deben ser de cáñamo de Manila o material similar. Se debe verificar cuidadosamente el sistema de anclaje y su resistencia, manteniendo la longitud de las cuerdas salvavidas lo más corta posible.
Por otro lado, la Norma Oficial Mexicana NOM-009-STPS-2011 es mucho más específica y detallada, estableciendo las condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura en México. Define los trabajos en altura como actividades que se realizan a alturas mayores de 1.80 m sobre el nivel de referencia, incluyendo el riesgo de caída en aberturas en superficies de trabajo. Esta norma es el referente principal para la seguridad en este tipo de tareas en territorio mexicano.
La NOM-009-STPS-2011 establece obligaciones claras tanto para el patrón (empleador) como para los trabajadores:
Obligaciones del Patrón (Empleador) según NOM-009
- Realizar un análisis previo de las condiciones del área para identificar riesgos.
- Disponer de instructivos y manuales en español para la instalación, operación y mantenimiento de los equipos, basados en las instrucciones del fabricante.
- Proporcionar autorización por escrito a los trabajadores para trabajos con andamios tipo torre o estructura, andamios suspendidos y plataformas de elevación, previa comprobación de medidas de seguridad.
- Cumplir con las medidas generales de seguridad y condiciones específicas para cada tipo de sistema o equipo utilizado.
- Supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad y procedimientos.
- Evitar o interrumpir actividades en altura ante condiciones inseguras o climáticas adversas (lluvia intensa, tormentas eléctricas, vientos fuertes).
- Establecer y aplicar un programa de revisión y mantenimiento de equipos, basado en el fabricante.
- Llevar registros de revisiones y mantenimiento por al menos un año.
- Proveer al menos un sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura, además de EPP específico según riesgos.
- Practicar exámenes médicos a los trabajadores anualmente, conforme a las normas de salud.
- Disponer de un plan de atención a emergencias.
- Contar con un botiquín de primeros auxilios adecuado.
- Proporcionar capacitación, adiestramiento e información sobre trabajos en altura y el plan de emergencias.
- Supervisar que los contratistas cumplan la norma.
- Exhibir la documentación requerida a la autoridad laboral.
Obligaciones de los Trabajadores según NOM-009
- Participar en la capacitación proporcionada.
- Conocer y cumplir las medidas de seguridad, instructivos y procedimientos.
- Informar sobre cualquier condición o acto inseguro, o anomalía en los equipos.
- Utilizar el equipo de protección personal proporcionado.
- Acudir a los exámenes médicos e informar sobre cualquier afectación a la salud o acrofobia que comprometa la seguridad.
Medidas Generales de Seguridad (NOM-009)
Además de las obligaciones, la norma detalla medidas de seguridad generales:
- Instalación de barreras fijas, protecciones laterales, perimetrales o redes de seguridad en bordes y aberturas, o uso de sistemas personales.
- Los trabajos solo deben ser realizados por personal capacitado y autorizado.
- Revisión del sistema o equipo antes de cada uso; los componentes defectuosos deben ser retirados y reemplazados por originales o autorizados.
- Supervisión constante de la ejecución de los trabajos.
- Uso obligatorio de un sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura en ciertas situaciones (más de 3.5m en andamios/escaleras, andamios suspendidos, plataformas de elevación, bordes sin protección colectiva).
- No rebasar la capacidad de carga nominal del equipo.
- Considerar riesgos adicionales (calor, humedad, químicos, temperaturas extremas) y adoptar medidas preventivas.
- Prohibir cables metálicos con riesgo eléctrico.
- Desenergizar o reubicar líneas eléctricas, o mantener distancias de seguridad (Tabla 1 de la NOM).
- Proteger cuerdas o cables de bordes filosos o superficies ásperas.
- Delimitar y señalizar la zona de trabajo a nivel de piso.
- Evitar o interrumpir trabajos con condiciones climáticas adversas (lluvia intensa, tormentas, vientos fuertes).
- Someter el sistema o equipo a revisión anual o con la periodicidad del fabricante, por personal capacitado, registrando las revisiones y mantenimiento.
Sistemas Personales para Trabajos en Altura (NOM-009)
La NOM-009 profundiza en los distintos tipos de sistemas personales:
Sistemas de restricción: Limitan el desplazamiento para evitar alcanzar un borde peligroso. Se usa arnés o cinturón con línea de vida a un punto fijo. Distancia al borde: no menos de 1.20 m.
Sistemas de posicionamiento y ascenso/descenso controlado: Mantienen al trabajador en posición para tener las manos libres. No son para detención de caídas. Requieren elemento de sujeción al dispositivo y, opcionalmente, cinturón porta-herramientas o bandas de sujeción para evitar caídas de objetos.
Sistemas de protección personal para interrumpir caídas de altura: Minimizan la fuerza de impacto, controlan la distancia de caída y mantienen al usuario en posición post-caída. Componentes: arnés de cuerpo completo, línea de vida, conectores, absorbedor de energía, puntos o dispositivos de anclaje.

Aspectos clave para estos sistemas:
- Instalación por personal capacitado y autorizado, según fabricante.
- Limitar la distancia de caída libre a la mínima posible (hasta 1.8m o 3.5m según absorbedor).
- Punto de anclaje siempre por encima del plano de trabajo, con resistencia suficiente.
- Limitar la masa total (trabajador + herramientas) a la especificada por el fabricante.
- Asegurar espacio libre debajo para evitar golpearse.
- Revisión previa al uso (corrosión, deformaciones, cierres, estado de cuerdas/bandas, etiquetas legibles).
- Componentes defectuosos: retirar del servicio. Reemplazo por originales o autorizados.
- Reparaciones: solo por personal capacitado y autorizado según fabricante.
- Conectores (mosquetones, ganchos): deben cerrarse y bloquearse automáticamente.
- Materiales de cuerdas/bandas: fibras sintéticas o cable metálico (evitar riesgo eléctrico).
- Considerar en la instalación: elongación de cuerda, efecto pendular, líneas eléctricas, deflexión de línea horizontal.
- Evitar ensamble de componentes incompatibles de distintos fabricantes.
- Identificar sistemas que detuvieron una caída; no reutilizarlos a menos que el fabricante lo permita.
La norma detalla requisitos específicos para líneas de vida horizontales (instalación según fabricante, soportes resistentes, tensión correcta, control de distancia de caída considerando deflexión) y verticales (línea independiente por trabajador si no está diseñada para varios, soporte superior/inferior resistente, tensión, prueba del bloqueador de caída corredizo antes de cada uso). Para líneas de vida retráctiles, se suman requisitos como instalación según fabricante, evitar obstrucciones/enredos, considerar velocidad de bloqueo, evitar contacto con bordes afilados/calor/químicos/maquinaria, y no conectarlas a otros componentes para alargar su longitud.
Andamios Tipo Torre o Estructura (NOM-009)
Para andamios fijos, la norma exige:
- Instalación por personal capacitado y autorizado según procedimiento y fabricante.
- Resistencia: al menos cuatro veces la carga máxima.
- Instalación sobre bases o ruedas con bloqueo, en planos firmes, estables, resistentes y nivelados (usar medios de aplomado si no).
- Medio de acceso seguro (escalera dentro o parte del andamio) con ancho mínimo 40cm, extendida 90cm sobre la plataforma si es móvil, continua, con plataformas de descanso cada máximo 6m.
- Barandales de al menos 90cm de altura con baranda intermedia en lados abiertos a 1.8m o más del piso.
- Rodapié de mínimo 15cm de altura.
- Plataformas soporte seguras (sin grietas/daños), con tablones/unidades completos (ancho mínimo 45cm, espacios no mayores a 2.5cm), tablones de al menos 5cm de espesor (si aplica), inmovilizadas.
- Elementos metálicos sin abolladuras, grietas, deformaciones u oxidación.
- Roscas, tuercas, tornillos, abrazaderas, pasadores de seguridad en buen estado; no usar clavos/alambre.
- Revisión antes de cada uso y después de incidentes; reparar o reemplazar componentes dañados por personal capacitado.
- Prohibido que trabajadores permanezcan en andamios móviles al reubicarlos.
- Evitar actividades por encima que expongan a caída de objetos, o usar protecciones y casco.
- Evitar contacto con líneas eléctricas (cumplir numeral 7.9).
- Relación base-altura no mayor de 1:4; si no es posible, sujetar el andamio cada 4m de altura.
- Evitar usar escaleras tipo caballete como soporte.
- Evitar alteraciones no avaladas por fabricante y patrón.
- Mantener la plataforma libre de sustancias resbaladizas o agresivas.
- Mantener altura libre mínima (2.5m peatonal, 4.5m vehicular) y distancia a vías de tránsito/depósito de materiales.
- No interferir con alarmas, instalaciones eléctricas o hidrantes.
- Colocar una tarjeta visible con la condición del andamio, fecha y revisor.
Andamios Suspendidos (NOM-009)
Estos requieren medidas adicionales:
- Instalación por personal capacitado y autorizado según procedimiento y fabricante.
- Uso de contrapesos sólidos específicos para vigas de suspensión, con factor de seguridad mínimo de 4 calculado según fórmula.
- Evitar que ubicación y anclajes sean un riesgo.
- Instalar la hamaca a nivel del suelo o suspensión, con soportes diseñados para facilitar si es inaccesible.
- Indicar la capacidad de carga en un lugar visible.
- Sujetar cables de suspensión y seguridad a soportes específicos.
- Verificar que los cables no contacten superficies cortantes, calientes o cables de alta tensión.
- Emplear sistemas restrictivos en cables de suspensión cada 15m de altura.
- Descender cables verticalmente, sin doblarse ni apoyarse en estructuras inestables.
- Barandales perimetrales de al menos 90cm con baranda intermedia/malla (claros no mayores a 900 cm²).
- Rodapiés perimetrales de al menos 9cm (sin aberturas mayores a 2.5cm).
- Mástiles portátiles o componentes pesados (< 36kg) deben tener ruedas.
Durante la operación:
- Malacates motorizados para más de 40m (manuales permitidos en chimeneas/explosivos).
- Operación solo por trabajadores capacitados y autorizados.
- El operador verifica condiciones seguras, ausencia de obstáculos y prueba malacates/dispositivos de seguridad antes de cada turno.
- Prohibido anular dispositivos de seguridad.
- EPP obligatorio: casco con barboquejo, calzado antiderrapante, sistema de protección contra caídas anclado (si el andamio no tiene cables de seguridad, la línea de vida va a un anclaje superior independiente).
- Ningún objeto debe sobresalir antes de moverlo. Herramientas/materiales en contenedores durante el movimiento.
- Suministro/retiro de materiales sin sobrecargar soportes ni afectar equilibrio.
- Procedimientos de seguridad para evitar balanceo de materiales.
- Acceso/salida en puntos seguros (no más de 50cm del nivel) por un trabajador a la vez, con andamio inmovilizado.
- Ascenso/descenso con inclinación no mayor a 20%.
- Estabilizar cables suspendidos largos (> 61m).
- Revisar periódicamente rieles de traslación.
- Prohibiciones: ascender/descender por cables, sobrepasar carga, exceder velocidad de ascenso/descenso (0.3 m/s o 0.4 m/s multi-velocidad), desplazar soportes con trabajadores, usar como elevador de carga/desplazar horizontalmente con trabajador (salvo manual), acumular materiales excesivos, laborar con tormentas/viento/lluvia, usar cuerdas/cables de fibra con corrosivos/flama abierta.
- Retirar herramientas/materiales y posicionar andamio en el piso al finalizar el turno (salvo inaccesibilidad).
- Poner fuera de servicio (bloqueo) para evitar uso no autorizado.
- Amarrar o asegurar al edificio/estructura cuando esté fuera de operación.
El mantenimiento debe ser realizado por personal capacitado y autorizado, aplicando procedimientos de bloqueo de energía y siguiendo las indicaciones del fabricante para revisiones periódicas (malacate, dispositivos de seguridad, reemplazo de cable por daños: 12 alambres rotos, desgaste > 1/3 diámetro, daño por calor/corrosión/quemaduras, formación de ondas/torsión). La plataforma debe limpiarse y verificarse su funcionamiento seguro al concluir el mantenimiento.
Plataformas de Elevación (NOM-009)
Requisitos:
- Disponer de manuales en español.
- Componentes: canastilla/plataforma con protección lateral mínima 90cm (no sustituir por cuerdas/cables), estabilizadores/dispositivos de nivelación, panel de control (piso/canastilla) con bajada de emergencia, alarma sonora para movimientos, dispositivo de anclaje para sistema anticaídas en canastilla/brazo, limitador de velocidad.
- Revisión visual y prueba funcional diaria (controles, dispositivos, EPP, sistemas neumáticos/hidráulicos/eléctricos/combustión, señales, calcomanías, estabilizadores, estructura).
- Verificar diariamente ausencia de soldaduras deterioradas, escapes hidráulicos, daños en cables, conexiones eléctricas, ruedas/neumáticos/frenos/baterías, residuos resbaladizos/agresivos.
Durante la operación:
- Revisión previa del lugar de trabajo.
- Verificar uso de estabilizadores, no exceder carga máxima, uso de sistemas de protección contra caídas anclados en canastilla.
- Mantener visión clara del camino, distancia segura a obstáculos/depresiones/rampas/líneas eléctricas.
- Limitar velocidad según superficie, tráfico, visibilidad, pendientes, personal, otros riesgos.
- Evitar movimiento en rampas no especificadas.
- Bajar/cerrar barandal/puerta de acceso antes de operar.
- Permanecer dentro de la canastilla/plataforma.
- Prohibido sentarse/pararse/subir en los barandales.
- Comprobar zona de operación (condiciones fabricante, clima, personal autorizado, análisis de riesgos en plan de trabajo).
- Prohibiciones: colocar sobre superficies frágiles/inestables, operar en terrenos desnivelados/inestables fuera de especificaciones, usar como grúas, colocar escaleras/andamios contra ella, operar estando en vehículos, usar tablones/escaleras para ganar altura, sujetar la plataforma/trabajadores a estructuras fijas, añadir elementos que aumenten carga por viento, usar motores de combustión interna sin ventilación.
- Retirar inmediatamente del servicio y señalizar si se detectan fallas.
- Verificar que no haya personas/equipos/obstáculos antes de bajar/moverla.
- Maniobras con asistencia y supervisión de un segundo trabajador para advertir riesgos.
- Estacionar la base apagada y protegida contra uso no autorizado.
- Recargar baterías en espacio ventilado sin riesgo de incendio/explosión.
Escaleras de Mano (NOM-009)
Disposiciones para escaleras portátiles:
- Revisión antes de cada uso; las defectuosas deben retirarse, marcarse y repararse/desecharse por personal capacitado.
- Almacenamiento protegido del clima.
- Peldaños libres de grasa/aceite.
- Si son de madera, pintadas con material transparente para no ocultar defectos.
- Colocación con distancia horizontal del pie al apoyo superior igual a una cuarta parte de la longitud de la escalera hasta dicho apoyo.
- Extenderse al menos 90cm sobre el punto de apoyo al acceder a una superficie elevada.
- Equipadas con bases antiderrapantes.
- Prohibido: almacenar cerca de fuentes de calor/humedad (si son de madera), sobrecargar, colocar sobre bases inestables o superficies inclinadas sin sistema específico, usar simultáneamente por más de una persona (salvo diseño), usar como plataformas/tarimas/otro propósito no diseñado, improvisar para ganar altura, usar metálicas cerca de líneas eléctricas energizadas.
Al usar escaleras de mano para trabajos en altura:
- Revisar visualmente el área de uso previamente.
- Cerrar/bloquear/vigilar puertas si se coloca frente a ellas.
- Ascender/descender de frente a la escalera.
- Permanecer de frente a la escalera mientras se trabaja, sin sobrepasar los rieles laterales. Evitar sobre-extenderse.
- Prohibido pararse por arriba del antepenúltimo peldaño.
- Usar calzado con suela antiderrapante.
- Sostener la escalera desde abajo con ambas manos por una segunda persona durante ascensos/descensos de más de 5m.
- Sujetar la parte inferior y superior al trabajar sobre ella. La superficie de apoyo superior debe ser rígida y resistente.
- Prohibido el uso de escaleras metálicas donde puedan contactar líneas eléctricas energizadas.
Redes de Seguridad (NOM-009)
Como protección colectiva:
- Extenderse al menos 2.5m hacia afuera del borde y lo más cerca posible bajo la superficie a proteger (máximo 6m por debajo).
- Complementar con redes de cubierta ligera para proteger de caída de materiales/escombros.
- Instalación según fabricante.
- Provistas de cuerda perimetral de alta resistencia y cuerdas de sujeción para anclaje a estructuras fijas.
- Sujetas a control y mantenimiento.
Seguimiento a la Salud y Plan de Emergencias (NOM-009)
La norma exige exámenes médicos anuales para trabajadores en altura (Capítulo 14), con registros escritos o electrónicos que incluyan evaluación médica, nombre, firma y cédula del médico. El último examen debe conservarse.
Adicionalmente, se debe contar con un plan de atención a emergencias (Capítulo 15) que incluya responsable, procedimientos (alertamiento, comunicación, suspensión de actividades, primeros auxilios, eliminación de riesgos, uso de equipos de rescate), identificación de rutas de evacuación, acciones para fallas en equipos y capacitación en el plan.
Capacitación, Adiestramiento e Información (NOM-009)
La norma detalla qué debe incluir la capacitación según el tipo de equipo utilizado (sistemas personales, andamios torre, andamios suspendidos, plataformas de elevación, escaleras de mano). En general, cubre composición, uso seguro, instalación, revisión, mantenimiento, limitaciones, identificación de riesgos, procedimientos específicos, uso de EPP, plan de emergencias y, para algunos, técnicas de rescate.
Preguntas Frecuentes
¿Qué altura se considera "trabajo en altura" según la NOM-009?
Se considera trabajo en altura a partir de 1.80 metros sobre el nivel de referencia, o cuando existe riesgo de caída en aberturas en superficies de trabajo.

¿El Decreto 351/79 y la NOM-009-STPS-2011 aplican en el mismo país?
No. El Decreto 351/79 es un reglamento de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo de Argentina, mientras que la NOM-009-STPS-2011 es una Norma Oficial Mexicana que aplica en México.
¿Qué equipo de protección personal básico se necesita para trabajos en altura?
Depende del tipo de trabajo y sistema utilizado, pero generalmente se requiere casco con barboquejo, calzado antiderrapante y resistente, y un sistema de protección personal para interrumpir caídas de altura (arnés de cuerpo completo, línea de vida, absorbedor, conectores, punto de anclaje) cuando exista riesgo de caída y no haya protección colectiva.
¿Quién debe proporcionar el equipo de seguridad y la capacitación?
Según ambas normativas, el patrón (empleador) tiene la obligación de proporcionar el equipo de protección personal y la capacitación necesaria a los trabajadores.
¿Qué hacer si un equipo de trabajo en altura parece dañado?
Debe ser retirado inmediatamente del servicio, identificado como peligroso o fuera de uso, y solo reparado o reemplazado por personal capacitado y autorizado con componentes originales o avalados por el fabricante.
En conclusión, tanto el Decreto 351/79 (en su ámbito de aplicación) como, de manera mucho más detallada, la NOM-009-STPS-2011, establecen requisitos estrictos para la seguridad en trabajos en altura. Cumplir con estas normativas no es solo una obligación legal, sino una necesidad imperante para prevenir accidentes graves y salvaguardar la integridad física de los trabajadores. La planeación, la capacitación, el uso correcto del equipo y la supervisión constante son pilares de la seguridad en estas tareas de alto riesgo.
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