¿Cómo se dice cuando trabajas con el celular?

¿Teletrabajo? Claves para trabajar con celular

01/10/2016

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La pregunta sobre si trabajar utilizando un celular se considera un empleo formal o bajo qué modalidad se enmarca es muy común en la era digital. La respuesta, en el contexto de la legislación laboral, suele estar vinculada a un concepto clave: el teletrabajo. No se trata simplemente de usar un dispositivo móvil, sino de realizar las tareas propias de tu contrato laboral desde un lugar diferente a la oficina de tu empleador, apoyándote en tecnologías de la información y comunicación, entre las que, por supuesto, se incluye tu smartphone, tablet o computadora.

El teletrabajo es una modalidad de organización del trabajo que permite a la persona trabajadora desempeñar sus funciones fuera del lugar físico tradicional de la empresa. Esta forma de empleo ha crecido exponencialmente y, con ella, la necesidad de establecer un marco legal que proteja tanto a empleados como a empleadores, definiendo reglas claras sobre derechos, obligaciones y condiciones.

¿Cómo se llama trabajar con el celular?
Teletrabajo. El contrato de teletrabajo existe cuando se realizan actos, obras o se prestan servicios propios del contrato de trabajo desde el domicilio de la persona que trabaja o desde lugares distintos al establecimiento del empleador, por medio de tecnologías de la información y comunicación.
Índice de Contenido

¿Qué Define al Teletrabajo Según la Ley?

Para que una relación laboral sea considerada teletrabajo bajo ciertas normativas, como la Ley 27.555 mencionada en la información proporcionada, deben cumplirse ciertas condiciones esenciales. Principalmente, implica la realización de actos, obras o la prestación de servicios que son inherentes al contrato de trabajo, pero que se llevan a cabo desde el domicilio de la persona trabajadora o desde otros lugares distintos al establecimiento del empleador.

Lo fundamental es el uso de tecnologías de la información y comunicación (TICs) como herramienta principal para desempeñar las tareas. Esto significa que, si bien puedes usar tu celular para coordinar o realizar alguna tarea puntual, la modalidad de teletrabajo se configura cuando la prestación laboral completa o una parte significativa y regular de ella se realiza de esta manera y fuera de la sede de la empresa.

¿Cuándo No se Aplica la Ley de Teletrabajo?

Es importante entender que no toda situación en la que se utiliza un dispositivo móvil o se trabaja fuera de la oficina cae bajo el paraguas legal del teletrabajo. La normativa específica excluye ciertas situaciones. Por ejemplo:

  • Cuando las tareas se realizan en los establecimientos, dependencias o sucursales de clientes del empleador, incluso si estos reciben servicios continuos y regulares. En este caso, aunque no estés en tu oficina principal, estás en un lugar definido por la actividad de la empresa con un tercero.
  • Cuando la prestación laboral se realiza en forma esporádica u ocasional en el domicilio de la persona trabajadora. Si trabajas un día o dos desde casa de forma puntual y no regular, esto no se considera teletrabajo bajo esta definición legal.

La clave está en la regularidad y en que el domicilio u otro lugar elegido por el trabajador (distinto al del empleador o sus clientes) sea el sitio habitual de prestación de servicios mediante TICs.

De la Oficina a Casa: El Proceso y la Reversibilidad

Un aspecto crucial del teletrabajo, tal como se regula, es la transición desde la modalidad presencial. El pase de trabajar de forma presencial a teletrabajo debe ser, por regla general, voluntario. Esto implica que la decisión debe ser acordada entre el empleador y el trabajador y, además, debe quedar documentada por escrito para evitar malentendidos o imposiciones unilaterales.

¿Qué pasa si la persona que teletrabaja quiere volver a la modalidad presencial? La normativa contempla la reversibilidad. Esto significa que, si el trabajador desea regresar a la oficina, tiene derecho a hacerlo, siempre y cuando existan las condiciones de espacio y puesto de trabajo en las instalaciones de la empresa para que pueda retomar sus tareas presencialmente. La reversibilidad puede ser por acuerdo o, en algunos casos, exigida por las propias características de la actividad laboral, aunque siempre buscando un equilibrio y respetando los derechos adquiridos.

Derechos y Obligaciones Clave del Teletrabajador

Las personas que trabajan bajo la modalidad de teletrabajo gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que sus compañeros que trabajan de forma presencial. Esto incluye, pero no se limita a:

  • Igualdad Salarial: La remuneración debe ser la misma que percibiría un trabajador que realiza las mismas tareas de forma presencial. La modalidad de trabajo no debe ser un motivo para reducir el salario.
  • Desconexión Digital: Este es un derecho fundamental en el teletrabajo. La persona trabajadora tiene derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos, sistemas y herramientas de trabajo fuera de su jornada laboral y durante sus períodos de licencia. El empleador no puede exigir tareas ni enviar comunicaciones que deban ser respondidas fuera del horario pactado. Existen excepciones muy específicas (fuerza mayor, peligro, exigencias excepcionales), pero la regla general es el respeto por el tiempo de descanso. No se pueden establecer incentivos para que el trabajador renuncie a este derecho.
  • Compensación de Gastos: El empleador debe compensar los mayores gastos en conectividad (internet) y consumo de servicios (electricidad) que el teletrabajo genera para el trabajador en su domicilio. Esta compensación tiene un tratamiento particular, ya que está exenta del pago del impuesto a las ganancias, lo que subraya su naturaleza de reintegro de gastos y no de ganancia salarial.
  • Derechos Colectivos: Los teletrabajadores tienen plenamente garantizados sus derechos sindicales y de negociación colectiva. A efectos de la representación, deben ser considerados parte del conjunto de trabajadores de la empresa y ser asignados a un centro de trabajo para participar en elecciones sindicales.

Es vital que tanto empleadores como empleados conozcan y respeten estos derechos y obligaciones para asegurar una relación laboral justa y equilibrada en el entorno del teletrabajo.

Teletrabajo y Tareas de Cuidado

La ley también contempla la situación de los trabajadores que tienen a su cargo tareas de cuidado. Aquellos que acrediten tener a su cargo, de forma concurrente y que convivan con ellos, a menores de 13 años, personas con discapacidad o adultos mayores que requieran asistencia específica, tienen un derecho particular: el de coordinar con el empleador horarios que sean compatibles con esas tareas de cuidado o, incluso, solicitar la interrupción eventual de su jornada laboral.

En caso de interrupción, el trabajador deberá compensar ese tiempo de forma acordada, siempre y cuando el ejercicio de este derecho no afecte de manera significativa el cumplimiento de sus responsabilidades laborales. Este derecho no aplica si el empleador ya provee una compensación económica específica para gastos de cuidado, ya sea por ley, convenio colectivo o contrato individual.

La Jornada Laboral en la Modalidad a Distancia

Al igual que en el trabajo presencial, la jornada laboral en el teletrabajo debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo, respetando los límites legales establecidos. La particularidad en esta modalidad es que las herramientas tecnológicas (plataformas, software) utilizadas por el empleador para supervisar o gestionar las tareas deben estar configuradas de manera que se ajusten a la jornada pactada y, si es posible, impidan la conexión o el envío de tareas fuera de ese horario, reforzando así el derecho a la desconexión digital.

Elementos de Trabajo: ¿Quién Provee Qué?

Una de las preguntas frecuentes al pasar al teletrabajo es quién debe proveer el equipamiento necesario. La ley es clara al respecto: es obligación del empleador:

  • Proveer el equipo (hardware y software) necesario para que el trabajador pueda desempeñar sus tareas.
  • Proveer las herramientas de trabajo y el soporte técnico que se requiera.
  • Asumir los costos asociados a la instalación, mantenimiento y reparación de estas herramientas. Si el trabajador utiliza herramientas propias (por ejemplo, su computadora personal, aunque la ley prioriza que el empleador provea el equipo), el empleador debe compensarlo por el uso de las mismas.

El trabajador, por su parte, es responsable del buen uso y mantenimiento de los elementos provistos por el empleador y debe asegurarse de que no sean utilizados por terceros. Sin embargo, no debe responder por el desgaste normal derivado del uso o del paso del tiempo. En caso de que el equipo falle y esto impida al trabajador realizar sus tareas, el empleador debe repararlo o reemplazarlo, y el tiempo que demore esta gestión no puede afectar el derecho del trabajador a seguir percibiendo su remuneración habitual.

Es importante notar que la entrega de estos elementos de trabajo y la compensación de gastos no tienen carácter remuneratorio. Es decir, no forman parte del salario base para calcular otros rubros (aguinaldo, indemnizaciones, etc.) ni para contribuciones sindicales o de seguridad social.

Capacitación en Nuevas Tecnologías

El empleador tiene la obligación de garantizar que sus teletrabajadores estén debidamente capacitados en el uso de las nuevas tecnologías y herramientas que se requieren para desempeñar sus funciones a distancia. Esto implica ofrecer cursos, guías o soporte técnico continuo. La capacitación no debe representar una carga adicional de trabajo no remunerada para el empleado.

Higiene, Seguridad y Privacidad

La seguridad y la higiene laboral también se extienden al entorno del teletrabajo. Un aspecto relevante es que los accidentes que ocurran en el lugar (el domicilio del trabajador u otro pactado), durante la jornada y en ocasión del teletrabajo, se presumen accidentes de trabajo, cubiertos por el sistema de riesgos laborales.

En cuanto a la privacidad, si el empleador utiliza sistemas de control para proteger sus bienes o información (por ejemplo, software de monitoreo), estos sistemas deben salvaguardar la intimidad del trabajador y la privacidad de su hogar. El empleador debe tomar medidas para proteger los datos que el trabajador utiliza, y no puede emplear software de vigilancia que viole la intimidad de la persona.

Teletrabajo con Componente Internacional

¿Qué sucede si la persona teletrabaja desde un país para una empresa ubicada en otro? En el caso de prestaciones transnacionales de teletrabajo, la ley aplicable a la relación laboral será, por regla general, la del lugar donde el trabajador ejecuta sus tareas. Esto busca proteger al trabajador bajo la normativa del país donde reside y trabaja efectivamente.

Registro del Teletrabajo

La normativa prevé la creación de un registro de las empresas que adopten la modalidad de teletrabajo. Este registro debe ser simple, electrónico y automático, facilitando el control y la fiscalización por parte de la autoridad laboral.

Preguntas Frecuentes sobre Teletrabajo

A continuación, respondemos algunas dudas comunes basadas en la información proporcionada:

  • ¿Mi jefe puede contactarme a cualquier hora si teletrabajo?
    No. Tienes derecho a la desconexión digital fuera de tu jornada laboral pactada. El empleador no debe contactarte ni enviarte tareas que requieran respuesta inmediata fuera de ese horario, salvo excepciones muy puntuales (peligro, fuerza mayor, etc.).
  • ¿Quién paga mi conexión a internet y la luz si teletrabajo desde casa?
    El empleador debe compensarte por los mayores gastos en conectividad y consumo de servicios (como la electricidad) que genera el teletrabajo en tu domicilio.
  • Si mi computadora de trabajo se rompe, ¿quién se encarga?
    El empleador es responsable de proveer, mantener y reparar las herramientas de trabajo. Si un equipo falla, debe repararlo o reemplazarlo, y ese tiempo no afecta tu derecho a cobrar tu salario.
  • ¿Puedo volver a trabajar en la oficina si empecé teletrabajando?
    Si pasaste de presencial a teletrabajo voluntariamente, tienes derecho a revertir la modalidad y volver a la oficina si existen las condiciones físicas en la empresa.
  • ¿Tengo los mismos derechos sindicales que mis compañeros presenciales?
    Sí, tienes plenamente garantizados todos tus derechos colectivos y sindicales. Debes ser considerado parte del plantel presencial a efectos de representación.
  • ¿Si sufro un accidente en mi casa mientras trabajo, es un accidente laboral?
    Sí, los accidentes que ocurran en tu domicilio (o lugar de teletrabajo pactado), en tu jornada y en ocasión de tus tareas, se presumen accidentes de trabajo.
  • ¿El empleador puede instalar programas en mi computadora para vigilarme todo el tiempo?
    Los sistemas de control deben respetar tu intimidad y la privacidad de tu domicilio. No se puede usar software de vigilancia que viole tu intimidad.

En conclusión, si bien usar tu celular es parte de las herramientas tecnológicas, trabajar utilizando este dispositivo de forma regular y para cumplir con tus tareas laborales fuera de la oficina de tu empleador, se enmarca dentro de la modalidad de teletrabajo, con todas las regulaciones, derechos y obligaciones que ello implica según la ley.

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