¿Cuáles son los 6 tipos de acoso laboral?

6 Tipos de Acoso Laboral según la Ley 1010

22/07/2021

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El entorno laboral debería ser un espacio seguro y respetuoso para todos los profesionales. Sin embargo, la realidad es que el acoso laboral es una problemática latente que afecta a miles de personas a nivel mundial, erosionando la dignidad, la salud y el desempeño de los trabajadores. Consciente de esta situación, Colombia ha tomado medidas legales significativas para combatir este flagelo.

¿Cuáles son los 6 tipos de acoso laboral?
Algunos ejemplos incluyen: insultos, gritos, críticas destructivas, asignación de tareas humillantes o sobrecarga de trabajo injustificada.Aug 2, 2024

La Ley 1010 de 2006 se erige como un pilar fundamental en la protección de los derechos laborales en el país, estableciendo un marco legal robusto para prevenir, corregir y sancionar las diversas manifestaciones de acoso en el ámbito del trabajo. Esta normativa no solo define qué constituye acoso laboral, sino que también especifica los diferentes tipos en los que puede presentarse, brindando claridad tanto a empleados como a empleadores sobre las conductas inaceptables y sus consecuencias.

Comprender a fondo los tipos de acoso laboral reconocidos por la legislación colombiana es el primer paso para identificarlo, prevenirlo y, si es necesario, denunciarlo. Este conocimiento empodera a los trabajadores y obliga a las empresas a garantizar ambientes laborales sanos y libres de violencia. A continuación, exploraremos en detalle los tipos de acoso laboral según la Ley 1010 de 2006.

Índice de Contenido

Definición de Acoso Laboral según la Ley 1010 de 2006

La Ley 1010 de 2006 en Colombia no solo busca sancionar y corregir el acoso laboral, sino que tiene un fuerte énfasis en su prevención. Esta ley define el acoso laboral como "toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo". Es crucial entender que la ley exige que la conducta sea persistente y demostrable para ser considerada acoso laboral, distinguiéndola de un incidente aislado o un conflicto ocasional.

Los 6 Tipos de Acoso Laboral Reconocidos por la Ley

La Ley 1010 de 2006 identifica y describe diversas conductas que configuran acoso laboral. Aunque las manifestaciones pueden ser variadas y complejas, la ley las agrupa en diferentes tipos para facilitar su identificación y manejo legal. Estos son los seis tipos principales:

1. Maltrato Laboral

Este tipo de acoso se refiere a todo acto que atente contra la dignidad o la integridad física y moral de un trabajador. Son acciones que buscan humillar, degradar o menoscabar a la persona en su ámbito laboral. No se trata solo de agresiones físicas, que son la forma más extrema y evidente, sino también de agresiones verbales o gestuales que causan daño psicológico.

Ejemplos comunes de maltrato laboral incluyen:

  • Insultos, gritos o comentarios despectivos dirigidos al trabajador, ya sea en privado o en público.
  • Críticas destructivas y constantes sobre el desempeño, que no buscan mejorar sino humillar.
  • Asignación de tareas humillantes o degradantes que no corresponden a la función o dignidad del empleado.
  • Burlas, apodos ofensivos o comentarios sarcásticos sobre la apariencia, origen o cualquier característica personal del trabajador.
  • Amenazas de despido o de perjuicio laboral sin justificación real.

El maltrato laboral impacta directamente en la salud mental y la autoestima del trabajador, creando un ambiente de trabajo hostil y perjudicial.

2. Persecución Laboral

La persecución laboral se caracteriza por comportamientos reiterados que buscan generar miedo, intimidación, terror o angustia en el trabajador, con el fin de desestabilizarlo emocionalmente o inducirlo a renunciar. Es un patrón de conducta hostil y sistemático.

Algunas manifestaciones de persecución laboral son:

  • Vigilancia excesiva y continua del trabajador sin justificación aparente, dando a entender una falta de confianza o buscando encontrar faltas.
  • Amonestaciones o llamados de atención constantes e injustificados, muchas veces por motivos triviales o inventados.
  • Cambios abruptos y sin motivo lógico en los horarios, turnos o lugar de trabajo del empleado, buscando incomodarlo o perjudicarlo.
  • Evaluaciones de desempeño injustamente negativas que no reflejan la realidad del trabajo realizado.
  • Retiro injustificado de responsabilidades o tareas clave, marginando al trabajador de sus funciones principales.

Este tipo de acoso genera un estado de ansiedad y estrés constante en la víctima, afectando gravemente su bienestar.

3. Discriminación Laboral

La discriminación laboral implica toda acción que busca menospreciar, excluir o segregar a un trabajador por razones de raza, género, orientación sexual, religión, origen social, condición económica, estado civil, edad, discapacidad, o cualquier otra característica personal que no afecte su desempeño laboral. Se trata de un trato desigual e injusto basado en prejuicios o estereotipos.

Ejemplos de discriminación laboral son:

  • Negación de oportunidades de capacitación, ascenso o promoción basadas en alguna característica personal no relacionada con el mérito.
  • Asignación de tareas menos importantes o degradantes debido a la raza, género o edad del trabajador.
  • Exclusión de reuniones, proyectos o actividades relevantes para el trabajo sin justificación objetiva.
  • Diferencias injustificadas en la remuneración, beneficios o condiciones laborales respecto a compañeros que realizan el mismo trabajo, basadas en criterios discriminatorios.
  • Comentarios o chistes ofensivos sobre la raza, religión, orientación sexual, etc., que crean un ambiente hostil.

La discriminación laboral vulnera el principio de igualdad de oportunidades y respeto en el trabajo.

4. Entorpecimiento Laboral

Este tipo de acoso se manifiesta a través de conductas que buscan obstaculizar o dificultar el cumplimiento de la labor del empleado. La intención es impedir que el trabajador realice sus tareas de manera eficiente, lo que puede llevar a que se le considere incompetente o a que cometa errores.

El entorpecimiento laboral puede incluir acciones como:

  • Esconder, dañar o retener documentos, herramientas o recursos necesarios para que el trabajador realice su labor.
  • No proporcionar la información clave o las instrucciones necesarias para completar una tarea.
  • Asignar plazos de entrega irrazonables o inalcanzables para una tarea.
  • Cambiar constantemente los requisitos o procedimientos de una tarea sin previo aviso, generando confusión.
  • Sobrecargar de trabajo al empleado de manera desproporcionada, impidiendo que cumpla con todo.
  • Ignorar o sabotear los esfuerzos del trabajador para cumplir con sus responsabilidades.

El entorpecimiento laboral afecta directamente la productividad y el desempeño del trabajador.

5. Inequidad Laboral

La inequidad laboral se refiere al trato desigual en condiciones similares de trabajo, sin que exista una justificación objetiva y razonable para dicha diferencia. Implica la distribución injusta de cargas de trabajo, responsabilidades o beneficios.

Manifestaciones de inequidad laboral son:

  • Asignar tareas de mayor responsabilidad o complejidad a un trabajador sin el reconocimiento, la autoridad o la remuneración adecuada, mientras otros con menor responsabilidad reciben mejores condiciones.
  • Distribución injusta de beneficios laborales como bonos, capacitaciones, horarios flexibles o ascensos, favoreciendo a algunos empleados sobre otros sin criterios objetivos.
  • Aplicación selectiva de normas, políticas o procedimientos de la empresa, siendo más estrictos o laxos con ciertos trabajadores.
  • Diferencias salariales injustificadas entre empleados que realizan el mismo trabajo con igual experiencia y cualificaciones.

La inequidad laboral mina la motivación y el sentido de justicia entre los empleados.

6. Desprotección Laboral

Este tipo de acoso consiste en negar al trabajador los medios o recursos adecuados y necesarios para el cumplimiento de sus funciones, poniendo en riesgo su integridad física o su desempeño. Implica una falta de diligencia o una omisión intencionada por parte del empleador o superior para asegurar un entorno de trabajo seguro y funcional.

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TIPOS DE BULLYINGBullying físico.Bullying verbal.Bullying psicológico.Bullying sexual.Bullying social.Ciberbullying.

Ejemplos de desprotección laboral incluyen:

  • No proporcionar equipos de protección personal (EPP) adecuados o en buen estado, especialmente en trabajos que implican riesgos.
  • No facilitar las herramientas, materiales o tecnología necesarios para realizar la labor de manera segura y eficiente.
  • Asignar tareas para las cuales el trabajador no ha recibido la capacitación necesaria, exponiéndolo a riesgos o al fracaso.
  • Permitir que el trabajador opere maquinaria o equipos defectuosos o peligrosos.
  • No tomar medidas ante situaciones de riesgo evidentes en el lugar de trabajo que afectan al empleado.

La desprotección laboral pone en peligro la seguridad y la salud del trabajador.

Importancia de Conocer los Tipos de Acoso Laboral

Estar informado sobre los diferentes tipos de acoso laboral es fundamental tanto para los trabajadores como para las empresas. Para los empleados, conocer estas definiciones legales es el primer paso para identificar si están siendo víctimas de acoso y comprender que no son situaciones normales o aceptables dentro de un entorno de trabajo.

Esta conciencia les permite reconocer cuándo sus derechos están siendo vulnerados y les da la base para buscar ayuda, ya sea a través de los canales internos de la empresa (como comités de convivencia) o por vías legales externas. Un trabajador informado es un trabajador empoderado, capaz de defender su dignidad y bienestar.

Por otro lado, las empresas tienen la responsabilidad legal y moral de garantizar un ambiente de trabajo libre de acoso. Conocer los tipos de acoso laboral definidos por la Ley 1010 les permite:

  • Diseñar e implementar políticas claras de prevención del acoso.
  • Capacitar a sus empleados y directivos sobre qué conductas están prohibidas.
  • Establecer canales de denuncia seguros y confidenciales.
  • Investigar y sancionar adecuadamente las conductas de acoso cuando ocurran.
  • Cumplir con sus obligaciones legales y evitar costosas demandas y sanciones.

La prevención del acoso no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino una inversión en el capital humano. Un ambiente de trabajo respetuoso y seguro mejora la moral, reduce el ausentismo, aumenta la productividad y fortalece la reputación de la empresa. Las organizaciones que priorizan el bienestar de sus empleados atraen y retienen mejor talento.

Tabla Comparativa de los Tipos de Acoso Laboral

Tipo de AcosoCaracterística PrincipalEjemplos Clave
Maltrato LaboralAtenta contra dignidad/integridad física o moral.Insultos, gritos, tareas humillantes, críticas destructivas.
Persecución LaboralGenera miedo/angustia para desestabilizar o forzar renuncia.Vigilancia excesiva, amonestaciones injustificadas, cambios abruptos.
Discriminación LaboralMenosprecio/segregación por características personales.Negar ascensos por raza/género, exclusión injustificada.
Entorpecimiento LaboralObstaculiza el cumplimiento de las funciones del trabajador.Ocultar información/recursos, plazos inalcanzables, sobrecarga.
Inequidad LaboralTrato desigual injustificado en condiciones similares.Salarios/beneficios desiguales, asignación injusta de responsabilidades.
Desprotección LaboralNegar medios/recursos necesarios para la función o seguridad.Falta de EPP, herramientas inadecuadas, tareas sin capacitación.

Es importante notar que una misma situación de acoso puede involucrar varios de estos tipos simultáneamente. Por ejemplo, asignar tareas humillantes (Maltrato) puede ir acompañado de la falta de herramientas para realizarlas (Desprotección) o de cambios constantes en los requisitos (Entorpecimiento), todo ello con el fin de forzar la renuncia (Persecución).

Clasificaciones Adicionales del Acoso Laboral

Además de los seis tipos definidos por la conducta, el acoso laboral también puede clasificarse según la relación jerárquica entre el acosador y la víctima:

  • Vertical Descendente: Ocurre cuando un superior acosa a un subordinado. Es la forma más común y muchas veces se relaciona con el abuso de poder.
  • Vertical Ascendente: Sucede cuando un subordinado o grupo acosa a un superior. Aunque menos frecuente, puede darse a través de sabotaje, rumores o falta de respeto.
  • Horizontal: Se presenta entre compañeros de trabajo del mismo nivel jerárquico. Puede incluir ostracismo, burlas, sabotaje entre pares o competencia desleal.

También existen otras clasificaciones basadas en la naturaleza de la agresión, como el acoso sexual (conductas de naturaleza sexual no deseadas) o el acoso discriminatorio (que coincide con el tipo de Discriminación Laboral descrito anteriormente, pero se enfoca en el móvil de la agresión).

Preguntas Frecuentes sobre el Acoso Laboral

Abordar el acoso laboral genera muchas dudas. Aquí respondemos algunas preguntas comunes basándonos en el marco de la Ley 1010 y la información proporcionada:

¿Quién puede ser víctima de acoso laboral?

Según la definición de la ley, cualquier empleado o trabajador puede ser víctima de acoso laboral, independientemente de su cargo o nivel jerárquico.

¿Quién puede ser el acosador?

El acosador puede ser un empleador, un jefe o superior, un compañero de trabajo o incluso un subalterno.

¿Un solo incidente se considera acoso laboral?

La Ley 1010 define el acoso laboral como una conducta "persistente y demostrable". Un incidente aislado, por grave que sea, generalmente no califica legalmente como acoso laboral bajo esta ley, aunque puede constituir otro tipo de falta o delito. Sin embargo, una conducta grave puede ser el inicio de un patrón persistente.

¿Qué debo hacer si creo que estoy siendo víctima de acoso laboral?

Lo primero es documentar las situaciones (fechas, horas, testigos, detalles de las conductas). Luego, buscar asesoría (interna en la empresa si existe un comité de convivencia, o externa legal). La ley promueve la conciliación, pero también establece mecanismos de denuncia y sanción.

¿Las críticas sobre mi desempeño son siempre acoso laboral?

No. Las críticas constructivas sobre el desempeño, realizadas de manera respetuosa y con el fin de mejorar, son parte normal de la relación laboral. El acoso laboral se configura cuando las críticas son destructivas, constantes, humillantes o tienen una intención maliciosa.

¿Qué consecuencias tiene el acoso laboral para el acosador y la empresa?

Para el acosador, la ley contempla sanciones que pueden incluir multas, la obligación de asistir a cursos de manejo del estrés o de convivencia laboral, e incluso la terminación del contrato de trabajo dependiendo de la gravedad y reincidencia. Para la empresa, no actuar diligentemente ante una denuncia de acoso puede acarrear sanciones económicas y afectar su reputación.

Conclusión

El acoso laboral es una realidad dolorosa que mina el bienestar de los trabajadores y la salud de las organizaciones. La Ley 1010 de 2006 en Colombia es una herramienta vital en la lucha contra esta problemática, al definir claramente sus manifestaciones y establecer mecanismos para prevenirlo, corregirlo y sancionarlo. Conocer los seis tipos de acoso laboral – Maltrato, Persecución, Discriminación, Entorpecimiento, Inequidad y Desprotección – es esencial para todos los actores del mundo del trabajo. Estar informado, reconocer las señales y saber cómo actuar son pasos cruciales para construir entornos laborales respetuosos, seguros y productivos para todos. La prevención y la denuncia son clave para erradicar el acoso laboral.

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