¿Qué pasa si tienes un empleado sin contrato?

Despido sin contrato: ¿Qué pasa y qué hacer?

15/08/2023

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Recibir la noticia de un despido es siempre un momento difícil, cargado de incertidumbre y preocupación por el futuro. Esta sensación se agrava aún más cuando te encuentras en una situación en la que no has llegado a firmar un contrato de trabajo. Es común pensar que, al no existir un documento escrito y firmado, la relación laboral no es válida o que careces de derechos. Sin embargo, en España, la realidad legal es diferente y, en muchos casos, trabajar sin un contrato formalizado por escrito no te deja desamparado.

¿Cómo puedo denunciar si no tengo un contrato de trabajo?
Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana a su trabajo. Explique el motivo de su visita: denunciar a un empleador porque vulneró los derechos fundamentales de la relación laboral. Entregue los antecedentes requeridos.

La legislación laboral española reconoce la existencia de la relación laboral incluso cuando no hay un contrato escrito. El Estatuto de los Trabajadores establece que el contrato de trabajo se presume existente entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución. Es decir, lo que define la relación laboral no es el papel firmado, sino la concurrencia de ciertas características esenciales como la voluntariedad, la ajenidad (trabajar para otro), la dependencia (someterse a sus instrucciones) y la retribución.

Aunque el contrato de trabajo puede formalizarse de forma verbal, la ley exige que ciertos tipos de contratos se hagan por escrito (contratos temporales, a tiempo parcial, de formación, etc.). Si trabajas bajo uno de estos supuestos sin un contrato escrito, la ley presume que tu contrato es indefinido a tiempo completo, a menos que el empleador pueda demostrar lo contrario. Esta presunción es fundamental y juega a tu favor en caso de despido.

Índice de Contenido

La Validez del Contrato Verbal en España

En principio, el contrato de trabajo puede celebrarse de forma verbal o escrita. Existe una libertad de forma generalizada. Sin embargo, para garantizar la seguridad jurídica y la protección del trabajador, la ley obliga a que ciertos contratos se formalicen por escrito. Estos incluyen:

  • Contratos formativos (en alternancia y para la obtención de práctica profesional).
  • Contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo.
  • Contratos para la realización de una obra o servicio determinados (antes de la reforma laboral de 2022, ahora la figura es más limitada).
  • Contratos de duración determinada (ahora contratos de duración determinada por circunstancias de la producción o por sustitución).
  • Contratos de trabajadores a domicilio.
  • Contratos de trabajadores transnacionales.
  • Contratos de trabajadores que trabajen a distancia (teletrabajo).
  • Contratos de deportistas profesionales.
  • Contratos de artistas en espectáculos públicos.
  • Contratos de grupo.
  • Contratos de alta dirección.

Si tu relación laboral se encuadra en alguno de estos supuestos y no tienes un contrato escrito, la ley establece una presunción: se considera que el contrato es concertado por tiempo indefinido a tiempo completo. Esta presunción solo puede ser desvirtuada por el empleador si demuestra la naturaleza temporal o a tiempo parcial de la relación, algo que resulta complicado sin un contrato escrito que lo acredite.

Cómo Demostrar la Relación Laboral Sin un Contrato Firmado

Este es el punto clave cuando te despiden sin haber firmado un contrato. La carga de probar que existía una relación laboral recae en ti, el trabajador. Afortunadamente, hay diversas formas de acreditar que has estado trabajando para esa empresa, incluso sin un documento firmado. La prueba puede ser variada e incluye cualquier medio admitido en derecho:

Tipo de PruebaQué Demuestra
Nóminas y Recibos de SalarioPago de un salario por parte de la empresa, con posibles retenciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social.
Movimientos BancariosTransferencias periódicas de dinero desde la cuenta de la empresa a tu cuenta personal, identificadas como pago de nómina o similar.
Correos Electrónicos, WhatsApp, MensajesComunicaciones con superiores o compañeros que evidencien órdenes, instrucciones, reparto de tareas, horarios, o cualquier interacción propia de una relación laboral.
TestimoniosDeclaraciones de compañeros de trabajo, clientes, proveedores o cualquier persona que pueda dar fe de que prestabas servicios para la empresa de forma regular y bajo sus directrices.
Horarios de TrabajoRegistros de entrada y salida, cuadrantes, o cualquier documento o testimonio que acredite el cumplimiento de un horario establecido por la empresa.
Uniforme o Herramientas de la EmpresaPosesión o uso de indumentaria, vehículos, teléfono móvil, ordenador u otras herramientas proporcionadas por la empresa para el desempeño de tu trabajo.
Documentos InternosAcceso a sistemas informáticos de la empresa, participación en reuniones, documentos de trabajo con tu nombre, tarjetas de visita, etc.
Alta en la Seguridad SocialAunque a veces el alta es incorrecta (por ejemplo, a tiempo parcial cuando era completo, o en un grupo de cotización inferior), el mero hecho del alta acredita que la empresa te reconoció como trabajador. Si no hay alta, la falta de ella es una prueba de la irregularidad por parte de la empresa.

Recopilar todas estas pruebas o la mayor cantidad posible es fundamental antes de iniciar cualquier reclamación. Cuantas más pruebas reúnas, más sólida será tu posición.

El Despido Sin Contrato: ¿Es Válido?

Un empleador puede decidir prescindir de tus servicios aunque no tengas un contrato firmado. Sin embargo, el despido, para ser procedente (es decir, ajustado a derecho y justificado), debe cumplir ciertos requisitos formales y materiales. Al no haber un contrato escrito, el principal problema para el empleador es justificar la causa del despido y, en muchos casos, incluso acreditar los términos de la relación.

Dado que, como hemos visto, sin contrato escrito se presume una relación indefinida a tiempo completo (salvo prueba en contrario), el despido debe basarse en una causa legal (disciplinaria o por causas objetivas) y notificarse por escrito, expresando claramente los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Si el empleador te despide verbalmente o sin justificar la causa por escrito, el despido será considerado automáticamente improcedente por un juez.

Incluso si el empleador intenta notificar el despido por escrito, la falta de un contrato que especifique tus obligaciones o el tipo de contrato dificulta enormemente que la empresa pueda probar una causa justa de despido, especialmente en el caso de un despido disciplinario por incumplimiento de tus deberes. Por ello, en la práctica, la mayoría de los despidos de trabajadores sin contrato firmado suelen ser declarados improcedentes si el trabajador reclama.

Tus Derechos al Ser Despedido Sin Contrato

Si logras probar la existencia de la relación laboral y el despido es declarado improcedente (que es lo más probable en estos casos), tienes derecho a:

  • Indemnización por despido improcedente: La cuantía de esta indemnización se calcula como si tuvieras un contrato indefinido a tiempo completo. La indemnización estándar es de 33 días de salario por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, con un límite máximo (actualmente, 24 mensualidades). Si tu antigüedad es anterior al 12 de febrero de 2012, se aplica la legislación anterior para ese periodo (45 días por año, con un máximo de 42 mensualidades). Para calcularla, habrá que determinar tu antigüedad real en la empresa y tu salario diario.
  • Finiquito: Es la liquidación de las cantidades que la empresa te debe al finalizar la relación laboral, independientemente de la causa del despido. Incluye:
    • Salario de los días trabajados en el mes del despido.
    • Parte proporcional de las pagas extras generadas y no abonadas.
    • Parte proporcional de las vacaciones generadas y no disfrutadas.
    • Otras cantidades pendientes (horas extras, dietas, etc.).
  • Prestación por Desempleo (el Paro): Si has cotizado el tiempo mínimo requerido (actualmente 360 días en los últimos 6 años) y te encuentras en situación legal de desempleo (como es el caso de un despido), tienes derecho a solicitar la prestación. Probar la relación laboral y conseguir que la empresa certifique las cotizaciones (o que un juez lo ordene) es esencial para acceder a ella.

Es crucial reclamar formalmente el despido para poder acceder a estos derechos. Un despido verbal o no formalizado correctamente por la empresa no es suficiente para, por ejemplo, solicitar la prestación por desempleo directamente.

Pasos a Seguir Tras el Despido

Si te despiden y no tienes contrato firmado, es fundamental actuar con rapidez, ya que los plazos legales son muy breves:

  1. Reúne Pruebas: Inmediatamente después del despido, dedica tiempo a recopilar toda la documentación y evidencias que acrediten tu relación con la empresa (nóminas, mensajes, correos, datos de contacto de posibles testigos, etc.).
  2. No Firmes Documentos Sin Entenderlos: Si el empleador te presenta algún documento para firmar (por ejemplo, un finiquito), no lo firmes si no estás de acuerdo o si no entiendes lo que significa. Si te sientes presionado, puedes firmarlo añadiendo "No conforme" o "Pendiente de revisar" junto a tu firma.
  3. Contacta con un Abogado Laboralista: Dada la complejidad de probar la relación laboral sin contrato y los plazos ajustados, es altamente recomendable buscar asesoramiento legal especializado lo antes posible. Un abogado experto te ayudará a evaluar tus pruebas, calcular las cantidades a reclamar y guiarte en el proceso.
  4. Presenta la Papeleta de Conciliación: Este es el primer paso legal obligatorio antes de ir a juicio. Tienes un plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentarla ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el organismo autonómico correspondiente. En este acto, se intenta llegar a un acuerdo con la empresa.
  5. Presenta la Demanda ante el Juzgado de lo Social: Si no se alcanza un acuerdo en el acto de conciliación, el siguiente paso es interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo para presentar la demanda es el mismo: los 20 días hábiles desde el despido, descontando el tiempo que dure el proceso de conciliación. Es vital no dejar pasar este plazo.

Consecuencias para la Empresa

Para el empleador, tener trabajadores sin contrato escrito, especialmente cuando la ley lo exige, o no tenerlos dados de alta en la Seguridad Social, conlleva importantes riesgos y consecuencias legales:

  • Presunción de Contrato Indefinido a Tiempo Completo: Como ya se ha mencionado, si no se formaliza el contrato por escrito cuando la ley lo exige, se presume que la relación es indefinida a tiempo completo, lo que implica mayores costes de despido en caso de cese.
  • Despido Improcedente: La dificultad para probar la causa de un despido sin un contrato formalizado suele llevar a que el despido sea declarado improcedente, obligando al pago de la indemnización correspondiente.
  • Sanciones de la Inspección de Trabajo: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene competencias para sancionar a las empresas que no formalicen los contratos por escrito cuando es obligatorio, o que tengan trabajadores sin dar de alta en la Seguridad Social (lo que se conoce como "economía sumergida"). Las multas por no formalizar contratos o no dar de alta pueden ser muy elevadas.
  • Obligación de Cotizar a la Seguridad Social: Si se demuestra la existencia de la relación laboral, la empresa será obligada a dar de alta al trabajador con efectos retroactivos y a pagar todas las cuotas a la Seguridad Social no abonadas, con los recargos e intereses correspondientes.
  • Posibles Reclamaciones de Cantidad: Además de la indemnización por despido, el trabajador puede reclamar cualquier cantidad que se le adeude (salarios, pagas extras, vacaciones) que no se haya abonado o cotizado correctamente debido a la falta de formalización del contrato.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo cobrar el paro si no tenía contrato firmado?
Sí, si puedes probar que existía una relación laboral y que la empresa cotizó por ti el tiempo suficiente. Si no te dieron de alta o lo hicieron incorrectamente, al reclamar tu despido y probar la relación, un juez puede obligar a la empresa a pagar las cotizaciones atrasadas, lo que te permitirá acceder a la prestación por desempleo si cumples los requisitos.

¿Importa si me pagaban en efectivo o por transferencia bancaria?
Para probar la relación laboral, los pagos por transferencia bancaria son una prueba más sólida y fácil de acreditar que los pagos en efectivo, que requieren otro tipo de pruebas complementarias (como testimonios o recibos firmados por la empresa).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi despido?
Tienes un plazo muy corto: 20 días hábiles (se excluyen sábados, domingos y festivos) desde la fecha en que se produjo el despido. Es un plazo de caducidad, lo que significa que si lo dejas pasar, pierdes tu derecho a reclamar la improcedencia del despido y la correspondiente indemnización.

¿Es ilegal que el empleador no me hiciera firmar un contrato?
Depende del tipo de contrato. Si por la naturaleza de tu trabajo el contrato debía ser escrito (temporal, a tiempo parcial, etc.), el empleador ha incumplido una obligación formal. Esto no invalida la relación laboral, pero tiene consecuencias legales para la empresa (presunción de contrato indefinido, posibles sanciones).

¿Qué pasa si nunca me dieron de alta en la Seguridad Social?
Esta es una falta muy grave por parte del empleador. Aun así, puedes probar la relación laboral por otras vías (testigos, etc.) y reclamar. Si lo haces, la Inspección de Trabajo puede actuar de oficio o a instancia tuya, sancionando a la empresa y obligándola a darte de alta con efectos retroactivos y a pagar todas las cuotas debidas, con recargos. Esto es fundamental para que puedas acceder a prestaciones como el paro, jubilación, etc.

Conclusión

Trabajar sin un contrato firmado puede generar mucha inseguridad, pero es fundamental saber que la ausencia de un documento escrito no anula tus derechos laborales en España. La ley protege al trabajador y establece mecanismos para probar la existencia de la relación laboral y reclamar en caso de despido. La clave está en poder demostrar que has estado prestando servicios bajo las características de una relación laboral (voluntariedad, ajenidad, dependencia, retribución) y, si el contrato debía ser escrito, la ley presume que eres indefinido a tiempo completo.

Si te encuentras en esta situación, no te conformes con la idea de que no tienes derechos. Reúne todas las pruebas posibles, actúa dentro de los plazos legales (especialmente el de 20 días hábiles para reclamar el despido) y, sobre todo, busca el asesoramiento de abogados especializados en derecho laboral. Un profesional podrá guiarte eficazmente para reclamar la indemnización que te corresponde, tu finiquito y, si cumples los requisitos, el acceso a la prestación por desempleo.

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