¿Cuánto tiempo tiene la empresa para hacer la liquidación?

Salario Clave para tu Indemnización por Despido

29/10/2016

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El cálculo de la indemnización por despido puede parecer una tarea compleja, y de hecho, en muchos casos lo es, requiriendo asesoramiento profesional para garantizar que se respeten todos los derechos. Sin embargo, entender los fundamentos básicos es esencial para cualquier trabajador. Uno de los factores más importantes y a menudo fuente de confusión es determinar cuál es el salario que se debe considerar para este cálculo crucial. Conocer este dato no solo ayuda a tener una idea aproximada de cuánto dinero le corresponde a un empleado despedido sin justa causa, sino que también es fundamental al momento de negociar una posible salida acordada con la empresa, como en el caso de un retiro voluntario.

¿Cuánto tiempo se puede cobrar la liquidación?
¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar la indemnización por despido injustificado o en su caso las prestaciones por renuncia voluntaria? Se cuenta con dos meses para ejercitar la acción por despido y un año para el pago de prestaciones proporcionales por renuncia voluntaria.

Es importante recordar que, en Argentina, el derecho a recibir una indemnización por despido sin justa causa generalmente aplica a los trabajadores que se encuentran en una relación de dependencia debidamente registrada. La legislación laboral establece claramente las bases para este cálculo, aunque existen particularidades que dependen de cada situación específica y del convenio colectivo de trabajo aplicable.

Índice de Contenido

¿Qué salario se toma en cuenta para la indemnización?

Según lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo (N°20.744) en Argentina, cuando un empleado registrado en relación de dependencia es despedido sin que exista una justificación legal válida (lo que se conoce como "justa causa"), tiene derecho a percibir una compensación económica por parte de su empleador. La base para realizar este cálculo es un elemento determinante y está especificado en la normativa.

Para calcular la indemnización por despido, la ley indica que se debe tomar como referencia el sueldo bruto del trabajador. Esto significa que se considera el monto total que el empleador abona por los servicios prestados, antes de aplicar cualquier tipo de descuento. Es fundamental diferenciar este concepto del "sueldo neto", que es la cantidad final de dinero que el trabajador efectivamente recibe en mano o depositada en su cuenta bancaria, una vez que se han realizado todas las deducciones obligatorias por ley.

El sueldo bruto incluye no solo el salario básico pactado, sino también otros adicionales y conceptos remunerativos que se hayan percibido. Los descuentos que se aplican al sueldo bruto para llegar al sueldo neto son variados y están establecidos por ley. Entre los más comunes en Argentina se encuentran el descuento para el sistema jubilatorio (11% del sueldo bruto), el aporte al Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados (INSSJP), conocido como PAMI (3% adicional), los aportes a la obra social (que pueden variar), y en el caso de los trabajadores agremiados, la cuota sindical correspondiente. Por lo tanto, al hablar de la base salarial para la indemnización, siempre nos referimos al monto total antes de que se realicen estas retenciones.

La Base del Cálculo de Antigüedad

La Ley de Contrato de Trabajo establece la fórmula general para calcular el componente principal de la indemnización por despido sin justa causa, que es la indemnización por antigüedad. Esta fórmula indica que al empleado despedido le corresponde un mes de sueldo por cada año de servicio prestado en la empresa. Pero, ¿qué sueldo se utiliza y cómo se cuentan los años?

La base para este cálculo es la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador durante el último año o durante todo el tiempo de prestación de servicios, si este fuera menor. Es decir, se busca identificar el mes en el que el trabajador tuvo el sueldo bruto más alto, considerando conceptos remunerativos, y ese monto se utiliza como base para calcular cada "mes de indemnización".

Respecto a los años de servicio, la ley es clara: se computa un mes de sueldo por cada año trabajado. Además, si el trabajador prestó servicios por un período que incluye una fracción de año mayor a tres meses, esa fracción se considera como un año completo a los efectos del cálculo de la indemnización por antigüedad. Por ejemplo, un empleado con 5 años y 4 meses de antigüedad tendría derecho a 6 meses de indemnización de antigüedad. Si tuviera 5 años y 2 meses, le corresponderían 5 meses. Esta regla busca redondear a favor del trabajador cuando ha superado significativamente el cuarto de año adicional de servicio.

Esta mejor remuneración mensual normal y habitual no solo es clave para el cálculo de la indemnización por antigüedad legal. También es la referencia que un empleado debe tener en mente al momento de negociar una posible desvinculación de común acuerdo, como podría ser una propuesta de retiro voluntario. En estos casos, las empresas suelen ofrecer sumas que superan significativamente el monto que resultaría de la simple aplicación de la fórmula legal de indemnización por despido, y tener clara la base salarial legal ayuda al trabajador a evaluar la conveniencia de la propuesta.

Otros Componentes de la Liquidación Final

La indemnización por despido sin justa causa no es el único monto que un empleador debe abonar al trabajador al finalizar el vínculo laboral. El pago total al momento de la desvinculación se conoce como "liquidación final" e incluye varios rubros además de la indemnización por antigüedad. Es fundamental entender todos estos componentes para asegurarse de que la liquidación sea correcta. Estos rubros se liquidan de manera diferente al salario mensual habitual.

Vacaciones no gozadas

El trabajador tiene derecho a que se le paguen los días de vacaciones que le correspondían y que no llegó a tomarse al momento de la desvinculación. Este cálculo se realiza de forma proporcional al tiempo trabajado en el año en curso.

Horas extras y otros conceptos adeudados

Cualquier suma de dinero o concepto remunerativo que el empleador adeudare al trabajador por los servicios prestados hasta la fecha del cese, como horas extras, comisiones, premios, etc., debe ser incluido en la liquidación final. La ley permite reclamar conceptos adeudados de los últimos dos años de relación laboral.

Indemnización por antigüedad

Este es el componente principal que ya explicamos: un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses.

Mes de integración de despido

Este rubro aplica cuando el despido se notifica un día diferente al último día del mes. La ley presume que el contrato continúa hasta el último día del mes en que se produjo la notificación del despido. Por lo tanto, el empleador debe pagarle al trabajador los días restantes de ese mes como si hubiera trabajado normalmente. A este pago se lo conoce como "salario de integración del mes de despido".

Indemnización sustitutiva del preaviso no otorgado

La ley establece que el empleador debe dar un preaviso al trabajador antes de despedirlo. La duración de este preaviso depende de la antigüedad del empleado: 15 días si está en período de prueba, un mes si tiene una antigüedad menor a 5 años, y dos meses si la antigüedad es igual o superior a 5 años. Si el empleador decide no otorgar este período de preaviso y desvincular al trabajador de manera inmediata, debe abonar una suma de dinero equivalente al salario que el trabajador hubiera percibido durante ese período. Esta es la "indemnización sustitutiva del preaviso".

¿Cómo calcular la indemnización por año trabajado?
La fórmula a aplicar es la siguiente: Salario diario x Meses completos de antigüedad x 20 días por año trabajado / 12 = Indemnización.

Proporcional del aguinaldo y aguinaldo sobre rubros indemnizatorios

En la liquidación final también se debe incluir el proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo, correspondiente al tiempo trabajado en el semestre hasta la fecha del cese. Adicionalmente, según la interpretación legal, el trabajador tiene derecho a percibir un aguinaldo calculado sobre ciertos rubros indemnizatorios, específicamente sobre el mes de integración del despido, la indemnización sustitutiva del preaviso y la indemnización por antigüedad.

Plazo para el Pago de la Indemnización

Una vez que se ha producido la desvinculación laboral, ya sea por despido sin justa causa o por renuncia, el empleador tiene un plazo perentorio para efectuar el pago de la liquidación final, que incluye todos los conceptos adeudados y, en su caso, la indemnización por despido. Este plazo está claramente establecido en la ley.

El empleador debe abonar la totalidad de la liquidación final, incluyendo la indemnización por despido, en un plazo máximo de 4 días hábiles contados a partir de la fecha del cese de la relación laboral. La fecha del cese es aquella que figura en el telegrama de despido enviado por el empleador o en el telegrama de renuncia enviado por el trabajador.

Es crucial que el trabajador esté atento al cumplimiento de este plazo. Si el empleador no realiza el pago completo de la liquidación final dentro de los 4 días hábiles establecidos por la ley, el empleado tiene el derecho de iniciar acciones para reclamar los montos adeudados. El primer paso suele ser el envío de un telegrama o carta documento al empleador, intimando al pago bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.

Casos Particulares y Excepciones

Si bien la Ley de Contrato de Trabajo establece las pautas generales para el cálculo de la indemnización por despido, es importante destacar que existen situaciones particulares y excepciones que pueden modificar estas reglas. Esto ocurre principalmente cuando la actividad del trabajador se rige por un convenio colectivo de trabajo (CCT) que contiene disposiciones específicas sobre la materia.

Algunas actividades tienen sus propios convenios colectivos de trabajo que establecen fórmulas o bases de cálculo de indemnización diferentes a las de la LCT. Ejemplos comunes de esto son los trabajadores de la industria de la Construcción, el Personal de Casas Particulares (empleadas domésticas), los profesionales bancarios y los periodistas, entre otros. En estos casos, para calcular la indemnización, se debe aplicar lo que establece el convenio colectivo de trabajo correspondiente a la actividad, siempre y cuando sea más beneficioso para el trabajador que lo dispuesto en la LCT.

Para los trabajadores que no están comprendidos en un convenio colectivo de trabajo específico (fuera de convenio), la ley establece que el tope indemnizatorio aplicable será el del convenio que rija en el establecimiento o empresa donde preste servicios, o el convenio colectivo de trabajo que sea más favorable al trabajador en caso de que hubiera más de uno aplicable.

Finalmente, la ley también contempla situaciones particulares para trabajadores cuya remuneración es variable, como aquellos que cobran a comisión. En estos casos, para determinar la base salarial, se aplican las reglas del convenio colectivo de trabajo al que pertenezcan o, en su defecto, el que se aplique en la empresa o establecimiento, siempre buscando la norma que resulte más favorable al trabajador a los efectos del cálculo indemnizatorio.

Preguntas Frecuentes sobre la Indemnización

¿Cuál es el sueldo que se utiliza para el cálculo?

Para calcular la indemnización por antigüedad, se utiliza el sueldo bruto del trabajador, específicamente la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o el tiempo de servicio si fuera menor.

¿Cuántos meses de sueldo corresponden por año trabajado?

Corresponde un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año de servicio o fracción del mismo superior a tres meses.

¿La indemnización solo cubre la antigüedad?

No, la liquidación final que se paga al momento del despido sin justa causa incluye varios rubros además de la indemnización por antigüedad. Entre ellos se encuentran el proporcional de vacaciones no gozadas, aguinaldo proporcional, indemnización sustitutiva del preaviso (si no se otorgó), salario de integración del mes de despido y aguinaldo sobre estos rubros, además de cualquier otro concepto adeudado.

¿Cuándo debe pagarse la indemnización?

El empleador debe abonar la liquidación final completa, incluyendo la indemnización, dentro de los 4 días hábiles posteriores a la fecha del cese de la relación laboral.

¿Se aplica la misma fórmula para todos los trabajadores?

La Ley de Contrato de Trabajo establece la fórmula general, pero existen excepciones. Algunos convenios colectivos de trabajo pueden establecer reglas diferentes para ciertas actividades (como Construcción o Personal Doméstico). En esos casos, se aplica lo que establece el convenio colectivo de trabajo, siempre que sea más favorable para el trabajador. Para trabajadores fuera de convenio o con remuneraciones variables, también hay reglas específicas sobre el tope o la base salarial a considerar.

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