06/04/2013
En el dinámico mundo de la industria de la construcción en Argentina, existen organismos y registros cuya comprensión es fundamental para operar de manera legal y eficiente. Dos de los más importantes son el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) y el Registro Nacional de Constructores (RNC). A menudo, surgen dudas sobre qué significan estos términos, cuál es su propósito y cómo cumplir con sus requisitos. Este artículo busca desvelar estas incógnitas, explicando la función de cada entidad, la importancia de estar registrado y los trámites clave, como el pago del arancel anual y la obtención del certificado.

El IERIC es la entidad encargada de la estadística y el registro de la industria de la construcción en Argentina. Su labor es vital para recopilar información del sector y mantener un registro actualizado de las empresas y trabajadores. Aunque el término "credencial IERIC" puede referirse comúnmente al documento que valida la situación de una empresa o trabajador en el registro, el foco principal para las empresas constructoras que buscan participar en obra pública recae en el registro y certificación que otorga el RNC, el cual está bajo la órbita del IERIC en cierto sentido al ser parte del ecosistema regulatorio del sector.
El Arancel Anual del IERIC: Un Requisito Indispensable
Uno de los trámites más relevantes para las empresas inscriptas o que deben inscribirse en el IERIC es el pago del arancel anual. Este pago es un requisito para mantener la registración activa y, consecuentemente, poder acceder a ciertos derechos o trámites, como la participación en licitaciones de obra pública a través del RNC. El monto de este arancel varía según la categoría de la empresa, clasificada generalmente por su tamaño o estructura.
Para el año 2025, por ejemplo, los valores del arancel anual son:
| Categoría de Empresa | Arancel Anual (2025) |
|---|---|
| Empresas Tipo A (Unipersonales – Persona Humana) | $ 221.000.- |
| Empresas Tipo B (Con y sin Personería Jurídica) | $ 442.000.- |
La fecha límite para el pago de este arancel es un punto crucial a tener en cuenta. Para las empresas Tipo “A” y “B” de todo el país, el vencimiento opera el último día hábil de febrero de cada año. Cumplir con esta fecha es vital, ya que el pago posterior a la fecha estipulada conlleva una penalidad significativa. Específicamente, se aplica un recargo por multa del 10% sobre el arancel vigente para la categoría correspondiente de la empresa. Además del pago, para realizar cualquier trámite en el IERIC, la empresa deberá presentar el certificado del empleador del año en curso, ya sea el original o una copia autenticada.
Es importante mencionar que existen normativas específicas que rigen estos procesos, como las Resoluciones N° 25/2015, N°38/2020 y N° 46/2023, que las empresas deben conocer y cumplir, especialmente si no han regularizado su situación conforme a resoluciones anteriores.
El Registro Nacional de Constructores (RNC): Calificación para la Obra Pública
El Registro Nacional de Constructores y de Firmas Consultoras de Obras Públicas es una herramienta fundamental para el Estado a la hora de contratar obras públicas. Su función principal es calificar a las empresas constructoras, consultoras y proveedoras que desean participar en este tipo de proyectos. Al inscribirse y ser aprobadas, estas empresas obtienen un certificado que detalla sus capacidades económicas y financieras de contratación y ejecución, funcionando como una suerte de aval o "credencial" de idoneidad para la obra pública.
Marco Normativo del RNC
El funcionamiento del RNC se encuentra respaldado por un conjunto de leyes, decretos y disposiciones que le otorgan su marco legal. Entre las principales normativas se encuentran:
- Ley Nacional de Obra Pública (LOP) - Ley N°13.064
- Contrato de Consultoría - Ley N°22.460
- Decreto 1169/2018 (Oficina Nacional de Contrataciones)
- Decreto 50/2019 (Organigrama de la Administración Nacional)
- Disposición N°16/2019 (Reglamento de funcionamiento del RNC)
Conocer este marco normativo es esencial para comprender las bases y requisitos del registro.

¿Quiénes Pueden y Deben Inscribirse en el RNC?
La inscripción en el RNC está abierta a diversas figuras y tipos de empresas relacionadas con la construcción y la consultoría en obra pública:
- Constructoras: Pueden inscribirse personas físicas que desarrollen la actividad y posean matrícula de comerciante, así como personas jurídicas con objeto social constructor (sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, cooperativas, personería jurídica extranjera con sucursal en el país, entre otras formas societarias).
- Consultoras y/o proveedoras: Tanto personas físicas como jurídicas que realicen estas actividades también pueden inscribirse.
Estar inscripto es un requisito indispensable para participar en la mayoría de los procesos de contratación de obra pública.
El Proceso de Trámite de Inscripción o Renovación
El trámite en el RNC implica una serie de pasos y la presentación de información detallada de la empresa.
Inicio y Envío del Trámite
Cualquier persona que posea CUIT y clave fiscal puede dar inicio al trámite de inscripción o actualización en el sistema del RNC. Esto implica cargar toda la documentación e información requerida de la empresa. Sin embargo, el envío o confirmación final del trámite solo puede ser realizado por usuarios declarados como administradores legitimados. Esta figura es clave en el proceso.
El Rol del Administrador Legitimado
El administrador legitimado es la persona facultada para enviar y confirmar el trámite en nombre de la empresa. Para ser declarado como tal, el individuo debe tener carácter de Representante legal o Apoderado de la empresa. Es necesario adjuntar el Acta de Designación de Autoridades o un Poder General amplio de Administración y Disposición que lo respalde. Adicionalmente, se debe completar un Acta de Administrador Legitimado proporcionada por el portal del RNC. Es fundamental entender que tener poder en AFIP no otorga automáticamente la misma validez para ser administrador legitimado en el RNC; se requiere el poder específico mencionado y su correspondiente documentación.
Información Clave a Declarar en el RNC
El proceso de registro o actualización requiere la declaración de información económica, financiera y técnica de la empresa. Los datos declarados son la base para la calificación y determinación de las capacidades de contratación y ejecución.
Declaración de Estados Contables
Las empresas deben declarar sus estados contables cerrados. Se exige un mínimo de 5 (cinco) estados contables cerrados, considerando un máximo de los últimos 10 (diez) años. Si la empresa tiene una antigüedad menor a 5 años, deberá presentar la totalidad de sus estados contables desde su inicio de actividades.

Declaración de Obras Realizadas y en Ejecución
Es obligatorio declarar todas las obras que la empresa haya realizado durante los períodos abarcados por los estados contables declarados. Esto incluye no solo obras finalizadas, sino también los compromisos actuales, como obras preadjudicadas, adjudicadas y aquellas que se encuentran en ejecución. Para estas últimas, se debe informar el avance de las mismas.
Manejo de Certificaciones, Ampliaciones y Redeterminaciones
La correcta declaración de los montos de obra es fundamental para la calificación. Las certificaciones de obra, que corresponden a los avances facturados, deben declararse en la solapa específica de Declaración Jurada de obras, indicando el mes y año de la factura y el monto con IVA incluido (sin percepciones). Las ampliaciones (modificaciones que aumentan el alcance o monto del contrato inicial) y las redeterminaciones (ajustes de precios) deben declararse tanto en el apartado correspondiente (Ampliaciones/Redeterminaciones) como en las certificaciones si ya fueron facturadas. La documentación de respaldo (orden de compra, certificado, acto administrativo, factura) es indispensable.
Cómo se Calcula el Saldo de una Obra
El sistema del RNC calcula el saldo de una obra para reflejar el monto pendiente de certificar o ejecutar. Este saldo se conforma restando el total de las certificaciones o facturas declaradas al monto vigente de la obra, que incluye el contrato inicial más las ampliaciones y redeterminaciones declaradas.
Resolución de Saldo Negativo en Obras
Un saldo negativo en una obra declarada suele ser un indicio de un error en la carga de la información. Generalmente, ocurre porque las redeterminaciones y/o ampliaciones no se cargaron en sus apartados específicos, sino únicamente como parte del monto total facturado en las certificaciones. Esto hace que el monto facturado parezca mayor al monto vigente declarado inicialmente, generando el saldo negativo. La solución es cargar correctamente las ampliaciones y redeterminaciones en sus secciones correspondientes.
Declaración de Obras en Moneda Extranjera o UVIS
Si una obra fue contratada en moneda extranjera o en Unidades de Vivienda (UVIS), los montos deben convertirse y declararse en moneda nacional. Es obligatorio adjuntar el comprobante que respalde el tipo de cambio o el valor de la UVI utilizado en la fecha de la facturación, redeterminación o ampliación. Para UVIS, el valor suele figurar en los certificados de avance de obra; si no, se debe adjuntar la cotización del Banco Central. Para moneda extranjera, la cotización se encuentra en las facturas o se debe adjuntar la cotización del Banco de la Nación Argentina.
Declaración de Redeterminaciones por Tipo de Cambio o UVIS
Las redeterminaciones generadas por la variación del tipo de cambio o del valor de las UVIS deben declararse de forma específica. Para el tipo de cambio, se declara factura por factura, calculando la diferencia entre el valor del dólar (u otra moneda) al momento de la factura y al momento del contrato, multiplicando esa diferencia por el monto facturado en dólares. Para UVIS, la redeterminación se declara certificado por certificado, calculando la diferencia entre el valor de la UVI del certificado y el valor de la UVI al momento del contrato, multiplicándola por el monto de UVIS certificadas y facturadas. El certificado de avance de obra es la documentación respaldatoria.

Carga de Notas de Crédito y Economías
Las notas de crédito relacionadas con certificaciones de obra deben cargarse en el apartado Certificaciones, pero con signo negativo (-) para que resten al total facturado. Las economías (reducciones en el monto del contrato) se cargan en el apartado Ampliaciones, también con signo negativo (-).
Estados del Trámite en el RNC
El seguimiento del trámite de inscripción o actualización es posible a través de los diferentes estados por los que pasa:
- Borrador: El trámite está siendo cargado por la empresa, aún no ha sido enviado formalmente.
- Pendiente de revisión: El trámite ha sido enviado y se encuentra en proceso de revisión por parte del personal del Registro.
- Observado: El Registro ha encontrado inconsistencias o falta de documentación y el trámite vuelve a la empresa para que realice las subsanaciones requeridas.
- Subsanado: La empresa ha realizado las correcciones o agregado la documentación solicitada y ha reenviado el trámite al Registro para una nueva revisión.
- Inscripto: El trámite ha sido revisado y aprobado por el Registro. La empresa se encuentra formalmente inscripta o su registro ha sido actualizado y validado.
Es importante saber que las modificaciones o subsanaciones al trámite solo pueden realizarse cuando este se encuentra en estado Borrador o Observado.
Obtención y Vigencia del Certificado del RNC
Una vez que el trámite alcanza el estado Inscripto, significa que ha sido aprobado. En ese momento, la empresa ya cuenta con su certificado de inscripción.
Cualquier usuario declarado en el sistema del RNC puede descargar el certificado. Para ello, debe ingresar al sistema y buscar el botón "Ver certificado" dentro de la sección de empresas administradas.
La vigencia del certificado del RNC es un aspecto crucial. Se establece por un período de dieciocho (18) meses. Este plazo comienza a contarse a partir de la fecha de cierre del último estado contable que fue presentado por la empresa y aprobado por el RNC. Es fundamental gestionar la renovación antes de que expire este plazo para mantener la continuidad en la calificación para obra pública.
Preguntas Frecuentes sobre IERIC y RNC
Aquí respondemos algunas de las dudas más comunes relacionadas con estos registros:
- ¿Cuál es el marco legal del RNC? Está regido por leyes como la N°13.064 y N°22.460, decretos como el 1169/2018 y 50/2019, y disposiciones como la N°16/2019 que establece su reglamento.
- ¿Qué función cumple el RNC? Califica a las empresas constructoras, consultoras y proveedoras para obra pública y emite certificados que detallan sus capacidades económicas y financieras para contratar y ejecutar.
- ¿Quiénes pueden inscribirse en el RNC? Personas físicas con matrícula de comerciante, y personas jurídicas (SA, SRL, cooperativas, etc.) con objeto social constructor, así como consultores y proveedores (físicos y jurídicos).
- ¿La validez de ser apoderado en AFIP es la misma que en el RNC? No. Para ser apoderado en el RNC se requiere un Poder General amplio de Administración y Disposición específico, diferente al de AFIP.
- ¿Cuántos estados contables debo declarar? Mínimo 5 cerrados, máximo 10 años. Si la empresa tiene menos de 5 años, debe declarar todos.
- ¿Cuántas obras debo declarar? Todas las obras realizadas en los períodos de los estados contables declarados, incluyendo compromisos actuales, informando su avance.
- ¿Cómo declaro certificaciones de obra? En el apartado Certificaciones, indicando mes/año de factura y monto con IVA (sin IIBB).
- ¿Cómo se conforma el saldo de una obra? Es el monto vigente (inicial + ampliaciones + redeterminaciones) menos las certificaciones/facturas declaradas.
- ¿Por qué mi obra tiene saldo negativo? Generalmente por no cargar ampliaciones/redeterminaciones en sus apartados, solo en certificaciones, lo que hace que la facturación supere el monto vigente declarado.
- ¿Cómo declaro obras en moneda extranjera o UVIS? Se declaran en moneda nacional. Se debe adjuntar comprobante de la cotización utilizada al momento de la factura/redeterminación/ampliación (BCRA para UVIS, BNA para moneda extranjera).
- ¿Dónde y cómo se cargan las notas de crédito? En el apartado Certificaciones, con signo negativo (-).
- ¿Dónde y cómo se declaran las economías? En el apartado Ampliaciones, con signo negativo (-).
- ¿En qué estado puedo modificar mi trámite? Solo en estado Borrador u Observado.
- ¿Cómo sé si mi trámite fue aprobado? Cuando el estado del trámite es Inscripto.
- ¿Cómo descargo mi certificado? Ingresando al sistema del RNC, en "empresas administradas" hay un botón "Ver certificado".
- ¿Cuál es la vigencia de mi certificado del RNC? Dieciocho (18) meses desde la fecha de cierre del último balance presentado y aprobado.
Comprender y cumplir con los requisitos del IERIC y el RNC es fundamental para la operatividad y el crecimiento de las empresas en la industria de la construcción, especialmente para aquellas que apuntan a participar en proyectos de obra pública. Mantener el registro y el certificado vigentes, pagando el arancel anual en tiempo y forma y declarando la información de manera precisa, son pasos esenciales para asegurar la continuidad y la elegibilidad en el sector.
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