25/09/2019
El sector de Empleados de Comercio en Argentina es uno de los más numerosos y dinámicos, con una actividad paritaria constante para mantener el poder adquisitivo de sus trabajadores frente a la coyuntura económica. Recientemente, se alcanzó un nuevo acuerdo que impacta directamente en los salarios a partir de mayo de 2025, generando expectativa e interés entre miles de empleados y empleadores de todo el país.

Este artículo desglosará los detalles de la última negociación salarial, explicará cómo se componen los ingresos de un empleado de comercio según su categoría y responderá a las preguntas más comunes sobre este tema crucial.
- El Último Acuerdo Salarial para Empleados de Comercio (Mayo 2025)
- Composición del Salario: Básico, Sumas No Remunerativas y Presentismo
- Salarios Básicos por Categoría en Mayo de 2025
- El Contexto Económico: Inflación y Empleo
- ¿Quiénes Son Considerados Empleados de Comercio? La Categorización Laboral
- Desarrollo de Carrera y Procedimiento para Cubrir Vacantes
- Preguntas Frecuentes sobre el Salario de Empleados de Comercio
- ¿De cuánto fue el aumento salarial para empleados de comercio en mayo de 2025?
- ¿Cuánto se pagó de suma no remunerativa en mayo de 2025?
- ¿El sueldo de
- ¿Cómo se determina la categoría de un empleado de comercio?
- ¿Qué pasa si trabajo en una empresa pequeña con pocos empleados?
- ¿Puedo postularme para una categoría superior?
- ¿Qué se tiene en cuenta al cubrir una vacante?
- ¿Cuándo se incorpora la suma no remunerativa al salario básico?
El Último Acuerdo Salarial para Empleados de Comercio (Mayo 2025)
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), liderada por Armando Cavalieri, junto a las principales cámaras empresariales del sector (Cámara Argentina de Comercio - CAC, CAME y UDECA), cerraron un entendimiento clave que define los ingresos del trimestre abril-junio de 2025. Este acuerdo busca ofrecer un respiro a los trabajadores en un contexto inflacionario persistente.
La negociación contempló un incremento salarial distribuido en varios tramos. El aumento total pactado para el trimestre fue del 5,4%, aplicado sobre los salarios básicos de marzo de 2025. Este porcentaje se distribuyó de la siguiente manera:
- 1,9% en abril de 2025
- 1,8% en mayo de 2025
- 1,7% en junio de 2025
Además del aumento porcentual sobre el básico, el acuerdo incluyó el pago de sumas fijas de carácter no remunerativo, diseñadas para complementar los ingresos de manera más inmediata. El total de estas sumas fijas asciende a $115.000, distribuidos de la siguiente forma:
- $35.000 en abril de 2025
- $40.000 en mayo de 2025
- $40.000 en junio de 2025
Es importante destacar que la suma no remunerativa correspondiente a junio ($40.000) será incorporada al salario básico a partir del mes de julio de 2025, consolidándose como parte del ingreso regular y afectando futuros cálculos salariales.
Según informaron desde el gremio, con la aplicación de estos aumentos y sumas, el sueldo básico de un empleado de comercio con presentismo pasará a ser de $1.123.000. Esta cifra representa el piso mínimo garantizado para un trabajador que cumple con los requisitos de asistencia.
Este acuerdo se suma al ajuste previamente pactado para el primer trimestre de 2025, que había sido del 5,1% acumulativo, distribuido en subas del 1,7% en enero, febrero y marzo. La combinación de ambos acuerdos busca mitigar la pérdida de poder adquisitivo generada por la inflación.
Composición del Salario: Básico, Sumas No Remunerativas y Presentismo
El ingreso de un empleado de comercio bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 se compone principalmente de tres elementos:
- Salario Básico de Convenio: Es el monto mínimo establecido por la paritaria para cada categoría profesional. Sobre este básico se calculan los porcentajes de aumento acordados.
- Adicional por Presentismo: Un plus que reciben los trabajadores que cumplen con los requisitos de asistencia y puntualidad. Este adicional es un componente importante del ingreso total y, como se mencionó, eleva el piso a $1.123.000 con el último acuerdo.
- Sumas No Remunerativas: Pagos adicionales que, por acuerdo paritario, no tienen inicialmente carácter salarial (es decir, no generan aportes y contribuciones sociales en la misma medida que el básico, aunque esto puede variar según la normativa vigente y el acuerdo específico). Estas sumas se incorporan al básico con el tiempo, según lo pactado, como ocurrirá con la suma no remunerativa de junio que se suma al básico en julio.
Entender la diferencia entre el salario básico y las sumas no remunerativas es crucial, ya que impacta en el cálculo de otros ítems como aguinaldo, vacaciones, horas extras, etc., aunque las sumas que se incorporan al básico sí comienzan a generar estos efectos una vez consolidadas.
Salarios Básicos por Categoría en Mayo de 2025
El nuevo aumento del 1,8% para mayo rige sobre los salarios básicos vigentes al cierre del primer trimestre de 2025. A estos básicos, en mayo, se suma la segunda cuota de la suma fija no remunerativa, que fue de $40.000.
A continuación, presentamos los salarios básicos por categoría correspondientes a Mayo de 2025, según la información proporcionada por el gremio. Es fundamental recordar que a estos montos se debe adicionar el presentismo (aproximadamente un 8,33% del básico más adicionales no remunerativos sujetos a aportes) y la suma fija no remunerativa de $40.000 para obtener el ingreso bruto total del mes.
Tabla de Salarios Básicos por Categoría (Mayo 2025)
| Agrupamiento | Categoría | Salario Básico (Mayo 2025) |
|---|---|---|
| Administrativos | A | $955.272 |
| Administrativos | B | $959.382 |
| Administrativos | C | $963.488 |
| Administrativos | D | $975.813 |
| Administrativos | E | $986.082 |
| Administrativos | F | $1.001.145 |
| Cajeros | A | $958.694 |
| Cajeros | B | $963.488 |
| Cajeros | C | $969.651 |
| Personal Auxiliar | A | $958.694 |
| Personal Auxiliar | B | $965.540 |
| Personal Auxiliar | C | $988.136 |
| Personal Especializado | A | $966.913 |
| Personal Especializado | B | $979.235 |
| Vendedores | A | $958.694 |
| Vendedores | B | $979.238 |
| Vendedores | C | $986.082 |
| Vendedores | D | $1.001.145 |
| Maestranza | A | $945.003 |
| Maestranza | B | $947.739 |
| Maestranza | C | $957.324 |
Nota: Estos son los salarios básicos de convenio para Mayo de 2025. A estos montos se debe sumar el adicional por presentismo y la suma fija no remunerativa de $40.000 correspondiente a este mes para obtener el ingreso bruto total antes de descuentos.
El Contexto Económico: Inflación y Empleo
La negociación paritaria del sector mercantil se da en un contexto económico desafiante, con una inflación que, si bien muestra signos de desaceleración, sigue impactando fuertemente en el poder adquisitivo de los trabajadores. El objetivo declarado por el gremio es precisamente "sostener el poder adquisitivo frente a una inflación que aún persiste".
El porcentaje de aumento pactado para el trimestre (5,4%) se ubica por encima de la meta de 1% mensual que, según trascendió, buscaba imponer el gobierno nacional para las negociaciones paritarias. Esta discrepancia refleja la tensión entre las expectativas sindicales de recuperar salario real y la política oficial de desaceleración de precios.
Sin embargo, a pesar de superar la meta gubernamental, el incremento mensual acordado (1,8% en mayo) se encuentra por detrás de los últimos índices de inflación conocidos al momento de la firma del acuerdo (marzo 3,7%, enero 2,2%, febrero 2,4%). Esto evidencia que los acuerdos paritarios, aunque importantes, a menudo corren por detrás del avance de los precios.
Otro factor de preocupación mencionado por el Secretario General de FAECYS es la situación del empleo formal en el sector. La mención de "señales de desaceleración" en la creación o mantenimiento de puestos de trabajo subraya la complejidad del panorama laboral, donde las negociaciones salariales deben equilibrarse con la sostenibilidad del empleo.
Informes recientes, como el de la Fundación Capital citado en el texto, indican que los salarios en el sector privado formal acumularon caídas promedio del 3% solo en el primer trimestre del año. Esto pone de manifiesto la difícil situación que enfrentan los trabajadores y la importancia de cada acuerdo paritario para intentar revertir o al menos frenar esta tendencia de pérdida de poder de compra.
¿Quiénes Son Considerados Empleados de Comercio? La Categorización Laboral
El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 abarca a una amplia gama de trabajadores que se desempeñan en actividades relacionadas con el comercio y los servicios. La categorización de estos empleados no depende de la denominación que les dé la empresa, sino del carácter y la naturaleza de las tareas que efectivamente realizan.
El convenio establece distintos agrupamientos y categorías para organizar y diferenciar las tareas y responsabilidades, y asignar el salario correspondiente a cada una. Los principales agrupamientos mencionados en el texto son:
- Administrativos: Personal que realiza tareas de oficina, contabilidad, gestión, etc. (Categorías A a F).
- Cajeros: Personal encargado del manejo de efectivo, cobros, y tareas relacionadas con la caja (Categorías A a C).
- Personal Auxiliar: Trabajadores que brindan apoyo en diversas áreas, como recepción, expedición, embalaje, etc. (Categorías A a C).
- Personal Especializado: Empleados con conocimientos técnicos o habilidades específicas, como por ejemplo, en sistemas o tareas que requieran capacitación particular (Categorías A y B).
- Vendedores: Personal dedicado a la atención al cliente, promoción y venta de productos o servicios (Categorías A a D).
- Maestranza y Servicios: Personal a cargo de la limpieza, mantenimiento y servicios generales del establecimiento (Categorías A a C).
Es importante notar que la existencia de una categoría en el convenio no obliga al empleador a crearla si no responde a las necesidades de la empresa. Sin embargo, si las tareas se realizan, deben ser categorizadas correctamente.
Una regla fundamental del convenio es que, si un empleado realiza habitualmente tareas encuadradas en más de una categoría salarial, se le debe asignar el sueldo correspondiente a la categoría mejor remunerada que desempeñe. La única excepción a esta regla es si el trabajo en la categoría superior es un reemplazo temporario, continuo o alternado, que no supera los 90 días dentro del año calendario.
Para empresas pequeñas, con no más de cinco empleados bajo el convenio, y donde la multiplicidad de tareas dificulte la categorización tradicional, el convenio prevé la posibilidad de ajustar la categorización a una escala simplificada. Aunque el texto proporcionado menciona esta posibilidad, no detalla la escala específica aplicable.

Desarrollo de Carrera y Procedimiento para Cubrir Vacantes
El Convenio Colectivo de Empleados de Comercio también contempla disposiciones para el desarrollo de carrera y la cobertura de vacantes, buscando promover la movilidad interna de los trabajadores.
Los empleados tienen el derecho a postularse para ocupar vacantes que se produzcan en la categoría inmediata superior dentro de su propio agrupamiento. Por ejemplo, un Administrativo Categoría B puede postularse para una vacante de Administrativo Categoría C.
Existe una nota importante respecto al personal del agrupamiento Auxiliar Especializado: esta disposición de postularse a la categoría inmediata superior dentro de su propio agrupamiento no se aplica a ellos.
Sin embargo, todos los trabajadores, incluyendo el personal Auxiliar Especializado, tienen prioridad para postularse a vacantes en *otros* agrupamientos de los que no forman parte. En este caso, solo podrán acceder al cargo de inferior jerarquía en el otro agrupamiento. Esto permite una movilidad inter-agrupamientos, aunque con una limitación jerárquica inicial.
Este derecho a postularse solo puede ejercerse cuando efectivamente se produce una vacante o se crea un nuevo cargo en la empresa.
El procedimiento para cubrir estas vacantes está regulado para asegurar transparencia. El empleador debe comunicar la existencia de la vacante o nuevo cargo a todo el personal a través de los medios habituales de información de la empresa. Esta comunicación debe especificar las características del puesto y el plazo para postularse, el cual no puede ser inferior a 48 horas.
Para la cobertura de la vacante, ya sea dentro del mismo agrupamiento o en otro, el convenio establece que se tendrá en cuenta como condición prevalente la idoneidad y capacidad de los postulantes. Esto significa que, si bien la antigüedad puede ser un factor a considerar, la aptitud para desempeñar las tareas del puesto es el criterio principal para la selección.
Preguntas Frecuentes sobre el Salario de Empleados de Comercio
A continuación, respondemos algunas preguntas comunes basadas en la información proporcionada sobre el último acuerdo y el convenio:
¿De cuánto fue el aumento salarial para empleados de comercio en mayo de 2025?
El aumento sobre el salario básico para mayo de 2025 fue del 1,8%, calculado sobre los básicos de marzo de 2025. Este es parte de un aumento total del 5,4% para el trimestre abril-junio.
¿Cuánto se pagó de suma no remunerativa en mayo de 2025?
En mayo de 2025, los empleados de comercio recibieron una suma fija no remunerativa de $40.000, adicional al salario básico y presentismo.
¿El sueldo de $1.123.000 incluye presentismo?
Sí, según la información proporcionada por el gremio, el sueldo básico con presentismo pasará a ser de $1.123.000. Este monto representa el piso mínimo garantizado incluyendo este adicional, una vez aplicados los aumentos.
¿Cómo se determina la categoría de un empleado de comercio?
La categoría se determina por las tareas que el empleado realiza efectivamente, independientemente del nombre que se le dé al puesto. Si realiza tareas de varias categorías, se le asigna la de mayor remuneración, salvo reemplazos temporarios menores a 90 días.
¿Qué pasa si trabajo en una empresa pequeña con pocos empleados?
Para empresas con hasta cinco empleados bajo el convenio, y si la multiplicidad de tareas lo justifica, se puede aplicar una escala de categorización simplificada, aunque el texto del acuerdo no detalla dicha escala.
¿Puedo postularme para una categoría superior?
Sí, el convenio otorga a los empleados el derecho a postularse para vacantes en la categoría inmediata superior dentro de su agrupamiento (con excepción del Personal Auxiliar Especializado dentro de su propio grupo). También pueden postularse a cargos de menor jerarquía en otros agrupamientos.
¿Qué se tiene en cuenta al cubrir una vacante?
Al cubrir una vacante, ya sea por promoción interna o cambio de agrupamiento, el factor principal a considerar es la idoneidad y capacidad del postulante para desempeñar las tareas del nuevo puesto.
¿Cuándo se incorpora la suma no remunerativa al salario básico?
Según el último acuerdo, la suma no remunerativa de $40.000 correspondiente a junio de 2025 se incorporará al salario básico a partir de julio de 2025.
En conclusión, el último acuerdo paritario representa un esfuerzo por actualizar los ingresos de los empleados de comercio en un contexto inflacionario. Conocer los detalles de los aumentos, las sumas no remunerativas y la estructura salarial por categoría es esencial para que los trabajadores comprendan su recibo de sueldo y los derechos que les asisten bajo el Convenio Colectivo de Trabajo.
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