02/12/2011
El mundo del trabajo, en constante evolución, requiere de organismos que velen por la seguridad y la salud de quienes lo componen. En España, un pilar fundamental en esta labor ha sido, históricamente, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), cuya creación y funciones se definieron con precisión hace décadas para abordar los desafíos de la seguridad laboral en el contexto de su tiempo. Entender qué hace este organismo, tal como fue concebido, es clave para comprender la arquitectura de la prevención de riesgos laborales en el país.

Nacido de la necesidad de unificar y potenciar las acciones preventivas, el INSHT asumió un papel central, heredando las funciones de organismos preexistentes con el objetivo de modernizar y hacer más eficiente la lucha contra la siniestralidad y las enfermedades derivadas del trabajo. Su diseño institucional buscó dotarlo de la capacidad técnica y operativa necesaria para influir de manera decisiva en la mejora de las condiciones de trabajo en todo el territorio nacional.
- Nacimiento y Naturaleza Jurídica del INSHT
- La Misión Fundamental: Gestión y Prevención
- Funciones Clave: Un Detalle de su Labor Preventiva
- Estructura Organizativa del Instituto
- Financiación y Recursos
- Antecedentes y Transición
- El Rol del INSHT frente a la Inspección de Trabajo
- Preguntas Frecuentes sobre el INSHT (según el decreto de 1982)
- ¿Qué tipo de organismo es el INSHT?
- ¿A qué Ministerio estaba adscrito el INSHT en su creación?
- ¿Cuál es la función principal del INSHT según este decreto?
- ¿El INSHT investiga los accidentes de trabajo?
- ¿El INSHT tiene alguna relación con la Inspección de Trabajo?
- ¿Quién compone el Consejo General del INSHT?
- ¿Cómo se financiaba el INSHT?
- ¿El INSHT realizaba formación en seguridad e higiene?
- ¿El INSHT homologaba equipos de protección?
- Conclusión
Nacimiento y Naturaleza Jurídica del INSHT
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo fue creado como un Organismo autónomo de carácter administrativo. Su nacimiento se formalizó tras la supresión del Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo, un Servicio Común de la Seguridad Social. Esta transición, determinada por el Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre, significó la asunción de las funciones preventivas por parte de este nuevo ente.
Adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el INSHT dependía orgánicamente de la Subsecretaría de Empleo y Relaciones Laborales, a través de la Dirección General de Trabajo, y funcionalmente de esta última. Su personalidad jurídica propia le confería autonomía para gestionar sus competencias. El marco legal que regía su actuación incluía, además del mencionado Real Decreto-ley de 1978, la Ley de 26 de diciembre de 1958 sobre Régimen Jurídico de las Entidades Estatales Autónomas, la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria, y los preceptos específicos establecidos para su estructura y competencias.
La Misión Fundamental: Gestión y Prevención
La misión principal encomendada al INSHT era la gestión, el asesoramiento y el control de todas aquellas acciones de carácter técnico-preventivo. El objetivo último de estas acciones no era otro que la disminución efectiva de los riesgos laborales, una meta que abarcaba la reducción de los accidentes de trabajo y la prevención de las enfermedades profesionales. Este enfoque técnico y preventivo lo diferenciaba de las funciones de inspección y sanción, centrándose en el conocimiento, la investigación y la proposición de medidas.
Su labor era considerada esencial para armonizar los objetivos de seguridad y salud con la realidad del mundo laboral de la época, buscando optimizar el uso de los medios humanos y materiales disponibles para alcanzar sus fines. Era, por tanto, un organismo técnico al servicio de la mejora continua de las condiciones de seguridad e higiene en el ámbito laboral.
Funciones Clave: Un Detalle de su Labor Preventiva
Las competencias específicas del INSHT, tal como se definieron, cubrían un amplio espectro de actividades esenciales para la prevención de riesgos laborales. Estas funciones se detallan en diecisiete puntos clave:
Investigación y Análisis de la Siniestralidad Laboral
Una de las tareas fundamentales consistía en analizar e investigar a fondo las causas y factores determinantes detrás de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. De esta investigación se derivaba la proposición de las medidas correctoras necesarias. En casos graves, especialmente aquellos con resultado de muerte, se informaba detalladamente a la Inspección de Trabajo. Asimismo, se emitían informes técnicos a solicitud de cualquier autoridad competente.
Complementando la investigación, el Instituto era responsable de conocer, tratar y elaborar toda la información y los datos estadísticos relacionados con la siniestralidad laboral. Esto incluía la confección, estudio y valoración de estadísticas a nivel nacional, proporcionando una visión global de la situación.
Desarrollo Normativo y Asesoramiento Técnico
El INSHT jugaba un papel activo en la elaboración, promoción y desarrollo de programas de investigación enfocados en métodos y técnicas para mejorar la seguridad e higiene en el trabajo. Esta investigación servía de base para sus labores de asesoramiento.
Realizaba estudios, informes y propuestas técnicas a la Dirección General de Trabajo o a otros Organismos públicos para la elaboración de normas en materia de seguridad e higiene. Su asesoramiento se extendía a métodos ergonómicos y a las condiciones de trabajo específicas de colectivos como mujeres, menores y trabajadores de edad madura.
Evaluación y Control en Empresas
A través de sus Centros de Investigación y Asistencia Técnica y de los Gabinetes Técnicos Provinciales, el Instituto efectuaba estudios, informes y asesoramiento directo sobre puestos, locales y centros de trabajo. También analizaba materias primas y productos intermedios o finales, especialmente aquellos tóxicos, peligrosos o penosos.
Programaba y desarrollaba controles generales y sectoriales sobre los niveles de seguridad e higiene en las empresas, prestando el asesoramiento pertinente y comunicando las correcciones necesarias a implementar. En casos de contravención grave o reiterada de las normas de prevención que implicaran peligro, el Instituto comunicaba la situación a la Inspección de Trabajo.
Formación y Divulgación
El INSHT tenía la importante función de programar, organizar y desarrollar planes y cursos destinados a la formación, perfeccionamiento y actualización de técnicos especializados en seguridad e higiene.
Paralelamente, se encargaba de divulgar y propagar activamente entre las empresas y la población trabajadora los conocimientos y las prácticas esenciales para la prevención de riesgos profesionales, utilizando para ello diversos medios.
Homologación de Equipos de Protección
Proponía a la Dirección General de Trabajo las normas técnicas reglamentarias necesarias para la homologación de los medios y mecanismos de protección personal y colectiva de los trabajadores. Una vez establecidas las normas, el propio Instituto realizaba la verificación y emitía el dictamen de homologación de dichos equipos y medios técnicos de prevención y protección.
Colaboración y Asesoramiento a Otros Organismos
El Instituto estaba llamado a prestar asistencia y asesoramiento técnico a una amplia gama de actores: empresas, organizaciones laborales, autoridades y Organismos oficiales.
Asesoraba y evaluaba el funcionamiento de los órganos técnicos de las empresas en materia de seguridad e higiene. Además, proporcionaba el asesoramiento y la colaboración técnica necesaria a la Dirección General de Trabajo y, de manera destacada, a la Inspección de Trabajo.
Mantenía informado al Instituto Nacional de la Salud o a las autoridades sanitarias pertinentes sobre las desviaciones detectadas en cuanto a riesgos especiales y la valoración de contaminantes. Finalmente, realizaba cualquier otro cometido relacionado con la seguridad e higiene que le encomendara el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Estructura Organizativa del Instituto
Para llevar a cabo sus múltiples funciones, el INSHT contaba con una estructura organizada en órganos centrales y territoriales.
Órganos Centrales
En el nivel central se encontraban la Dirección del Instituto Nacional, responsable de la representación y dirección general; el Consejo General, un órgano colegiado con representación sindical, empresarial y de la Administración, cuyas atribuciones incluían informar sobre planes nacionales y criterios de actuación; y los Centros Nacionales de Seguridad e Higiene en el Trabajo, encargados de funciones especializadas de ámbito nacional como información, documentación, homologación, normalización, medio ambiente y ergonomía.
Órganos Territoriales
La estructura territorial comprendía los Centros de Investigación y Asistencia Técnica, ubicados en puntos estratégicos como Madrid, Barcelona, Bilbao y Sevilla. Estos centros actuaban como coordinadores entre los servicios centrales y los gabinetes provinciales, ejecutando programas nacionales y prestando apoyo técnico a los gabinetes.

Los Gabinetes Técnicos Provinciales eran los encargados de la ejecución directa de las competencias del Instituto en el ámbito de cada provincia, siendo la cara visible del organismo a nivel local.
| Órgano Central/Territorial | Ámbito de Actuación | Funciones Clave (según el texto) |
|---|---|---|
| Dirección del Instituto | Central | Representación, dirección, relación con Consejo, ordenar gastos/pagos. |
| Consejo General | Central | Informar planes nacionales, informar criterios de actuación. |
| Centros Nacionales S.H.T. | Nacional | Técnicas especializadas (información, documentación, homologación, normalización, medio ambiente, ergonomía). |
| Centros Investigación y Asistencia Técnica | Geográfico | Coordinación Central/Provincial, ejecución programas, apoyo técnico a Gabinetes. |
| Gabinetes Técnicos Provinciales | Provincial | Ejecución de competencias del Instituto en ámbito provincial. |
Financiación y Recursos
El INSHT disponía de diversos recursos para financiar sus actividades. Estos incluían las consignaciones fijadas en los Presupuestos Generales del Estado, aportaciones de las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social que aseguraban accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, ingresos por prestaciones de servicios autorizados (actividad investigadora, técnica o formativa), y los ingresos derivados de conciertos establecidos con otras entidades públicas o privadas.
Antecedentes y Transición
El establecimiento del INSHT implicó la extinción de los Institutos Territoriales del Servicio Social de Higiene y Seguridad del Trabajo, que se transformaron en los nuevos Centros de Investigación y Asistencia Técnica. El personal y el patrimonio del organismo suprimido fueron integrados en el nuevo Instituto, respetando los derechos adquiridos del personal y adaptando sus condiciones económicas a la normativa vigente.
Se previó la coordinación de las funciones de Medicina laboral con las de Seguridad e Higiene en el Trabajo mediante la creación de una Comisión Técnica, presidida por directores generales de Trabajo y del Instituto Nacional de la Salud, para formular propuestas conjuntas.
Es importante señalar que el Real Decreto que establece esta estructura y funciones entendía su aplicación sin perjuicio de las competencias que ya hubieran asumido o asumieran en el futuro las Comunidades Autónomas o Entes preautonómicos en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
El Rol del INSHT frente a la Inspección de Trabajo
Surge la pregunta sobre qué organismo es el encargado de vigilar la higiene y seguridad en el trabajo. Basándonos estrictamente en la información proporcionada por el decreto de 1982, el INSHT es el Organismo autónomo técnico responsable de la gestión, asesoramiento y control de las acciones técnico-preventivas. Su rol es fundamentalmente el de investigar, analizar, proponer normas, asesorar, formar, divulgar y controlar técnicamente las condiciones de seguridad e higiene.
Sin embargo, el texto evidencia una relación de colaboración y comunicación estrecha con la Inspección de Trabajo. El INSHT debe informar a la Inspección en casos de accidentes graves o mortales, comunicar contravenciones graves o reiteradas de las normas de prevención que pongan en peligro la salud o integridad física de los trabajadores, y prestarle asistencia y asesoramiento técnico. Los gabinetes técnicos provinciales, al actuar en empresas a requerimiento de la Inspección, deben seguir las directrices de esta.
Por lo tanto, según este marco normativo, mientras el INSHT es el cuerpo técnico y de asesoramiento clave en la prevención, la Inspección de Trabajo es el organismo al que se le comunica la detección de incumplimientos o situaciones de riesgo grave para que actúe en consecuencia, siendo la autoridad informada y que, en ciertos casos, requiere la colaboración técnica del Instituto. El decreto lo posiciona como el experto técnico que apoya la labor de vigilancia y cumplimiento normativo.
Preguntas Frecuentes sobre el INSHT (según el decreto de 1982)
¿Qué tipo de organismo es el INSHT?
Es un Organismo autónomo de carácter administrativo con personalidad jurídica propia.
¿A qué Ministerio estaba adscrito el INSHT en su creación?
Estaba adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
¿Cuál es la función principal del INSHT según este decreto?
La gestión, el asesoramiento y el control de las acciones técnico-preventivas dirigidas a disminuir los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
¿El INSHT investiga los accidentes de trabajo?
Sí, analiza e investiga las causas y factores determinantes de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
¿El INSHT tiene alguna relación con la Inspección de Trabajo?
Sí, le informa sobre accidentes graves, contravenciones normativas peligrosas y le presta asistencia y asesoramiento técnico.
¿Quién compone el Consejo General del INSHT?
Está compuesto por representantes de los sindicatos más representativos, organizaciones empresariales y la Administración Pública.
¿Cómo se financiaba el INSHT?
Se financiaba con Presupuestos Generales del Estado, aportaciones de entidades de la Seguridad Social, ingresos por servicios y conciertos.
¿El INSHT realizaba formación en seguridad e higiene?
Sí, programaba, organizaba y desarrollaba planes y cursos de formación para técnicos.
¿El INSHT homologaba equipos de protección?
Sí, proponía las normas técnicas para su homologación y realizaba la verificación y dictamen.
Conclusión
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, tal como fue definido en el Real Decreto de 1982, se configuró como una pieza fundamental en el engranaje de la seguridad y salud laboral en España. Sus amplias funciones, que abarcaban desde la investigación y la estadística hasta el asesoramiento técnico, la formación y la colaboración con otros organismos como la Inspección de Trabajo, reflejan la complejidad y la importancia de la labor preventiva.
Con un enfoque marcadamente técnico y basado en el conocimiento, el INSHT buscaba ser el motor impulsor de la mejora continua de las condiciones de trabajo, contribuyendo de manera decisiva a la reducción de la siniestralidad y a la protección de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional, dentro del marco competencial establecido en la época.
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