27/06/2020
Faltar al trabajo es una situación que, aunque a veces inevitable por motivos de fuerza mayor, puede tener serias repercusiones si no se maneja correctamente. Uno de los desenlaces más temidos es el despido. En Chile, el Código del Trabajo establece claramente las condiciones bajo las cuales una serie de inasistencias injustificadas pueden llevar a la terminación del contrato laboral por parte del empleador, sin derecho a ciertas compensaciones.

Es fundamental entender que no cualquier ausencia implica un riesgo inmediato de perder el empleo. La clave está en la justificación y en la reiteración de las faltas. Una ausencia justificada, por ejemplo, por enfermedad acreditada con certificado médico, generalmente no constituye una causal de despido. Sin embargo, las ausencias injustificadas son las que ponen en riesgo la relación laboral.
- ¿Cuándo se Considera una Falta Injustificada Causa de Despido?
- La Importancia de la Justificación
- Proceso de Despido por Inasistencia
- Consecuencias del Despido por Inasistencia Injustificada
- Comparativa de Escenarios de Despido por Inasistencia
- Preguntas Frecuentes sobre Despido por Faltas
- ¿Cuántas faltas se consideran para un despido por faltas injustificadas?
- ¿Qué pasa si falto un solo día sin justificación?
- ¿Puedo ser despedido si notifico mi ausencia pero no tengo cómo justificarla?
- ¿Qué documentos debo recibir si me despiden por inasistencia?
- ¿Puedo reclamar si considero que mi despido por inasistencia es injustificado?
- ¿Qué pasa con mi finiquito si me despiden por esta causal?
- Recomendaciones Finales
¿Cuándo se Considera una Falta Injustificada Causa de Despido?
El Código del Trabajo chileno, específicamente en su artículo 160, numeral 3, contempla la inasistencia del trabajador a sus labores sin causa justificada como una de las causales de terminación del contrato de trabajo por parte del empleador, sin derecho a la indemnización por años de servicio. Pero, ¿cuántas faltas son suficientes para invocar esta causal? La ley es bastante específica al respecto, definiendo tres escenarios principales que constituyen esta causal:
- Dos días seguidos de inasistencia sin justificación: Si un trabajador falta a sus labores por dos días consecutivos y no presenta una justificación válida (como un certificado médico o un permiso autorizado) para dichas ausencias, el empleador puede proceder al despido.
- No presentarse dos lunes en el mismo mes: Faltar al trabajo dos días lunes dentro de un mismo mes calendario, sin la debida justificación, también es una causal específica de despido contemplada en la ley. Los lunes suelen ser días críticos para la organización del trabajo semanal, y la ley lo reconoce así.
- Faltar un total de tres días en el mismo mes: Si un trabajador acumula un total de tres días de inasistencia injustificada en un mismo mes calendario, aunque estos días no sean consecutivos ni caigan específicamente en lunes, esto también configura una causal legal para el despido sin derecho a indemnización por años de servicio.
Es importante destacar que estas causales son alternativas. Es decir, si se cumple cualquiera de estos tres escenarios, el empleador está legalmente facultado para poner término al contrato de trabajo bajo esta causal.
La Importancia de la Justificación
Como se mencionó, la clave para evitar un despido por inasistencia es la justificación. Una ausencia está justificada cuando obedece a motivos legítimos y, idealmente, está debidamente documentada y comunicada al empleador en tiempo y forma. Ejemplos comunes de justificaciones incluyen:
- Enfermedad o accidente del trabajador, acreditados con licencia médica.
- Fallecimiento de un familiar cercano (cónyuge, hijos, padres), lo que da derecho a días de permiso pagado según la ley.
- Permisos otorgados previamente por el empleador.
- Citaciones judiciales o administrativas que requieran la presencia del trabajador.
- Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente probadas (por ejemplo, una catástrofe natural que impida el desplazamiento).
La carga de la prueba de la justificación recae generalmente en el trabajador. Por ello, es crucial obtener y conservar la documentación que acredite el motivo de la ausencia y comunicarla a la empresa lo antes posible, siguiendo los procedimientos internos establecidos.
Proceso de Despido por Inasistencia
Si un empleador decide despedir a un trabajador por inasistencia injustificada, debe seguir un procedimiento legal. No basta con simplemente impedir el acceso al trabajo. El empleador debe:
- Comunicar por escrito el despido: Se debe entregar al trabajador una carta de aviso de término de contrato. Esta carta debe ser entregada personalmente o enviada por correo certificado al domicilio del trabajador indicado en el contrato.
- Indicar la causal legal: La carta debe señalar explícitamente la causal invocada, que en este caso sería la del artículo 160, N° 3 del Código del Trabajo (inasistencia injustificada).
- Describir los hechos: La carta debe detallar los días específicos en que ocurrieron las inasistencias injustificadas que motivan el despido. Esta descripción debe ser clara y suficiente para que el trabajador entienda los motivos.
- Informar el estado de las cotizaciones: La carta debe indicar el estado de pago de las cotizaciones previsionales (AFP, salud, seguro de cesantía) hasta el último día del mes anterior al despido. Además, se debe acompañar un certificado emitido por la entidad previsional correspondiente que acredite el pago de las cotizaciones de seguridad social de los últimos tres meses.
- Enviar copia a la Inspección del Trabajo: Una copia de la carta de despido debe ser enviada a la Inspección del Trabajo dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha del despido.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos formales por parte del empleador puede llevar a que el despido sea considerado injustificado por los tribunales, incluso si las inasistencias realmente ocurrieron. Esto podría obligar al empleador a pagar la indemnización por años de servicio, con un recargo legal.
Consecuencias del Despido por Inasistencia Injustificada
La principal consecuencia de un despido basado en la causal de inasistencia injustificada (Artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo) es que el trabajador no tiene derecho a recibir la indemnización por años de servicio. Esta indemnización es aquella que se paga cuando el contrato termina por necesidades de la empresa u otras causales que dan derecho a ella (generalmente un mes de sueldo por cada año de servicio, con un tope de 11 años).
Sin embargo, el trabajador sí tiene derecho a recibir:
- El pago de los días trabajados hasta la fecha del despido.
- El pago de las vacaciones proporcionales (feriado legal) que no haya tomado.
- Otras remuneraciones pendientes (como bonos, comisiones, etc.) si las hubiere.
El finiquito que se firme debe reflejar estos pagos y la causal de término de contrato.
Comparativa de Escenarios de Despido por Inasistencia
Para clarificar las situaciones que pueden llevar a un despido por faltas injustificadas, veamos un resumen comparativo:
| Escenario | Descripción | Plazo Clave | Consecuencia Directa |
|---|---|---|---|
| Escenario 1 | Dos días consecutivos de inasistencia sin justificación. | Seguidos (día 1 y día 2) | Despido sin indemnización por años de servicio. |
| Escenario 2 | Dos días lunes de inasistencia sin justificación. | Dentro del mismo mes calendario | Despido sin indemnización por años de servicio. |
| Escenario 3 | Tres días de inasistencia sin justificación. | Dentro del mismo mes calendario (no necesariamente consecutivos) | Despido sin indemnización por años de servicio. |
Es vital entender que estas son las situaciones mínimas que la ley considera suficientes. Un patrón de inasistencias frecuentes, incluso si no calza exactamente en estos tres escenarios en un mes particular, podría ser interpretado por el empleador como un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato (otra causal del Artículo 160), aunque la causal específica de inasistencia injustificada es la más directa para estos casos.
Preguntas Frecuentes sobre Despido por Faltas
Aquí respondemos algunas dudas comunes sobre este tema:
¿Cuántas faltas se consideran para un despido por faltas injustificadas?
Según el Código del Trabajo chileno, las situaciones que legalmente configuran la causal son: 2 días consecutivos sin justificación, 2 lunes en el mismo mes sin justificación, o un total de 3 días en el mismo mes sin justificación (sean o no consecutivos).
¿Qué pasa si falto un solo día sin justificación?
Faltar un solo día sin justificación, por sí mismo, generalmente no es una causal de despido según las reglas específicas del Artículo 160 N° 3. Sin embargo, dependiendo de las políticas internas de la empresa, la gravedad de la ausencia (por ejemplo, si afectó críticamente la operación) o si se suma a un historial de otras faltas o llamados de atención, el empleador podría considerar otras causales de despido o aplicar sanciones menores (como amonestaciones), pero el despido directo por esta causal específica requiere cumplir los umbrales mencionados (2 días seguidos, 2 lunes o 3 días en el mes).
¿Puedo ser despedido si notifico mi ausencia pero no tengo cómo justificarla?
Notificar la ausencia es una buena práctica y una obligación en muchos contratos o reglamentos internos, pero la notificación por sí sola no reemplaza la justificación. Si notificas que no irás, pero el motivo no es considerado una causa justificada por la ley o el empleador, y cumples con los umbrales de días de inasistencia mencionados, podrías ser despedido bajo esta causal.
¿Qué documentos debo recibir si me despiden por inasistencia?
Debes recibir la carta de aviso de término de contrato que cumpla con los requisitos mencionados (causal, detalle de hechos, estado de cotizaciones, certificado de cotizaciones de los últimos 3 meses). Posteriormente, deberás firmar un finiquito donde consten los pagos pendientes (días trabajados, vacaciones proporcionales, etc.) y la causal de término. Es recomendable asesorarse antes de firmar el finiquito si tienes dudas.
¿Puedo reclamar si considero que mi despido por inasistencia es injustificado?
Sí, tienes derecho a reclamar. Si crees que las faltas estaban justificadas, que el empleador no siguió el procedimiento legal, o que los hechos descritos en la carta de despido no son verídicos, puedes presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo. Si no se llega a un acuerdo en la mediación de la Inspección, puedes presentar una demanda ante los Tribunales del Trabajo para que sea un juez quien determine si el despido fue justificado o no.
¿Qué pasa con mi finiquito si me despiden por esta causal?
Si el despido es procedente por inasistencia injustificada (Art. 160 N°3), en tu finiquito se te pagarán los días trabajados hasta la fecha del despido, las vacaciones proporcionales pendientes y cualquier otra prestación adeudada (como bonos). No se incluirá el pago de la indemnización por años de servicio ni la indemnización sustitutiva del aviso previo (ya que esta causal no da derecho a ellas).
Recomendaciones Finales
La mejor manera de evitar problemas relacionados con las inasistencias es mantener una comunicación fluida y honesta con tu empleador. Si debes ausentarte, informa a la brevedad posible, explica el motivo y, si es necesario, presenta la documentación de respaldo que justifique tu ausencia. Conocer tus derechos y obligaciones según el Código del Trabajo es tu mejor herramienta para proteger tu estabilidad laboral.
Recuerda que, aunque el empleador tiene la facultad de despedir por estas causales, debe cumplir con el procedimiento legal establecido. Ante cualquier duda sobre un despido o una situación de inasistencia, siempre es aconsejable buscar asesoría legal o contactar a la Inspección del Trabajo.
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