20/02/2024
Con la formalización de los últimos ajustes salariales para el personal de casas particulares, tanto empleadores como trabajadoras necesitan contar con información clara y actualizada sobre cuánto se debe abonar por hora y por mes, así como comprender los componentes adicionales que integran el salario total. La reciente Resolución 1/2025, publicada en el Boletín Oficial, establece los nuevos montos mínimos que rigen a partir de marzo de 2025, reflejando los incrementos acordados en negociaciones previas.

El sector de casas particulares, que abarca diversas tareas esenciales para el funcionamiento de los hogares, se rige por normativas específicas que buscan garantizar condiciones laborales justas. Conocer estos valores es fundamental para asegurar el cumplimiento de la ley y una relación laboral transparente y equitativa. A continuación, detallamos los salarios mínimos vigentes, cómo se componen y qué otros aspectos deben considerarse al momento de liquidar haberes.
Salarios Mínimos Vigentes por Hora y Mes (Marzo 2025)
Los montos mínimos establecidos varían según la categoría del trabajador y si la modalidad de contratación es con o sin retiro (es decir, si pernocta o no en el domicilio de trabajo). Estos valores son una referencia fundamental para quienes trabajan por hora o por jornada, así como para quienes tienen un esquema de contratación mensual. Es importante recordar que estos son valores brutos, a los que luego se deben sumar otros conceptos.
| Categoría | Por Hora (Con Retiro) | Por Hora (Sin Retiro) | Por Mes (Con Retiro) | Por Mes (Sin Retiro) |
|---|---|---|---|---|
| Primera Categoría (Supervisora) | $3.454 | $3.783 | $430.878 | $479.950 |
| Segunda Categoría (Personal para tareas específicas) | $3.270 | $3.585 | $400.310 | $445.613 |
| Tercera Categoría (Caseros) | $3.089 | $3.089 | $390.567 | $390.567 |
| Cuarta Categoría (Asistencia y cuidado de personas) | $3.089 | $3.454 | $390.567 | $435.246 |
| Quinta Categoría (Personal para tareas generales) | $2.863 | $3.089 | $351.233 | $390.567 |
Estos montos corresponden a los valores mínimos puros del salario base para el mes de marzo de 2025, según lo dispuesto por la Resolución 1/2025. Para las contrataciones por hora, se toman como referencia los valores horarios. Para quienes trabajan 24 horas o más semanales para el mismo empleador, se aplican los valores mensuales, que pueden prorratearse si las horas trabajadas son menos de 24 pero para un único empleador.
Composición del Salario Total: Más Allá del Básico
Es crucial entender que el salario que recibe la empleada doméstica no es únicamente el valor base por hora o mes. Existen otros componentes obligatorios que el empleador debe considerar y abonar, los cuales incrementan el costo laboral total y el ingreso de la trabajadora. Estos adicionales buscan reconocer la trayectoria y las condiciones específicas de trabajo.
Uno de los adicionales más importantes es el concepto de antigüedad. La ley establece que se debe abonar un 1% adicional sobre los salarios mensuales por cada año de antigüedad que la trabajadora tenga en la relación laboral. Este porcentaje se calcula sobre el salario mensual correspondiente a su categoría y modalidad, y se suma al monto base. Por ejemplo, una trabajadora con 10 años de antigüedad recibirá un 10% extra sobre su salario mensual.
Otro adicional relevante es el pago por zonas desfavorables. Si la empleada doméstica trabaja en determinadas regiones geográficas del país, se aplica un incremento del 30% sobre los salarios mínimos de la categoría correspondiente. Las zonas consideradas desfavorables son: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el Partido de Carmen de Patagones en la Provincia de Buenos Aires. Este adicional es un reconocimiento a las condiciones de vida y el costo asociado en estas áreas.

Además del salario base y estos adicionales, el empleador tiene la obligación de realizar aportes y contribuciones al sistema de seguridad social y de obra social, así como la cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Estos montos no van directamente al bolsillo de la trabajadora, sino que se destinan a garantizar su cobertura de salud, su futura jubilación y protección ante accidentes laborales.
Aportes y Contribuciones: Detalles y Montos
Los aportes y contribuciones son una parte fundamental del empleo formal. Desde febrero de 2025, estos montos también sufrieron un aumento significativo. El valor a pagar varía según la cantidad de horas semanales trabajadas para el empleador:
- Para menos de 12 horas semanales: El aporte total es de $6.816,05.
- Para entre 12 y menos de 16 horas semanales: El aporte total es de $10.735,77.
- Para 16 o más horas semanales: El aporte total asciende a $28.688,55.
Estos valores, establecidos por la Resolución 5645/2025, incluyen los conceptos de jubilación, obra social y la cuota de la ART. Es el empleador quien debe abonar estos montos mensualmente, generalmente antes del día 10 del mes siguiente al mes trabajado (devengado). Cumplir con este pago garantiza que la trabajadora esté registrada, tenga acceso a servicios de salud y esté cubierta en caso de accidente de trabajo.
Cómo Calcular el Salario Total Mensual
Para calcular el monto total que el empleador debe liquidar mensualmente a una empleada doméstica, se deben seguir los siguientes pasos:
- Identificar la categoría de la trabajadora (Supervisora, Tareas Específicas, Caseros, Cuidado de Personas, Tareas Generales).
- Determinar la modalidad de contratación (con retiro o sin retiro).
- Encontrar el salario base mensual o por hora correspondiente a su categoría y modalidad según la tabla vigente.
- Calcular el adicional por antigüedad: Multiplicar el salario base mensual por el número de años de antigüedad y dividirlo por 100. Sumar este monto al salario base.
- Verificar si corresponde el adicional por zona desfavorable. Si es así, calcular el 30% del salario base (o del salario base + antigüedad, según interpretación de la norma, aunque usualmente se aplica sobre el básico) y sumarlo.
- El resultado de sumar el salario base, el adicional por antigüedad y, si corresponde, el adicional por zona desfavorable, es el salario bruto que la empleada recibe.
- Adicionalmente, el empleador debe abonar los aportes y contribuciones correspondientes según la cantidad de horas semanales trabajadas, los cuales se pagan aparte del salario de la trabajadora y se destinan a los organismos de seguridad social y ART.
Por ejemplo, una empleada de Tareas Generales (Quinta Categoría) con retiro, que trabaja 40 horas semanales, con 5 años de antigüedad, y que no trabaja en zona desfavorable:
- Salario Base Mensual (Con Retiro): $351.233
- Adicional Antigüedad: 5 años * 1% = 5%. Cálculo: 5% de $351.233 = $17.561,65
- Salario Bruto Total: $351.233 + $17.561,65 = $368.794,65
- Aportes y Contribuciones (más de 16 horas): $28.688,55
- Costo Laboral Total para el empleador: $368.794,65 + $28.688,55 = $397.483,20
La empleada recibirá $368.794,65 en mano (salario bruto), mientras que el empleador pagará $28.688,55 aparte a AFIP por los aportes y contribuciones.
Vacaciones: Un Derecho del Trabajador
El personal de casas particulares tiene derecho a un período de descanso anual remunerado. La duración de las vacaciones depende de la antigüedad de la trabajadora con el mismo empleador. El período para tomar las vacaciones es entre el 1° de noviembre y el 30 de marzo de cada año.
- Menos de 6 meses de antigüedad: Corresponde 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
- De 6 meses a 5 años de antigüedad: Corresponden 14 días corridos de vacaciones.
- De 5 a 10 años de antigüedad: Corresponden 21 días corridos de vacaciones.
- De 10 a 20 años de antigüedad: Corresponden 28 días corridos de vacaciones.
- Más de 20 años de antigüedad: Corresponden 35 días corridos de vacaciones.
Para las trabajadoras con menos de 6 meses de antigüedad, existe también un esquema proporcional basado en las semanas trabajadas: entre 4 y 7 semanas (1 día), entre 8 y 11 semanas (2 días), entre 12 y 15 semanas (3 días), entre 16 y 19 semanas (4 días), y más de 20 semanas (5 días).
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cuál es el salario mínimo por hora para tareas generales con retiro en marzo de 2025?
Según la Resolución 1/2025, el salario mínimo por hora para la Quinta Categoría (Tareas Generales) con retiro es de $2.863 a partir de marzo de 2025.

¿Cómo se calcula el adicional por antigüedad?
Se calcula un 1% adicional sobre el salario mensual de la categoría correspondiente por cada año de antigüedad que tenga la trabajadora con el mismo empleador.
¿Qué cubren los aportes y contribuciones que paga el empleador?
Los aportes y contribuciones pagados por el empleador cubren la jubilación futura de la trabajadora, su acceso a una obra social y la cobertura ante accidentes de trabajo a través de una ART.
¿A qué zonas se aplica el adicional del 30%?
El adicional del 30% por zona desfavorable se aplica al personal que trabaja en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y el Partido de Carmen de Patagones.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden a una empleada con 7 años de antigüedad?
Una empleada con entre 5 y 10 años de antigüedad tiene derecho a 21 días corridos de vacaciones.
¿Los valores de la tabla incluyen antigüedad o zona desfavorable?
No, los valores presentados en la tabla son los salarios mínimos base por hora o mes. Los adicionales por antigüedad y zona desfavorable se calculan y suman aparte.
Conclusión
Mantenerse informado sobre los salarios y las obligaciones laborales es esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y fomentar relaciones laborales justas en el ámbito del servicio doméstico. Los valores presentados, basados en la Resolución 1/2025, constituyen los mínimos a considerar a partir de marzo de 2025. Es fundamental recordar que a estos montos se suman los adicionales por antigüedad y, si corresponde, por zona desfavorable, además de los aportes y contribuciones que son responsabilidad del empleador y se destinan a la seguridad social. La correcta liquidación de haberes, incluyendo todos estos componentes, asegura los derechos de las trabajadoras y la tranquilidad de los empleadores.
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