09/12/2021
La gestión de personal implica, en muchas ocasiones, la necesidad de cubrir ausencias temporales. Ya sea por el merecido descanso estival de tus empleados, una baja por enfermedad, una excedencia o cualquier otra circunstancia, asegurar la continuidad de la actividad empresarial es clave. Pero, ¿sabes qué tipo de contrato es el adecuado para cada situación? Hacerlo correctamente desde el principio es fundamental para cumplir con la normativa laboral vigente, evitar sanciones económicas y garantizar una relación laboral transparente y legal con el trabajador que se incorpora temporalmente.

La reforma laboral de 2021 supuso un cambio importante en el panorama de la contratación temporal en España, eliminando figuras como el contrato por obra o servicio determinado y potenciando el contrato fijo-discontinuo. Esto ha reconfigurado las opciones disponibles para los empresarios a la hora de cubrir necesidades temporales, incluyendo las derivadas de las ausencias de la plantilla permanente. Comprender las distintas modalidades contractuales y sus especificidades es el primer paso para una gestión eficiente y legal.
Este artículo te guiará a través de los principales tipos de contratos que puedes utilizar para cubrir ausencias, detallando sus características, duración, las obligaciones que adquieres como empleador y los derechos de los trabajadores temporales. Nos centraremos especialmente en cómo cubrir las vacaciones, pero también abordaremos la cobertura de bajas médicas y excedencias, situaciones muy comunes en el día a día de cualquier empresa.
- Tipos de Contratos para Cubrir Ausencias Temporales
- Comparativa de Contratos para Cubrir Ausencias
- Obligaciones del Empleador al Contratar Personal Temporal
- Derechos del Trabajador Temporal
- Particularidades del Contrato por Sustitución (Ex Interinidad)
- El Finiquito al Terminar un Contrato Temporal
- Preguntas Frecuentes sobre Contratos Temporales de Cobertura
- ¿Un trabajador con contrato de sustitución tiene derecho a vacaciones?
- ¿Qué salario debo pagar a un trabajador con contrato de sustitución?
- ¿Puedo usar un contrato de circunstancias de la producción para cubrir una baja médica?
- ¿Cuánto tiempo puedo tener a un trabajador con un contrato de circunstancias de la producción?
- ¿Cuándo un contrato temporal puede pasar a ser indefinido?
- Conclusión
Tipos de Contratos para Cubrir Ausencias Temporales
La legislación laboral española ofrece varias opciones de contratos temporales o con características particulares que se adaptan a la necesidad de cubrir puestos de trabajo de forma no permanente. Las principales figuras que puedes considerar para este fin son:
Contrato de Duración Determinada por Circunstancias de la Producción
Esta modalidad contractual está diseñada para atender incrementos ocasionales e imprevisibles de la actividad de la empresa, así como oscilaciones que, aun tratándose de la actividad normal, generen un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el requerido. Es importante destacar que, tras la reforma de 2021, las oscilaciones derivadas de las vacaciones anuales de la plantilla se incluyen explícitamente dentro de los supuestos que justifican el uso de este contrato.
Su duración máxima general es de seis meses, aunque un convenio colectivo de ámbito sectorial puede ampliarla hasta un año. Si el contrato se concierta por una duración inferior a la máxima, puede prorrogarse por una única vez sin superar el límite total.
Este contrato es ideal para picos de trabajo puntuales o necesidades temporales que no se repiten de forma recurrente en el tiempo, como podría ser un aumento inesperado de pedidos o, precisamente, la necesidad de cubrir a varios empleados que disfrutan de sus vacaciones simultáneamente en un periodo concreto.

Contrato Fijo-Discontinuo
Aunque su nombre pueda llevar a confusión, el contrato fijo-discontinuo es, en esencia, un contrato de carácter indefinido. Sin embargo, la prestación de servicios bajo esta modalidad se realiza de forma intermitente en el tiempo, estando vinculada a actividades de carácter estacional o relacionadas con campañas productivas que se repiten en fechas ciertas o inciertas dentro del volumen normal de la actividad de la empresa. Por ejemplo, es muy habitual en sectores como el turismo, la hostelería o la agricultura para cubrir las temporadas altas.
Si tu necesidad de personal para cubrir ausencias (como la de camareros o personal de hotel durante el verano) se repite cada año, el contrato fijo-discontinuo es la opción preferente tras la reforma laboral. El trabajador pertenece a la plantilla de la empresa de forma indefinida, siendo llamado a trabajar cuando se reinicia la actividad o campaña para la que fue contratado y cesando su actividad (pero manteniendo el vínculo laboral) al finalizar la misma. Durante los periodos de inactividad, puede acceder a la prestación por desempleo si cumple los requisitos.
Es la fórmula recomendada si sueles contar con los mismos empleados para cubrir estas necesidades recurrentes cada año.
Contrato por Sustitución de Persona Trabajadora
Anteriormente conocido como contrato de interinidad, esta modalidad tiene como finalidad principal cubrir la ausencia de un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo. Es el contrato específico para situaciones como:
- Cubrir una baja por incapacidad temporal (enfermedad o accidente).
- Sustituir a un empleado durante los permisos por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
- Cubrir la jornada reducida de un trabajador que ejerce un derecho legalmente reconocido (como el cuidado de un menor o familiar).
- Cubrir temporalmente un puesto durante un proceso de selección o promoción interna para su cobertura definitiva, con un límite de duración de tres meses.
- Sustituir a un trabajador que se encuentra en situación de excedencia con derecho a reserva de puesto.
La duración de este contrato está vinculada a la ausencia del trabajador sustituido. Finaliza cuando la persona titular del puesto regresa, cuando expira el plazo legal o pactado para su reincorporación, o cuando desaparece la causa que dio lugar a la reserva del puesto.
Es crucial que en el contrato de sustitución se identifique claramente a la persona trabajadora sustituida y la causa de la sustitución. Esto le otorga la justificación legal necesaria.
Comparativa de Contratos para Cubrir Ausencias
| Tipo de Contrato | Finalidad Principal | Duración Máxima General | ¿Cubre Vacaciones? | ¿Cubre Bajas/Excedencias? | Carácter del Vínculo |
|---|---|---|---|---|---|
| Circunstancias de la Producción | Incrementos ocasionales/imprevisibles, oscilaciones (incl. vacaciones) | 6 meses (ampliable a 1 año por convenio) | Sí (como oscilación) | No (usualmente no hay reserva de puesto) | Temporal |
| Fijo-Discontinuo | Trabajos estacionales o de campaña recurrentes | Indefinida (trabajo intermitente) | Sí (como parte de la temporada) | No (no es para cubrir ausencias específicas) | Indefinido Discontinuo |
| Sustitución de Persona Trabajadora | Cubrir a trabajador con derecho a reserva de puesto | Hasta el regreso del sustituido o fin de causa | No (directamente) | Sí | Temporal |
Obligaciones del Empleador al Contratar Personal Temporal
Aunque la contratación sea por un periodo limitado, las obligaciones legales como empleador son las mismas que con un contrato indefinido. Ignorarlas puede acarrear serias consecuencias. Los pasos y responsabilidades fundamentales son:
- Alta en la Seguridad Social: El trabajador debe estar dado de alta en el Sistema RED de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes de iniciar su actividad. No cumplir con esta obligación se considera una infracción grave o muy grave y puede resultar en multas muy elevadas (entre 3.750 y 12.000 euros por trabajador) y la reclamación de las cotizaciones debidas con recargos. Es una obligación ineludible.
- Formalización del Contrato por Escrito: Todos los contratos temporales, incluyendo los de circunstancias de la producción, fijo-discontinuo y sustitución, deben formalizarse por escrito. Este documento es la garantía de las condiciones pactadas para ambas partes.
- Registro del Contrato: El contrato escrito debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en los 10 días hábiles siguientes a su firma.
- Cumplimiento del Convenio Colectivo: Es vital conocer y aplicar el convenio colectivo sectorial o de empresa que rija tu actividad. Este establece condiciones mínimas sobre salario, jornada laboral, descansos, vacaciones, pagas extra, etc., que deben respetarse independientemente del tipo de contrato. El salario nunca puede ser inferior al fijado por convenio, ni siquiera si el trabajador lo acepta.
Derechos del Trabajador Temporal
Los trabajadores contratados para cubrir ausencias tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de la plantilla, proporcionales a la duración de su contrato. Los principales son:
- Vacaciones: Tienen derecho a disfrutar o a que se les abone la parte proporcional de las vacaciones generadas durante la duración de su contrato. La proporción mínima legal es de 2,5 días naturales por cada mes trabajado (o 22 días laborables al año). Si no se disfrutan, deben liquidarse en el finiquito.
- Periodo de Prueba: Se puede establecer un periodo de prueba, pero debe estar pactado por escrito en el contrato y su duración no puede exceder los límites fijados por el convenio colectivo. En contratos de corta duración, un periodo de prueba desproporcionadamente largo (ej: un mes en un contrato de cinco semanas) podría considerarse abusivo y ser impugnado.
- Horas Extraordinarias: En contratos a tiempo completo, se permiten si son voluntarias y se compensan según lo marque el convenio (pago o descanso). Existe un límite legal anual de 80 horas extra. Imponerlas sin acuerdo es una infracción.
- Prevención de Riesgos Laborales: El empleador tiene la obligación de garantizar la seguridad y salud del trabajador temporal, proporcionando la formación mínima necesaria, evaluando los riesgos del puesto y entregando los equipos de protección individual si fueran precisos.
- Igualdad de Condiciones: En general, el trabajador temporal debe tener las mismas condiciones laborales (salario base, jornada, etc.) que un trabajador fijo comparable en el mismo puesto, excepto por aquellos conceptos inherentes a la fijeza (como la antigüedad, si aplica).
Particularidades del Contrato por Sustitución (Ex Interinidad)
El contrato de sustitución, como hemos visto, es el específico para cubrir ausencias con derecho a reserva de puesto (bajas, excedencias, etc.). Tiene sus propias características y recientes novedades:
Tipos de Sustitución Cubiertas
Este contrato es versátil y permite cubrir diversas situaciones de ausencia:
- Por incapacidad temporal (baja médica).
- Por permisos de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
- Por cuidado de menor o familiar que da lugar a una reducción de jornada.
- Durante el proceso de selección para cubrir un puesto fijo (máx. 3 meses).
- Por excedencia con derecho a reserva del puesto.
- Para la cobertura temporal de un puesto ocupado por una persona que accede a la jubilación parcial.
Novedades Importantes a partir de Septiembre de 2023
El Real Decreto-ley 1/2023 introdujo cambios significativos en los incentivos a la contratación por sustitución, especialmente para casos de riesgo durante el embarazo o nacimiento/cuidado de menor:
- Bonificaciones Reducidas: La bonificación sobre la cotización total de los empleados contratados para estas sustituciones se limita al 58%, frente al 100% anterior. Esto implica un aumento de costes para el empresario.
- Límite de Edad para Bonificación: Para acceder a esta bonificación reducida, el trabajador sustituto debe ser menor de 30 años.
- Periodo de Adaptación Limitado: Se restringe la posibilidad de anticipar la contratación del sustituto. Solo se permite contratarlo hasta 15 días antes de que se produzca la ausencia de la persona a sustituir. Esta limitación puede dificultar la adaptación del nuevo empleado al puesto.
Estas medidas buscan, en teoría, fomentar la contratación indefinida, pero en la práctica suponen mayores costes y rigideces para las empresas que necesitan cubrir estas ausencias justificadas legalmente.

Salario del Trabajador Sustituto
El trabajador contratado por sustitución tiene derecho a percibir, como mínimo, el mismo salario base que el trabajador al que sustituye, siempre que ambos estén adscritos al mismo grupo profesional. Esto garantiza el principio de igualdad salarial por igual trabajo. Sin embargo, no implica necesariamente cobrar exactamente la misma nómina líquida, ya que pueden existir complementos salariales (como antigüedad, pluses personales) a los que el sustituto no tenga derecho si son inherentes a la persona y no al puesto.
Duración y Finalización del Contrato de Sustitución
La duración de este contrato está marcada por la causa que lo justifica. Finaliza automáticamente cuando:
- El trabajador sustituido regresa a su puesto de trabajo.
- Expira el plazo legal o convencional para la reincorporación del sustituido.
- Desaparece la causa que motivó la reserva del puesto (ej: fin de la incapacidad temporal, fin del permiso de maternidad/paternidad).
- En el caso de procesos de selección, transcurren los 3 meses máximos.
Si la persona sustituida, al reincorporarse, solicita una reducción de jornada (por ejemplo, por cuidado de menor), se podría formalizar un nuevo contrato de sustitución para cubrir esa reducción de jornada, continuando así el vínculo temporal.
¿Cuándo un Contrato de Sustitución puede volverse Indefinido?
Aunque son temporales por naturaleza, los contratos de sustitución pueden convertirse en indefinidos en ciertos supuestos, principalmente para evitar el fraude en la contratación temporal:
- Exceso de Duración: Si el contrato de sustitución excede la duración máxima legalmente permitida para la causa que lo justifica (por ejemplo, si se mantiene a un sustituto más allá de la reincorporación efectiva del titular sin causa que lo justifique).
- Falta de Identificación: Si no se especifica en el contrato el nombre de la persona sustituida o la causa de la sustitución.
- Fraude de Ley: Cualquier uso del contrato de sustitución que no responda a su finalidad legal (cubrir una ausencia con reserva de puesto o un proceso de selección limitado) puede considerarse fraude y llevar a que el contrato sea declarado indefinido.
La transformación de un contrato de sustitución a indefinido, si ambas partes están de acuerdo y existe una necesidad permanente del puesto, requiere formalizar un nuevo contrato de trabajo de carácter indefinido, estableciendo las nuevas condiciones.
El Finiquito al Terminar un Contrato Temporal
Al finalizar cualquiera de estos contratos temporales (Circunstancias de la Producción, Sustitución, o el periodo de actividad del Fijo-Discontinuo si no hay llamamiento posterior), debes entregar al trabajador un documento de finiquito. Este debe detallar y abonar todos los conceptos pendientes:
- Salario correspondiente a los días trabajados hasta la finalización.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias que no se hayan prorrateado mensualmente.
- Parte proporcional de las vacaciones generadas y no disfrutadas durante el contrato.
- Indemnización por finalización de contrato, si corresponde.
Los contratos por circunstancias de la producción generan una indemnización al finalizar equivalente a 12 días de salario por año de servicio (o la parte proporcional si el contrato dura menos de un año). Los contratos por sustitución, como norma general, no generan derecho a indemnización a su finalización, ya que su causa es la reserva del puesto del titular.
Además del finiquito, debes entregar al trabajador el certificado de empresa, necesario para que pueda solicitar, si cumple los requisitos, la prestación por desempleo.
Preguntas Frecuentes sobre Contratos Temporales de Cobertura
A continuación, resolvemos algunas dudas comunes:
¿Un trabajador con contrato de sustitución tiene derecho a vacaciones?
Sí, absolutamente. Tiene derecho a generar y disfrutar o cobrar la parte proporcional de las vacaciones correspondiente al tiempo trabajado, al igual que cualquier otro empleado.

¿Qué salario debo pagar a un trabajador con contrato de sustitución?
Como mínimo, el salario base fijado por el convenio colectivo para el puesto y grupo profesional que ocupa, que debe ser el mismo que el del trabajador sustituido.
¿Puedo usar un contrato de circunstancias de la producción para cubrir una baja médica?
No es lo adecuado ni legalmente correcto. Para cubrir una baja médica con derecho a reserva de puesto, el contrato específico es el de sustitución de persona trabajadora.
¿Cuánto tiempo puedo tener a un trabajador con un contrato de circunstancias de la producción?
La duración máxima general es de 6 meses, ampliable a 12 meses por convenio sectorial. No puede encadenar contratos por la misma causa que superen este límite en un periodo determinado.
¿Cuándo un contrato temporal puede pasar a ser indefinido?
Principalmente, si se superan los límites de duración establecidos por ley o convenio para ese tipo de contrato, o si se utiliza de forma fraudulenta para cubrir una necesidad que en realidad es permanente.
Conclusión
Cubrir ausencias temporales es una necesidad habitual en la gestión de empresas. Elegir el contrato adecuado (circunstancias de la producción para picos ocasionales o vacaciones, fijo-discontinuo para temporadas recurrentes, o sustitución para bajas y excedencias) es fundamental para operar dentro de la legalidad. Cumplir con las obligaciones de alta, formalización y registro, así como respetar los derechos de los trabajadores temporales, protege a tu empresa de posibles sanciones y conflictos. Ante cualquier duda específica o situación compleja, la consulta con un experto en derecho laboral o una asesoría es siempre la opción más recomendable para garantizar que tu gestión de personal sea impecable.
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