31/12/2019
El ámbito laboral debería ser un espacio de crecimiento, colaboración y respeto mutuo. Sin embargo, la realidad muchas veces dista de este ideal, presentando situaciones que atentan contra la dignidad de las personas que trabajan. Entre las problemáticas más graves que pueden surgir en el entorno profesional se encuentran la discriminación y la violencia laboral, fenómenos que, aunque relacionados, presentan matices importantes y cuyas consecuencias impactan profundamente tanto en los individuos como en las organizaciones y la sociedad en su conjunto. Comprender qué significan, cómo se manifiestan y qué herramientas legales existen en Argentina para combatirlas es fundamental para construir ambientes de trabajo más equitativos y saludables.

La discriminación laboral ocurre cuando una persona recibe un trato diferente y menos favorable que otra en una situación similar, basándose en características personales que no guardan relación con su desempeño o las exigencias del puesto. En Argentina, este principio fundamental está resguardado por la legislación, buscando asegurar la igualdad de oportunidades y de trato para todas las personas trabajadoras.
- El Marco Legal y el Principio de Igualdad
- ¿Qué se Entiende por Violencia Laboral?
- Formas de Manifestación de la Violencia Laboral
- Consecuencias de la Violencia y Discriminación Laboral
- ¿Qué Situaciones NO se Consideran Violencia Laboral?
- Preguntas Frecuentes sobre Discriminación y Violencia Laboral en Argentina
- Dónde Buscar Ayuda y Orientación
El Marco Legal y el Principio de Igualdad
En el contexto legal argentino, el principio de igualdad de trato y no discriminación es una piedra angular del derecho laboral. Este principio se encuentra plasmado en diversas normativas, siendo una de las más relevantes el artículo 81 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo (LCT). Este artículo establece claramente que el empleador tiene la obligación de dispensar a todos los trabajadores un trato igualitario cuando se encuentran en idénticas situaciones. La ley prohíbe de manera explícita las discriminaciones que son consideradas arbitrarias, es decir, aquellas que carecen de una justificación objetiva y razonable vinculada a las necesidades del trabajo.
La normativa señala que se considera discriminación arbitraria aquella que se funda en razones como el sexo, la religión o la raza. Sin embargo, aclara que no se considera trato desigual aquel que responde a principios de bien común y está sustentado en diferencias objetivas, como podría ser una mayor eficacia, laboriosidad o dedicación a las tareas por parte de un trabajador. La distinción clave reside, por tanto, en si la diferencia de trato se basa en un criterio arbitrario y personal, o en una diferencia objetiva y medible relacionada con el desempeño o las exigencias del puesto.
En situaciones donde se sospecha que ha habido discriminación, la carga de la prueba suele recaer inicialmente en el trabajador, quien debe demostrar que existía una identidad de situación con otro trabajador que recibió un trato más favorable y que, por lo tanto, hubo un trato desigual. Una vez establecida la presunción de trato desigual en identidad de situaciones, recae sobre el empleador la responsabilidad de demostrar que las razones que justificaron esa diferencia de trato no fueron arbitrarias, sino que respondieron a criterios objetivos y razonables, conforme a lo permitido por la ley.
¿Qué se Entiende por Violencia Laboral?
Si bien la discriminación se refiere al trato desigual basado en características personales, la violencia laboral es un concepto más amplio que abarca una serie de conductas abusivas que buscan someter o excluir a otra persona en el entorno de trabajo. Se trata de una forma de abuso de poder que no solo discrimina, sino que también puede dañar física, psicológica o sexualmente a la persona que la padece.
La violencia laboral puede manifestarse de diversas maneras y no se limita a las relaciones jerárquicas verticales (de un jefe hacia un empleado o viceversa), sino que también puede ocurrir entre compañeros de igual rango (pares). Puede ejercerse tanto a través de acciones directas como por omisión, es decir, dejando de hacer algo que cause daño o perjuicio. Sus efectos son devastadores para la salud y el bienestar de las personas, y constituye una grave violación a los derechos humanos y laborales.
Formas de Manifestación de la Violencia Laboral
La violencia laboral no es un fenómeno único, sino que puede adoptar distintas formas, cada una con sus particularidades y consecuencias:
- Agresión física: Consiste en toda conducta que, de manera directa o indirecta, tenga como finalidad causar daño físico a la persona trabajadora. Aunque quizás sea la forma menos común, su impacto es inmediato y evidente.
- Acoso sexual: Se refiere a cualquier conducta o comentario reiterado de connotación sexual que se basa en una relación de poder y que no cuenta con el consentimiento de la persona que lo recibe. Puede incluir gestos, comentarios, insinuaciones, o peticiones de favores sexuales, creando un ambiente de trabajo hostil e intimidatorio.
- Acoso psicológico (Mobbing): Es una de las formas más complejas y frecuentes de violencia laboral. Implica una situación en la que una persona o un grupo ejerce un maltrato, ya sea modal (en la forma de relacionarse) o verbal, de manera alternada o continuada, recurrente y sostenida en el tiempo. El objetivo de este maltrato es desestabilizar a la víctima, aislarla, destruir su reputación, deteriorar su autoestima y disminuir su capacidad laboral, buscando finalmente degradarla y eliminarla progresivamente de su puesto de trabajo. Este tipo de acoso puede manifestarse a través de humillaciones constantes, críticas destructivas e infundadas, asignación de tareas imposibles o degradantes, aislamiento, difusión de rumores falsos, entre otras tácticas.
Consecuencias de la Violencia y Discriminación Laboral
Las consecuencias de la violencia y discriminación laboral trascienden a la persona afectada, impactando en diferentes niveles:
- En el trabajador o trabajadora: Las consecuencias pueden ser devastadoras para la salud física y psicológica. Pueden manifestarse en estrés crónico, ansiedad, depresión, trastornos del sueño, problemas gastrointestinales, debilitamiento del sistema inmunológico, y en casos extremos, trastornos de estrés postraumático. A nivel social, la violencia laboral puede afectar negativamente las relaciones interpersonales y familiares, generando aislamiento y dificultades en la vida personal.
- En la organización: Las empresas u organizaciones que permiten o no gestionan adecuadamente la violencia y discriminación laboral sufren importantes perjuicios. Se genera un clima de malestar generalizado entre los empleados, lo que conduce a una disminución de la moral y la motivación. Esto se traduce en una baja productividad, un desaprovechamiento del talento y las capacidades del personal, un aumento del ausentismo y la rotación de empleados, y en última instancia, pérdidas económicas y un grave desprestigio social para la institución.
- En la sociedad: A un nivel más amplio, la persistencia de la violencia y discriminación laboral consolida patrones de desigualdad y discriminación existentes. Favorece el descreimiento de la ciudadanía en las instituciones encargadas de proteger los derechos de los trabajadores y en la capacidad de la justicia para resolver estos conflictos, minando la confianza en el sistema social y legal.
¿Qué Situaciones NO se Consideran Violencia Laboral?
Es importante diferenciar la violencia laboral de otras situaciones que, aunque pueden generar malestar o dificultades en el entorno de trabajo, no constituyen acoso o violencia en los términos definidos legalmente. Esta distinción es crucial para abordar cada situación de manera adecuada:
| Situación Considerada Violencia Laboral (Arbitraria y Abusiva) | Situación NO Considerada Violencia Laboral (Normal o Manejable) |
|---|---|
| Trato desigual sin justificación objetiva (raza, sexo, religión, etc.) | Diferencias de trato basadas en mayor desempeño o dedicación |
| Conductas abusivas con intención de someter o excluir | Conflictos o divergencias laborales puntuales |
| Agresión física deliberada | Incidentes aislados o roces interpersonales |
| Acoso sexual (conducta reiterada no consentida) | Relaciones interpersonales difíciles o tensiones |
| Acoso psicológico recurrente y sostenido (mobbing) | Exigencias organizacionales legítimas (cambios de puesto, horario, etc. conformes al contrato y necesidades reales) |
| Conductas que buscan desestabilizar, aislar, destruir reputación | Estrés laboral (respuesta a presiones inherentes a la tarea) |
| Acciones para degradar y eliminar progresivamente al trabajador | Síndrome de Burnout (agotamiento profesional) |
Es fundamental entender que los conflictos laborales son divergencias o dificultades en la relación o reclamos sobre condiciones de trabajo; sus causas suelen ser claras y no implican una intención sistemática de daño. Las exigencias organizacionales, como cambios de puesto o sector, son legítimas si se ajustan al contrato y a necesidades reales de la empresa, comunicadas adecuadamente y sin abuso de derecho. El estrés laboral y el síndrome de burnout, por otro lado, son consecuencias de la carga de trabajo o las características de la tarea, no actos de violencia interpersonal dirigidos a dañar a un individuo particular.
Preguntas Frecuentes sobre Discriminación y Violencia Laboral en Argentina
A continuación, abordamos algunas de las preguntas más comunes relacionadas con este tema:
¿Qué se entiende por violencia laboral?
Se entiende por violencia laboral una forma de abuso de poder que tiene por finalidad excluir o someter al otro. Puede manifestarse como agresión física, acoso sexual o acoso o violencia psicológica. Puede presentarse tanto en sentido vertical (ascendente o descendente) como entre pares. Puede ejercerse por acción o por omisión. Afecta la salud y el bienestar de las personas que trabajan y configura una violación a los derechos humanos y laborales.

¿Cuáles son las formas de la violencia laboral?
Las formas de violencia laboral son: Agresión física (conducta dirigida a ocasionar daño físico), Acoso sexual (conducta o comentario reiterado con connotación sexual basado en el poder, no consentido) y Acoso psicológico (maltrato modal o verbal, alterno o continuado, recurrente y sostenido en el tiempo buscando desestabilizar, aislar, destruir reputación, deteriorar autoestima y disminuir capacidad laboral para degradar y eliminar progresivamente).
¿Cuáles son las consecuencias de la violencia laboral?
Las consecuencias de la violencia laboral son diversas. En el trabajador o trabajadora, afecta su salud psico-física y puede producir consecuencias negativas en sus relaciones sociales y familiares. En la organización, produce malestar, disminución en la productividad, desaprovechamiento de capacidades, pérdidas económicas y desprestigio social. En la sociedad, consolida la discriminación y favorece el descreimiento en las instituciones y la justicia.
¿Qué NO ES violencia laboral?
No se considera violencia laboral a los Conflictos laborales (divergencias o dificultades de relación o reclamos sobre condiciones laborales), las Exigencias organizacionales (situaciones orientadas a satisfacer exigencias de la organización guardando el respeto debido a la dignidad del trabajador y sus derechos, conforme al contrato y necesidades reales), el Estrés laboral (respuesta fisiológica, psicológica y de comportamiento ante presiones) y el “Burnout” (síndrome de agotamiento profesional).
En la normativa laboral vigente, ¿hay alguna referencia respecto de la discriminación arbitraria?
Sí, el artículo 81 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo implica una manifestación del principio de igualdad de trato y no discriminación. Prohíbe la discriminación arbitraria fundada en razones de sexo, religión o raza, pero no aquellas que son consecuencia de la diferencia de situaciones objetivas, como la mayor eficacia o laboriosidad. Entendemos que estaría a cargo del trabajador probar la identidad de situaciones y el trato desigual y al empleador demostrar las razones que justificaron la desigualdad.
Dónde Buscar Ayuda y Orientación
Si usted está experimentando situaciones de discriminación o violencia laboral, es fundamental buscar asesoramiento y ayuda. Existen organismos y canales de atención que pueden brindar orientación y acompañamiento en estos casos. La Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL), dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, es una de las instancias a las que se puede recurrir.
Las entrevistas de asesoramiento suelen ser de carácter confidencial y personal. Para obtener una entrevista personal en la sede de la OAVL (Alem 650, piso 4, CABA), es necesario comunicarse previamente por teléfono para solicitar un turno de atención. El teléfono para coordinar turnos es (011) 4310-5525, con atención en días hábiles de 9 a 17 hs.
Adicionalmente, por razones de público conocimiento relacionadas con la pandemia de coronavirus (CoVid-19), la atención e información se han reforzado a través de vías remotas. El Centro de Orientación al Ciudadano (COC) ofrece atención telefónica gratuita al 0800 666 4100. También es posible realizar consultas por correo electrónico a la dirección [email protected] o utilizando el formulario de contacto disponible en los canales oficiales del Ministerio. Es importante recordar que estas vías alternativas pueden ser la forma principal de contacto en determinados contextos o por comodidad del consultante.
Conocer tus derechos y las vías disponibles para denunciar y buscar ayuda es el primer paso para enfrentar la discriminación y la violencia en el trabajo. Nadie debería tener que soportar un ambiente laboral donde su dignidad sea vulnerada. La Ley de Contrato de Trabajo y otros marcos normativos brindan protección, y organismos especializados están disponibles para acompañar a quienes lo necesiten en Argentina.
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