¿Cuánto se le paga a un administrador de fincas?

¿Cuánto Gana un Administrador de Fincas?

27/11/2010

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Si alguna vez te has preguntado quién se encarga de que tu comunidad de vecinos funcione correctamente, mantenga sus instalaciones en buen estado y gestione las cuentas, la respuesta es probable que sea un administrador de fincas. Estos profesionales son esenciales para la convivencia y el mantenimiento de los inmuebles, pero ¿cuánto perciben por esta importante labor en España? Si estás considerando esta carrera o simplemente tienes curiosidad, aquí desvelamos los detalles sobre su remuneración y otros aspectos relevantes.

¿Qué se necesita para trabajar en una administración de fincas?
Para ser administrador/a de fincas, se necesita principalmente estar en posesión de una titulación superior de estudios, relacionada con la profesión, o realizar y aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas autorizado por el Ministerio de Fomento.

Un administrador de fincas es mucho más que un simple gestor; es el encargado de velar por el buen uso, funcionamiento y conservación de las instalaciones de una comunidad de propietarios. Sus tareas son variadas y abarcan desde la gestión económica hasta la resolución de conflictos, pasando por la supervisión de obras y el cumplimiento de la legalidad vigente. Dada la responsabilidad que implica, es natural preguntarse cuánto se le paga por estas funciones.

Índice de Contenido

El Sueldo Medio de un Administrador de Fincas en España

Determinar un sueldo único para un administrador de fincas es complejo, ya que varía significativamente dependiendo de varios factores. Este profesional puede trabajar de forma autónoma, ofreciendo sus servicios directamente a diferentes comunidades, o puede ser asalariado en una empresa gestora de fincas.

Si trabaja como asalariado para una gestora, podemos hablar de un sueldo medio anual. Tras consultar diferentes portales de empleo y basándonos en la información proporcionada, el rango salarial aproximado para un gestor de comunidades en España se sitúa entre los 20.000 y 35.000 euros brutos anuales. Esto se traduce en un sueldo medio mensual que oscila aproximadamente entre 1.900 y 2.400 euros brutos, distribuidos en doce o catorce pagas.

Es crucial entender que este rango es solo una referencia y está influenciado por diversos elementos:

  • Obligaciones y volumen de trabajo: La cantidad de comunidades gestionadas y la complejidad de las mismas impactan directamente en el sueldo.
  • Experiencia en el sector: Un profesional con años de trayectoria y éxito en la gestión de fincas suele percibir una remuneración mayor.
  • Comunidad Autónoma: El coste de vida y la demanda de servicios de administración de fincas varían entre regiones, lo que puede afectar los salarios.
  • Nivel formativo: Contar con titulaciones específicas o formación adicional puede mejorar las perspectivas salariales.

¿Cómo Funcionan los Honorarios de un Administrador de Fincas Autónomo?

Cuando un administrador de fincas trabaja por cuenta propia, establece sus propios honorarios, que pacta directamente con cada comunidad de propietarios a la que presta servicio. Aunque existen Colegios Profesionales de Administradores de Fincas que pueden tener baremos orientativos, el gestor autónomo no está estrictamente obligado a seguirlos.

Los honorarios se fijan considerando varios factores:

  • Las horas de trabajo estimadas que deberá dedicar a la comunidad.
  • El tamaño de la comunidad de propietarios (número de viviendas, locales, garajes).
  • Los servicios específicos que se incluyen en la tarifa base (gestión ordinaria, contabilidad, etc.).
  • Servicios adicionales que se facturan aparte (asistencia a juntas extraordinarias, gestiones legales específicas, contratación y supervisión de terceros como conserjes o jardineros).

Una forma común de establecer la tarifa es basándose en el número de unidades (viviendas, locales, garajes) de la comunidad. Según la información disponible, la tarifa por vivienda o bajo comercial suele estar entre los 3 y 6 euros mensuales, mientras que por plaza de garaje se estima entre 2 y 3 euros mensuales. A estas cantidades base se le suman los importes por otros servicios, como la asistencia a juntas o la gestión de recibos y obras.

Ejemplo Orientativo de Honorarios (Basado en Unidades)

ConceptoTarifa Mensual Estimada
Vivienda o Local Comercial3 - 6 euros/unidad
Plaza de Garaje2 - 3 euros/unidad
Servicios Adicionales (Juntas Extra, Gestión Específica)Importe a pactar o por servicio

Es importante destacar que esta tabla es solo una referencia general y los honorarios finales siempre son objeto de negociación y acuerdo entre el administrador y la Junta de Propietarios.

¿Quién contrata al administrador de fincas?
El administrador de fincas es elegido por la Junta de propietarios para llevar a cabo la gestión técnica de la comunidad.

Requisitos para Convertirse en Administrador de Fincas

Si te atrae esta profesión, es fundamental conocer los requisitos para ejercerla legalmente en España. Para ser administrador de fincas, se necesita principalmente poseer una titulación que te habilite para ello. Existen dos vías principales reconocidas:

  1. Tener una titulación universitaria superior: Carreras como Derecho, Económicas, Ciencias Políticas, Administración y Dirección de Empresas o Empresariales suelen ser aceptadas.
  2. Aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas: Este plan de estudios específico está autorizado por el Ministerio de Fomento y se imparte en diversas universidades españolas como título propio, con una duración aproximada de tres años.

La ley establece que el cargo de administrador puede ser ejercido por cualquier persona física con cualificación suficiente y legalmente reconocida, o por corporaciones y personas jurídicas. Esto significa que la formación es un pilar fundamental.

¿Es Obligatoria la Colegiación?

Inicialmente, normativas antiguas como el Decreto 693/1968 parecían indicar que la colegiación era indispensable. Sin embargo, la Ley 25/2009, aunque menciona que la colegiación es obligatoria cuando una ley estatal así lo establezca, actualmente no existe una ley que imponga la obligación de colegiarse para ejercer como administrador de fincas. Por lo tanto, la colegiación hoy en día no es un requisito legal indispensable, sino una posibilidad.

Beneficios de Pertenecer a un Colegio Profesional

Aunque no sea obligatorio, inscribirse en un Colegio Profesional de Administradores de Fincas ofrece importantes beneficios tanto para el profesional como para las comunidades que lo contratan:

  • Garantía de profesionalidad: La pertenencia a un colegio suele implicar el cumplimiento de códigos deontológicos y un control sobre la práctica profesional.
  • Seguros de responsabilidad civil y caución: Los colegios suelen exigir o facilitar la contratación de seguros que cubren posibles daños derivados de la actuación profesional y garantizan la gestión económica. Esto aporta seguridad a los propietarios.
  • Formación continua y recursos: Muchos colegios ofrecen acceso a formación actualizada, bases de datos de jurisprudencia y otros recursos útiles para el ejercicio de la profesión.
  • Respaldo institucional: En caso de conflicto, el colegio puede intervenir o servir de cauce para reclamaciones.

El acceso a un colegio profesional requiere cumplir con los requisitos de formación y presentar documentación administrativa (solicitud, fotocopia del título, DNI, fotografías, declaración jurada) y económica (cuota de entrada, cuota mensual, fianza).

Funciones Clave del Administrador de Fincas

El administrador de fincas, ya sea persona física o jurídica, es contratado por la comunidad de propietarios para gestionar todos los asuntos relacionados con el inmueble. Sus funciones, recogidas en la Ley de Propiedad Horizontal y en la práctica profesional, son amplias:

  • Gestión económica: Elaboración de presupuestos, control de gastos e ingresos, gestión de la morosidad, presentación de cuentas anuales.
  • Gestión legal y administrativa: Asesoramiento a la comunidad, cumplimiento de normativas, redacción de actas de juntas, gestión de documentación.
  • Gestión técnica y de mantenimiento: Contratación y supervisión de servicios de mantenimiento (limpieza, jardinería, ascensores), gestión de reparaciones ordinarias y extraordinarias, seguimiento de obras.
  • Convocatoria y asistencia a Juntas: Preparación de convocatorias, moderación de reuniones (aunque no es obligatorio, es habitual), redacción de actas.
  • Mediación y resolución de conflictos: Ayudar a gestionar desacuerdos entre vecinos o con terceros.

En resumen, se ocupa de mantener adecuadamente la Comunidad de Propietarios y de asesorarles en todo lo necesario, teniendo en cuenta las particularidades de cada finca.

La Relación entre el Administrador y el Presidente de la Comunidad

En una comunidad de propietarios, coexisten varias figuras importantes, siendo el presidente y el administrador de fincas dos de las más visibles. Aunque ambos trabajan para la comunidad, sus roles son distintos y están definidos por la Ley de Propiedad Horizontal.

El Presidente de la Comunidad es el representante legal de la comunidad y ostenta la máxima autoridad ejecutiva, siendo elegido normalmente entre los propietarios. Sus funciones incluyen convocar Juntas, representar a la comunidad en juicio y firmar contratos.

¿Qué estudios hay que tener para ser administrador de fincas?
Debes tener presente que para ejercer como administrador de fincas has de tener estudios universitarios superiores en ramas como Derecho o Económicas, o haber superado un curso reconocido por el Consejo General de Colegios Administradores de Fincas.

El Administrador de Fincas, por su parte, es un profesional (o empresa) contratado por la Junta de Propietarios para llevar a cabo la gestión técnica y administrativa. Es un órgano de la comunidad, delegado por los propietarios para ejecutar las decisiones tomadas en Junta y encargarse del día a día.

Es común pensar que el administrador está supeditado al presidente, pero legalmente ambos son órganos de la comunidad, aunque con funciones diferentes. El administrador reporta a la Junta de Propietarios, que es el órgano soberano de la comunidad.

¿Puede el Presidente Despedir al Administrador?

Una duda frecuente es si el presidente de la comunidad tiene la potestad unilateral de cesar al administrador de fincas. La respuesta, según la Ley de Propiedad Horizontal, es clara: no, el presidente no puede cesar al administrador por sí solo.

La elección y el cese del administrador son competencia de la Junta de Propietarios. Si la comunidad no está satisfecha con los servicios del administrador, esta situación debe ser tratada en una Junta (ordinaria o extraordinaria) y la decisión de prescindir de sus servicios debe ser aprobada mediante votación de los propietarios, siguiendo los quórums establecidos por la ley o los estatutos de la comunidad.

Si el administrador es cesado antes de que finalice el periodo por el que fue contratado y considera que no existe una causa justificada para ello, podría incluso reclamar una indemnización.

Preguntas Frecuentes sobre la Administración de Fincas

Aquí respondemos algunas dudas comunes sobre esta profesión:

¿Qué formación específica se necesita si no tengo un título universitario habilitante?

Debes cursar y aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas, reconocido por el Ministerio de Fomento. Asegúrate de que el curso que elijas esté reconocido por el Consejo General de Colegios Administradores de Fincas si no tienes una titulación universitaria pertinente.

¿Cuánto se le paga a un administrador de fincas?
Por lo tanto, después de consultar diferentes portales de empleo vemos que un gestor de comunidades cobra, aproximadamente en España, entre los 20.000 y los 35.000 euros anuales, lo que se traduce en un sueldo medio mensual de entre 1.900 y 2.400 euros.

¿Es obligatorio colegiarse para ejercer?

Actualmente, no existe una ley estatal que imponga la colegiación obligatoria para ejercer como administrador de fincas en España. Es opcional, pero altamente recomendable por los beneficios que aporta (seguros, formación, respaldo).

¿Quién contrata al administrador de fincas?

El administrador de fincas es contratado y elegido por la Junta de Propietarios de la comunidad, generalmente por un periodo de un año, aunque el contrato puede ser por un tiempo mayor. La decisión se toma en Junta mediante votación.

¿Puede el presidente de la comunidad tomar todas las decisiones?

No. Aunque el presidente es el representante legal y ejecutor de los acuerdos, la máxima autoridad recae en la Junta de Propietarios. Las decisiones importantes, como la aprobación de presupuestos, obras o el cese del administrador, deben ser acordadas en Junta.

¿Qué diferencia hay entre el presidente y el administrador?

El presidente es un propietario elegido para representar a la comunidad y ejecutar los acuerdos. El administrador es un profesional (o empresa) contratado para gestionar el día a día, la economía, la administración y el mantenimiento de la finca, siguiendo las directrices de la Junta y el presidente.

La profesión de administrador de fincas es dinámica y esencial para el correcto funcionamiento de la vida en comunidad. Requiere una formación sólida, conocimientos variados (legales, económicos, técnicos) y habilidades de gestión y comunicación. Si bien el rango salarial puede variar, las responsabilidades son significativas y su labor contribuye directamente al bienestar y la revalorización de los inmuebles que gestiona.

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