24/11/2007
La Unión Tranviarios Automotor (UTA) y las cámaras empresarias del sector han alcanzado un nuevo acuerdo en el marco de las negociaciones paritarias. Este entendimiento, que se enmarca dentro del Convenio Colectivo de Trabajo que rige la actividad, trae consigo importantes mejoras salariales y ajustes en otros conceptos para el personal que se desempeña en el transporte urbano y suburbano de pasajeros en Argentina. La negociación es un proceso fundamental para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores y asegurar condiciones laborales justas, adaptándose al contexto económico del país y a las particularidades del sector.

Este tipo de acuerdos son el resultado de extensas discusiones entre los representantes de los trabajadores, nucleados en el gremio, y las entidades que agrupan a las empresas empleadoras. La participación de la Secretaría de Trabajo, como mediadora y garante del proceso, subraya la importancia de estas negociaciones para la estabilidad del sector y el bienestar de miles de familias que dependen directamente de esta actividad. El diálogo entre las partes es clave para encontrar puntos de consenso que permitan avanzar y evitar conflictos que puedan afectar el servicio público esencial que brindan los choferes de colectivo.
El Nuevo Acuerdo Salarial UTA: Detalles Clave para 2025
El acta firmada recientemente establece un cronograma de aumentos para el salario básico conformado de los choferes. Estos incrementos buscan acompañar, en cierta medida, la evolución de los costos y precios, aunque las partes ya se comprometieron a revisar la situación en el futuro cercano para evaluar posibles actualizaciones adicionales.
Según lo acordado, el salario básico conformado para el personal del transporte urbano y suburbano de pasajeros alcanzará los siguientes valores:
- A partir del 1° de mayo de 2025, el monto se elevará a $1.270.000.
- A partir del 1° de junio de 2025, el monto ascenderá a $1.300.000.
Es importante destacar que estos montos corresponden al salario básico conformado y se aplicarán en forma proporcional al tiempo trabajado por cada empleado. Esto significa que los trabajadores que cumplan una jornada completa percibirán el monto total, mientras que aquellos con jornadas reducidas recibirán la parte proporcional correspondiente.
Además de los aumentos en el salario básico, el acuerdo también contempla una mejora en otros componentes importantes de la remuneración, como son los viáticos y el reintegro de gastos asociados a la tarea diaria. Estos conceptos son fundamentales ya que compensan los gastos que los trabajadores incurren en el desempeño de sus funciones, como alimentación durante las extensas jornadas.
Ambas partes, tanto el gremio como las cámaras empresarias, han reconocido la necesidad de mantener un seguimiento constante de la situación económica. Por ello, se comprometieron a reunirse nuevamente durante el mes de junio (posterior a la firma del acta) con el objetivo de evaluar si es necesaria una nueva actualización salarial. Esta revisión tomará como referencia la evolución de los precios de la economía en general y los costos específicos que enfrenta el sector del transporte automotor de pasajeros.
Tabla Comparativa de Salarios Básicos Acordados para 2025
Para visualizar de forma clara los incrementos en el salario básico conformado, presentamos la siguiente tabla:
| Concepto | Monto (a partir de) |
|---|---|
| Salario Básico Conformado | $1.270.000 (1° Mayo 2025) |
| Salario Básico Conformado | $1.300.000 (1° Junio 2025) |
Estos valores representan el piso salarial para la categoría de choferes, aplicable de manera proporcional al tiempo efectivo de trabajo. La negociación de estos montos es vital para la calidad de vida de los trabajadores y para asegurar que el servicio de transporte pueda operar de manera sostenible.
La Jornada Laboral de un Chofer de Colectivo: Horas y Descansos
Ser chofer de colectivo es una actividad que demanda una dedicación considerable y que se desarrolla mayormente en la vía pública. La jornada laboral de estos trabajadores está regulada tanto por la legislación general como por el Convenio Colectivo de Trabajo específico de la actividad, suscripto por la UTA.

Según lo establece el convenio, la jornada laboral estándar para un chofer es de 8 horas diarias. Sin embargo, la naturaleza del servicio y las necesidades operativas permiten la realización de horas extras. Un chofer puede agregar hasta 4 horas extras a su jornada habitual, lo que lleva la duración máxima de un día de trabajo a 12 horas. Esta posibilidad de extender la jornada está contemplada dentro del marco legal y convencional.
La regulación de la jornada laboral se rige por la Ley Nro. 11.544, que establece las bases para la duración del trabajo en diversas actividades, y sus normas modificatorias y complementarias. El Convenio Colectivo de Trabajo de la UTA adapta estas leyes a las particularidades del sector del transporte. La jornada debe cumplirse respetando los horarios de inicio y fin establecidos por cada empresa, de acuerdo a sus modalidades operativas.
El convenio también contempla la posibilidad de que existan jornadas inferiores a las ocho horas diarias o a las cuarenta y ocho semanales. En estos casos, el trabajador percibirá su salario de forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas. Asimismo, se permite que las empresas modifiquen y distribuyan los horarios de trabajo en jornadas de diferente duración, siempre dentro de las facultades que la ley otorga a los empleadores y respetando los límites máximos.
En cuanto a la jornada laboral promedio, el convenio colectivo fija un máximo de 192 horas mensuales. Este promedio mensual permite una flexibilidad en la distribución de las horas a lo largo de las semanas, siempre y cuando no se superen las 12 horas diarias (8 horas habituales más hasta 4 horas extras) y se respete el promedio mensual establecido.
Particularidades de la Jornada Nocturna y los Descansos
El trabajo nocturno tiene una consideración especial en la actividad. El convenio de la UTA define la jornada nocturna como el período comprendido entre las 21 horas de un día y las 6 de la mañana del día siguiente. Las horas trabajadas dentro de este lapso se computan de manera diferente: cada hora efectiva de trabajo nocturno equivale a una hora y ocho minutos a los fines del cálculo de la jornada.
Los recorridos de las líneas, especialmente en áreas metropolitanas, suelen tener una duración de entre una y dos horas. El convenio establece que, idealmente, estos recorridos deberían estar separados por descansos de al menos 15 minutos. Estos breves períodos de pausa son importantes para la concentración del chofer y para mitigar la fatiga.
Un elemento de control y registro de la jornada laboral es la Libreta de Trabajo. En este documento, los choferes deben registrar tanto los recorridos realizados como los descansos tomados, lo que permite llevar un control detallado del cumplimiento de los horarios y las pausas.
Además de los descansos cortos entre recorridos, es fundamental el descanso semanal y el descanso entre jornadas. La Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744), aplicable a todos los trabajadores en relación de dependencia, establece un descanso obligatorio mínimo de 12 horas consecutivas entre el fin de una jornada laboral y el inicio de la siguiente. Los choferes de colectivo deben cumplir con este requisito para asegurar una recuperación adecuada.

Respecto al descanso semanal, el convenio colectivo determina que cada trabajador gozará de un franco semanal mínimo y continuado de 24 horas. Este franco se computa de 0 a 24 horas del día que corresponda.
En el caso particular de los choferes que, debido a la programación de los servicios, deban trabajar los días sábados y domingos, el convenio establece un régimen de francos diferenciado. Estos trabajadores gozarán de seis (6) días francos mensuales. La frecuencia máxima entre los días francos será de seis días de trabajo. Mensualmente, deben tener un mínimo de 1 día y un máximo de 2 días de franco por semana, los cuales deben intercalarse para alcanzar los seis días mensuales estipulados. Adicionalmente, el convenio especifica que, obligatoriamente, uno de cada cuatro francos debe recaer en día domingo. Este sistema busca equilibrar las necesidades operativas del servicio, que funciona todos los días, con el derecho al descanso de los trabajadores.
Los Desafíos Diarios del Oficio
La tarea de un chofer de colectivo va más allá de simplemente conducir un vehículo. Es una actividad que implica pasar muchas horas en la calle, lidiando constantemente con el tránsito y estando en permanente contacto con los pasajeros. Estas condiciones pueden generar un nivel significativo de estrés, sumado a la responsabilidad de transportar a cientos de personas de manera segura a diario.
El manejo en entornos urbanos y suburbanos, con su densidad de tráfico, imprevistos y la necesidad de cumplir con horarios, requiere una alta concentración y tolerancia a la presión. La interacción con el público, aunque generalmente positiva, también presenta desafíos, ya que el chofer es la cara visible de la empresa y debe atender diversas situaciones.
A estos aspectos operativos, se suman las preocupaciones económicas y gremiales que históricamente han afectado al sector en Argentina. La discusión sobre los salarios, el impacto de la inflación en el poder adquisitivo, los costos operativos de las empresas (como el precio del combustible) y las negociaciones sobre subsidios y tarifas del boleto son temas recurrentes que forman parte del contexto en el que se desarrolla la labor de los choferes.
A pesar de estos desafíos, la profesión es esencial para el funcionamiento de las ciudades, permitiendo la movilidad diaria de millones de personas. Los acuerdos paritarios como el recientemente firmado buscan reconocer esta labor y asegurar condiciones laborales y salariales que reflejen su importancia.
Preguntas Frecuentes sobre el Acuerdo UTA y la Jornada Laboral
- ¿Cuál fue el aumento salarial acordado por UTA para choferes?
El acuerdo establece un incremento en el salario básico conformado, llevándolo a $1.270.000 a partir del 1° de mayo de 2025 y a $1.300.000 a partir del 1° de junio de 2025. - ¿Cuándo entran en vigencia los nuevos salarios?
Los nuevos montos para el salario básico conformado rigen a partir del 1° de mayo de 2025 ($1.270.000) y del 1° de junio de 2025 ($1.300.000). - ¿Cómo quedan los viáticos y reintegros?
El acuerdo contempla un incremento en los montos correspondientes a viáticos y reintegro de gastos, aunque el texto no especifica los nuevos valores exactos, solo que fueron aumentados. - ¿Cuántas horas trabaja un chofer de colectivo por día?
La jornada laboral estándar es de 8 horas diarias, pero puede extenderse hasta 12 horas con la realización de horas extras. - ¿Cuál es el límite de horas extras que pueden hacer?
Pueden realizar hasta 4 horas extras por día, sumando un máximo de 12 horas de trabajo en total por jornada. - ¿Existe un límite de horas mensuales?
Sí, el convenio establece una jornada laboral máxima promedio mensual de 192 horas. - ¿Cómo se computa la jornada nocturna?
Las horas trabajadas entre las 21:00 y las 06:00 se consideran jornada nocturna y cada hora efectiva se computa como una hora y ocho minutos. - ¿Cuánto debe durar el descanso entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente?
El descanso obligatorio entre jornadas no debe ser inferior a 12 horas consecutivas, según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo. - ¿Cuántos francos semanales tienen los choferes?
Generalmente gozan de un franco semanal mínimo y continuado de 24 horas. Si trabajan sábados y domingos, tienen 6 días francos mensuales, con reglas específicas sobre su distribución y la obligatoriedad de que uno de cada cuatro caiga en domingo. - ¿El acuerdo contempla futuras revisiones?
Sí, las partes se comprometieron a reunirse nuevamente en junio (posterior a la firma) para evaluar una posible actualización salarial adicional basada en la evolución de precios y costos del sector.
Este acuerdo representa un paso importante en la actualización de las condiciones laborales y salariales de los choferes de colectivo, un sector clave para la movilidad urbana y suburbana.
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