29/07/2021
En el dinámico mundo laboral, tanto las empresas como los trabajadores buscan constantemente oportunidades de crecimiento y estabilidad. Los gobiernos, a través de diversas iniciativas, buscan facilitar este encuentro y potenciar el desarrollo de la fuerza laboral. En Chile, una de estas herramientas es un programa impulsado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, más conocido como Sence, diseñado para incentivar la contratación formal y la capacitación de nuevos empleados. Este programa ofrece a las empresas dos tipos de bonificaciones que, aunque forman parte de una misma estrategia de fomento, operan bajo reglas distintas y complementarias.

Comprender en detalle estas bonificaciones es crucial para las empresas que buscan expandir su equipo de trabajo y para los profesionales que pueden beneficiarse de ser contratados bajo este esquema. El programa se estructura en dos componentes principales: una bonificación directa por el acto de contratar personal y otra bonificación destinada específicamente a cubrir los costos asociados a la formación de esos nuevos trabajadores. Ambas buscan reducir la carga financiera que implica el crecimiento de una empresa y mejorar la calidad del capital humano disponible en el mercado.
- Bonificación por Contratación: Un Apoyo al Costo Inicial
- Bonificación por Capacitación: Invirtiendo en Habilidades
- Diferencias Clave entre Ambas Bonificaciones
- ¿Quién Administra Este Programa?
- Proceso de Postulación y Recursos Disponibles
- Beneficios Mutuos: Empresas y Trabajadores
- Preguntas Frecuentes
Bonificación por Contratación: Un Apoyo al Costo Inicial
La primera arista de este programa es la Bonificación por Contratación. Su objetivo principal es aliviar a las empresas de una parte significativa del costo salarial durante el primer año de un nuevo contrato. Este apoyo financiero se calcula tomando como referencia el ingreso mínimo mensual vigente en el país, un valor que es establecido por ley y que puede ser ajustado periódicamente.
El mecanismo de esta bonificación es escalonado, proporcionando un mayor soporte al inicio del vínculo laboral. Durante los primeros seis meses de contrato de cada trabajador incorporado bajo este programa, la empresa beneficiaria recibe una bonificación equivalente a un 60% del ingreso mínimo mensual. Este porcentaje representa una ayuda considerable, facilitando a la empresa la adaptación a los costos que implica incorporar nuevo personal, desde el salario base hasta las cotizaciones previsionales y de salud asociadas.
Una vez superado el sexto mes de contrato, el apoyo continúa, pero a una tasa menor. Desde el séptimo mes hasta completar el duodécimo mes (es decir, por los próximos seis meses), la bonificación que recibe la empresa es equivalente a un 20% del ingreso mínimo mensual. Aunque menor que la bonificación inicial, este 20% sigue representando un alivio financiero que se extiende por un período considerable, completando un año completo de apoyo a la contratación.
Un aspecto importante a considerar es la flexibilidad de esta bonificación respecto a los cambios en la legislación laboral. Si durante el período de 12 meses en que la empresa está recibiendo este beneficio el valor del ingreso mínimo mensual es modificado por ley, el cálculo de la bonificación se ajustará automáticamente. La bonificación pasará a calcularse en función del nuevo monto del ingreso mínimo vigente en ese momento, asegurando que el apoyo económico se mantenga proporcional a los costos salariales actuales.
Esta bonificación por contratación es un estímulo directo para que las empresas formales amplíen sus plantillas, creando nuevos puestos de trabajo y ofreciendo a los trabajadores la seguridad y los beneficios asociados a un contrato laboral formal. Es una herramienta pensada para dinamizar el mercado laboral y reducir las barreras de entrada para la creación de empleo.
Bonificación por Capacitación: Invirtiendo en Habilidades
La segunda bonificación que ofrece este programa se centra en el desarrollo del capital humano: la Bonificación por Capacitación. A diferencia de la bonificación por contratación, que se otorga por el simple hecho de contratar, esta segunda bonificación está ligada a la decisión de la empresa de invertir en la formación y mejora de las habilidades de sus nuevos empleados.
Es fundamental entender que la capacitación en este contexto es optativa. Esto significa que una empresa puede acceder a la bonificación por contratación sin estar obligada a capacitar a los nuevos trabajadores. Sin embargo, si la empresa decide ir más allá y apostar por la formación de su personal contratado a través de este programa, podrá optar a este beneficio adicional.
El monto de esta bonificación es un apoyo económico directo para cubrir los costos que implican los programas de formación. La empresa será bonificada por un monto de hasta $400.000 (cuatrocientos mil pesos) por cada persona que sea contratada bajo este programa y que, además, reciba capacitación. Este límite máximo por persona permite a las empresas acceder a capacitaciones de diversa índole y duración, dependiendo de las necesidades específicas del puesto y del trabajador.
La capacitación para la cual se solicita la bonificación debe ser ejecutada a través de canales formales y reconocidos. Específicamente, la formación debe ser impartida por un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC), que son entidades certificadas para dictar cursos y programas de formación, o por un Relator Interno de la propia empresa, siempre y cuando este último cumpla con los requisitos que el programa establezca para validar la calidad de la capacitación. Esta flexibilidad permite a las empresas adaptar la formación a sus procesos internos si cuentan con la capacidad para ello, o recurrir a especialistas externos.
Es importante destacar que esta bonificación por capacitación se otorga por cada persona contratada y por una sola vez. Esto significa que si una empresa contrata a cinco personas bajo el programa y decide capacitar a las cinco, puede recibir hasta $400.000 por cada una de ellas, sumando un potencial de hasta $2.000.000 en bonificaciones por capacitación para ese grupo. Sin embargo, una vez que se ha bonificado la capacitación de un trabajador específico, no se puede volver a solicitar este bono para ese mismo trabajador en el futuro, incluso si recibiera formación adicional.
Esta bonificación incentiva a las empresas a ver la capacitación no como un gasto, sino como una inversión estratégica. Un trabajador mejor capacitado es generalmente más productivo, más adaptable a los cambios tecnológicos y organizacionales, y contribuye de mejor manera al logro de los objetivos de la empresa. Al reducir el costo de esta inversión, el programa facilita la mejora continua de las habilidades de la fuerza laboral chilena.
Diferencias Clave entre Ambas Bonificaciones
Aunque ambas bonificaciones forman parte del mismo programa de fomento al empleo y la capacitación, sus características son distintas y atienden a propósitos ligeramente diferentes. La bonificación por contratación es un apoyo directo a la carga financiera inicial del salario y las cotizaciones, extendiéndose por 12 meses y calculándose como un porcentaje del ingreso mínimo. Es casi automática al contratar bajo las condiciones del programa.
Por otro lado, la bonificación por capacitación es un incentivo para una acción específica y opcional: la formación del trabajador. Se otorga como un monto fijo máximo por persona (hasta $400.000), se entrega una sola vez por trabajador y requiere que la capacitación se realice a través de vías reconocidas (OTEC o Relator Interno). Su propósito es promover la inversión en capital humano calificado.
Una empresa puede beneficiarse de la bonificación por contratación sin necesidad de acceder a la de capacitación. Sin embargo, si decide capacitar, puede sumar ambos beneficios, maximizando el apoyo estatal para la incorporación y desarrollo de nuevos talentos en su organización. Esta estructura modular permite a las empresas adaptar el uso del programa a sus necesidades y estrategias específicas.
¿Quién Administra Este Programa?
La información proporcionada, al mencionar a Sence, señala claramente a esta institución como la entidad responsable de la administración e implementación de este programa de bonificaciones. El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo es el organismo del Estado de Chile encargado de ejecutar las políticas públicas en materia de formación profesional y empleo. Su rol incluye el diseño, la gestión y la fiscalización de programas que buscan mejorar la empleabilidad de las personas y la competitividad de las empresas a través de la capacitación y el fomento del empleo formal.
Sence es la entidad a la que las empresas deben dirigirse para obtener información oficial, postular al programa, y gestionar la recepción de las bonificaciones. Su infraestructura y plataformas son clave para la operación eficiente de este tipo de iniciativas a nivel nacional, asegurando que los recursos lleguen a las empresas que cumplen con los requisitos y que las capacitaciones, cuando se realicen, cumplan con ciertos estándares de calidad.
Proceso de Postulación y Recursos Disponibles
Para las empresas interesadas en acceder a estas bonificaciones, el primer paso es verificar si cumplen con los criterios de elegibilidad establecidos por el programa. La información proporcionada menciona la existencia de una herramienta de Autoconsulta. Esta herramienta es fundamental, ya que permite a las empresas, probablemente a través de una plataforma en línea o un sistema de consulta directa con Sence, confirmar si su situación legal y tributaria, así como otras condiciones que el programa pueda exigir, les permiten participar y postular a los beneficios.
Además de la herramienta de autoconsulta, se hace referencia a un "Instructivo para la ejecución del programa 2025". Este documento es la guía oficial que detalla todas las reglas, procedimientos, plazos, requisitos específicos para la postulación, la ejecución de los contratos y capacitaciones, y la rendición de cuentas necesaria para recibir las bonificaciones correspondientes al año 2025. Es vital que las empresas consulten este instructivo, ya que contiene la información más precisa y actualizada sobre cómo operar dentro del marco del programa.
El proceso de postulación y gestión de las bonificaciones implica seguir los pasos que Sence establezca, lo que usualmente incluye la inscripción en el programa, la formalización de los contratos laborales de los nuevos empleados bajo las condiciones requeridas, y, en el caso de la bonificación por capacitación, la planificación y ejecución de los cursos a través de OTEC o relatores internos reconocidos, seguida de la rendición de los gastos o la justificación de la actividad formativa según se indique en el instructivo.
Beneficios Mutuos: Empresas y Trabajadores
La existencia de programas como este genera beneficios significativos tanto para el sector empresarial como para los trabajadores. Para las empresas, representa una oportunidad tangible de reducir los costos operativos asociados al crecimiento, facilitando la contratación de personal necesario para expandir sus operaciones o mejorar su productividad. La bonificación por capacitación, por su parte, incentiva una inversión estratégica en el capital humano, lo que a largo plazo se traduce en equipos más competentes, innovadores y capaces de enfrentar los desafíos del mercado.
Para los trabajadores, el programa fomenta la creación de empleo formal, que ofrece mayor seguridad, acceso a beneficios sociales y condiciones laborales reguladas. Además, al incluir un componente de capacitación, abre puertas a la adquisición o mejora de habilidades relevantes para el mercado laboral actual y futuro, aumentando su empleabilidad y potencial de desarrollo profesional. Ser contratado bajo un programa que incentiva la formación es una señal positiva sobre la inversión que la empresa está dispuesta a hacer en su personal.
En resumen, este programa de Sence, con sus dos vertientes de bonificación por contratación y por capacitación, actúa como un potente catalizador para el mercado laboral chileno. Al disminuir la carga financiera de las empresas y promover la inversión en el desarrollo de habilidades, contribuye a un ecosistema laboral más dinámico, calificado y con mayores oportunidades tanto para empleadores como para empleados.
Preguntas Frecuentes
A continuación, respondemos algunas preguntas comunes sobre este programa de bonificaciones:
- ¿Es obligatorio que la empresa capacite al trabajador para recibir la bonificación por contratación? No. La bonificación por contratación se otorga por el cumplimiento de los requisitos de contratación. La capacitación es una opción adicional que permite acceder a la bonificación específica por capacitación.
- ¿Cuál es el monto máximo que una empresa puede recibir por la bonificación de capacitación por cada trabajador? El monto máximo es de hasta $400.000 (cuatrocientos mil pesos) por cada trabajador contratado y capacitado bajo las condiciones del programa.
- ¿Por cuánto tiempo se recibe la bonificación por contratación? Se recibe durante los primeros 12 meses de contrato del trabajador. Los primeros 6 meses se bonifica el 60% del ingreso mínimo y los siguientes 6 meses el 20%.
- ¿Qué sucede si el ingreso mínimo mensual cambia mientras recibo la bonificación por contratación? La bonificación se recalculará automáticamente en función del nuevo monto del ingreso mínimo mensual que esté vigente.
- ¿Quiénes pueden dictar la capacitación para que sea bonificada? La capacitación debe ser ejecutada por un OTEC (Organismo Técnico de Capacitación) o por un Relator Interno de la propia empresa que cumpla con los requisitos del programa.
- ¿Puedo bonificar la capacitación de un mismo trabajador varias veces? No. La bonificación por capacitación se otorga por una sola vez por cada persona contratada bajo este programa.
- ¿Cómo puede mi empresa saber si es elegible para el programa? El programa dispone de una herramienta de "Autoconsulta" que las empresas interesadas deben utilizar para verificar su elegibilidad.
- ¿Dónde encuentro las reglas detalladas del programa para el año 2025? La información se encuentra en el "Instructivo para la ejecución del programa 2025", que es el documento oficial que rige las condiciones del programa para dicho período.
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