24/09/2016
El sector vitivinícola en Argentina, fundamental para la economía de varias provincias, ha sido recientemente escenario de importantes novedades en cuanto a las condiciones laborales y salariales de sus trabajadores. Tras un periodo de negociaciones entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas (FOEVA) y las cámaras empresariales del sector, se ha alcanzado un acuerdo que impacta directamente en el bolsillo de miles de obreros y empleados, tanto de las bodegas como de las viñas.

Este entendimiento, fruto de las discusiones paritarias, no solo define los incrementos salariales para un periodo específico, sino que también detalla la composición de la remuneración, incluyendo sumas adicionales y los descuentos correspondientes. La información precisa sobre estos puntos es crucial para los trabajadores y empleadores del rubro, proporcionando claridad sobre los montos que regirán en los próximos meses.
Acuerdo Paritario: Detalles Clave del Incremento
La negociación entre FOEVA y la patronal culminó con la firma de un convenio que establece un aumento salarial significativo. Este acuerdo se hizo efectivo recientemente y representa un incremento del 12% que se aplica de manera general a los trabajadores del sector vitivinícola. Es importante destacar que este porcentaje de aumento beneficia tanto a los obreros de las bodegas, quienes son responsables de una amplia gama de tareas relacionadas con la producción y el almacenamiento del vino, como a los trabajadores de la viña, cuya labor es fundamental en el cuidado y la cosecha de la uva.
El periodo cubierto por este incremento salarial abarca los meses comprendidos entre marzo y agosto inclusive. Esto significa que los nuevos valores y la estructura salarial pactada tendrán vigencia durante seis meses, proporcionando un marco de referencia claro para la liquidación de sueldos en este semestre. La aplicación del 12% se refleja en varios componentes del salario, incluyendo el básico, sumas no remunerativas y otros adicionales.
El acuerdo fue formalizado con la firma de representantes de FOEVA y de diversas cámaras y asociaciones del sector empleador, lo que subraya la representatividad y el alcance de lo pactado. Aunque algunas entidades estuvieron presentes durante las conversaciones, el convenio fue suscripto por las partes que lograron consensuar los términos finales, asegurando así su implementación.
Composición del Salario: Básico, Sumas No Remunerativas y Adicionales
El salario de un empleado de bodega, según este nuevo convenio, se compone de varios elementos. Los principales son el salario básico de convenio, una suma no remunerativa de carácter extraordinario y un adicional por refrigerio. Cada uno de estos componentes tiene montos específicos que varían a lo largo del semestre comprendido entre marzo y agosto.
Salario Básico del Operario Común de Bodega
El salario básico es la base sobre la cual se calculan otros adicionales y que define el piso remunerativo para cada categoría. Para la categoría de Operario Común de bodega, el convenio establece montos específicos que se ajustan cada dos meses durante el periodo de vigencia del acuerdo:
- Durante marzo y abril, el salario básico para un operario común de bodega se fijó en 416.646 pesos.
- Para los meses de mayo y junio, este monto se incrementó a 432.671 pesos.
- Finalmente, en julio y agosto, el salario básico alcanzará los 448.696 pesos.
Estos valores representan el salario básico de bolsillo antes de aplicar descuentos obligatorios. Es fundamental comprender que este es solo uno de los componentes de la remuneración total.
Suma No Remunerativa Extraordinaria
Además del salario básico, el acuerdo contempla el pago de una asignación no remunerativa. Este tipo de suma se caracteriza por no integrar la base para el cálculo de ciertos aportes y contribuciones, aunque su naturaleza y tratamiento pueden variar según la normativa vigente. En este caso particular, se trata de una suma de carácter extraordinaria.
El monto total de esta asignación no remunerativa pactado para todo el semestre es de 860.112 pesos. Este importe no se abona en un solo pago, sino que se distribuye en seis cuotas iguales a lo largo de los seis meses que cubre el acuerdo (marzo a agosto). Para el Operario Común, las cuotas de esta suma no remunerativa son las siguientes:
- En marzo y abril, la cuota mensual es de 138.043 pesos.
- En mayo y junio, la cuota asciende a 143.352 pesos.
- En julio y agosto, la cuota finaliza en 148.661 pesos.
Es importante que los trabajadores identifiquen correctamente este concepto en sus recibos de sueldo, ya que tiene un tratamiento diferente al salario básico.
Adicional por Refrigerio
Otro componente que forma parte de la remuneración es el Adicional por Refrigerio. Este concepto también fue ajustado en el marco de las negociaciones paritarias y presenta valores que varían bimestralmente, al igual que el salario básico y la suma no remunerativa.
Los montos del Adicional por Refrigerio para el Operario Común durante el semestre son:
- En marzo y abril: $140.820.
- En mayo y junio: $146.236.
- En julio y agosto: $151.652.
Este adicional contribuye al ingreso total mensual del trabajador, sumándose al salario básico y a la cuota de la suma no remunerativa.
Tabla Comparativa de Salarios (Operario Común)
Para una mejor comprensión de cómo evolucionan los montos a lo largo del semestre, presentamos una tabla que resume los valores mensuales para el Operario Común de Bodega:
| Concepto | Marzo / Abril | Mayo / Junio | Julio / Agosto |
|---|---|---|---|
| Salario Básico | $416.646 | $432.671 | $448.696 |
| Suma No Remunerativa (Cuota Mensual) | $138.043 | $143.352 | $148.661 |
| Adicional por Refrigerio | $140.820 | $146.236 | $151.652 |
| Total Bruto Estimado (sin otros adicionales/descuentos) | $695.509 | $722.259 | $749.009 |
Nota: El "Total Bruto Estimado" es la suma del Salario Básico, la Cuota Mensual de la Suma No Remunerativa y el Adicional por Refrigerio, sin considerar otros posibles adicionales específicos de cada trabajador o descuentos obligatorios.
Aplicación Proporcional a Otras Categorías
Es fundamental aclarar que los valores específicos detallados anteriormente corresponden a la categoría de Operario Común. Sin embargo, el convenio establece explícitamente que los valores señalados, tanto para el salario básico como para la suma no remunerativa y los adicionales, "serán trasladados a las demás categorías, adicionales y rubros de manera proporcional".
Esto significa que el incremento del 12% y la estructura de pagos en cuotas de la suma no remunerativa se aplican a todas las categorías laborales contempladas en el convenio colectivo de trabajo del sector vitivinícola. Aunque el texto no proporciona los montos exactos para cada una de las otras categorías (como capataces, personal especializado, etc.), se entiende que sus salarios básicos, sumas no remunerativas y adicionales se ajustarán siguiendo la misma lógica y proporción que se aplicó al Operario Común. La base de cálculo para esta proporcionalidad será el salario o monto vigente antes de la aplicación del acuerdo para cada categoría.
Descuentos y Aportes
Todo salario, incluso en el marco de un convenio colectivo, está sujeto a ciertos descuentos obligatorios que contribuyen a la seguridad social y otros fines. El convenio firmado entre FOEVA y la patronal también especifica algunos de estos descuentos y aportes.
En cuanto a la obra social, se acordó un aporte del empleador del 4 por ciento destinado a la Obra Social del Personal de la Actividad Vitivinícola (OSPAV). Este es un aporte patronal, no un descuento directo del sueldo del trabajador.
Por otro lado, el convenio sí menciona un descuento que se aplica directamente al trabajador en su recibo de sueldo. Para aquellos trabajadores que están amparados por el convenio colectivo de trabajo del sector vitivinícola pero que no se encuentran afiliados al sindicato FOEVA, se les aplicará un descuento del 1,5% sobre su bono de sueldo. Este descuento es una contribución de solidaridad establecida en el marco de la negociación colectiva.
Es importante que los trabajadores revisen sus recibos de sueldo para verificar la correcta aplicación de estos conceptos, tanto los incrementos pactados como los descuentos correspondientes.
Preguntas Frecuentes sobre el Nuevo Salario
A continuación, respondemos algunas preguntas comunes basadas en la información proporcionada por el convenio:
¿Cuál es el porcentaje de aumento acordado?
El aumento acordado es del 12%.
¿A qué trabajadores beneficia este acuerdo?
El acuerdo beneficia tanto a los obreros de bodega como a los trabajadores de la viña amparados por el convenio colectivo del sector vitivinícola.

¿Durante qué meses rige el aumento?
El aumento rige para los meses comprendidos entre marzo y agosto inclusive.
¿Cuáles son los componentes del salario mencionados en el acuerdo?
Los componentes principales mencionados son el salario básico, una suma no remunerativa extraordinaria y el adicional por refrigerio.
¿Cuánto gana de salario básico un Operario Común en marzo y abril?
El salario básico para marzo y abril es de 416.646 pesos.
¿Cuánto gana de salario básico un Operario Común en mayo y junio?
El salario básico para mayo y junio es de 432.671 pesos.
¿Cuánto gana de salario básico un Operario Común en julio y agosto?
El salario básico para julio y agosto es de 448.696 pesos.
¿Cuál es el monto total de la suma no remunerativa?
El monto total de la suma no remunerativa para el semestre es de 860.112 pesos.
¿Cómo se paga la suma no remunerativa?
Se paga en seis cuotas mensuales iguales durante el período de marzo a agosto.
¿Cuál es la cuota mensual de la suma no remunerativa para un Operario Común en marzo y abril?
La cuota es de 138.043 pesos.
¿Cuál es la cuota mensual de la suma no remunerativa para un Operario Común en mayo y junio?
La cuota es de 143.352 pesos.
¿Cuál es la cuota mensual de la suma no remunerativa para un Operario Común en julio y agosto?
La cuota es de 148.661 pesos.
¿Cuál es el monto del Adicional por Refrigerio para un Operario Común en marzo y abril?
El monto es de $140.820.
¿Cuál es el monto del Adicional por Refrigerio para un Operario Común en mayo y junio?
El monto es de $146.236.
¿Cuál es el monto del Adicional por Refrigerio para un Operario Común en julio y agosto?
El monto es de $151.652.
¿Cómo se aplica el aumento a otras categorías?
Los valores se trasladan a las demás categorías, adicionales y rubros de manera proporcional a los montos que regían antes del acuerdo.
¿Hay descuentos del sueldo del trabajador mencionados en el convenio?
Sí, se menciona un descuento del 1,5% para los trabajadores no afiliados al sindicato pero alcanzados por el convenio.
¿Hay aportes del empleador mencionados?
Sí, se menciona un aporte del 4% para la obra social OSPAV.
Conclusión
El reciente acuerdo paritario en el sector vitivinícola de Argentina representa un paso importante en la actualización de los salarios de los trabajadores de bodega y viña. El incremento del 12%, distribuido en los distintos componentes salariales a lo largo del semestre marzo-agosto, busca recomponer el poder adquisitivo y establecer valores claros para la liquidación de haberes. Conocer la estructura del salario, los montos específicos para la categoría de Operario Común y la aplicación proporcional a otras categorías, así como los descuentos y aportes, es fundamental para todos los involucrados en esta actividad económica vital para el país.
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