Salarios Panaderos CABA CCT 269/95 - Feb 2025

10/09/2018

Valoración: 4.23 (6673 votos)

El sector de panaderías y afines en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha alcanzado un nuevo hito en materia de negociaciones salariales. El 24 de febrero de 2025, se dio a conocer la escala salarial actualizada que regirá para los trabajadores comprendidos bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 269/95. Este acuerdo, fundamental para establecer las condiciones laborales y la remuneración mínima, impacta directamente en miles de empleados dedicados a la elaboración, venta y distribución de productos de panificación en la capital argentina.

¿Cuánto debe cobrar un empleado de panadería?
Rama PanaderosCategoríasTotalSuma No Rem.Repartidor$ 585.480$ 146.252Peón o Mantenimiento$ 575.465$ 143.567Ayudante Reparador$ 575.465$ 143.567Aprendiz$ 535.252$ 132.785

Conocer la escala salarial vigente es esencial tanto para los trabajadores, quienes deben asegurarse de percibir la remuneración que les corresponde por ley y convenio, como para los empleadores, que necesitan cumplir con sus obligaciones legales y mantener una operación justa y transparente. El CCT 269/95 es el marco normativo que define no solo los salarios, sino también las categorías laborales y otros derechos y deberes dentro de este ámbito específico.

Este convenio colectivo tiene un alcance bien definido. Según su Artículo 4, se aplica al personal que desarrolla sus tareas dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Abarca a los empleados que trabajan en diversos tipos de establecimientos, incluyendo fábricas, supermercados, cooperativas y plantas industriales. La clave para estar incluido bajo este convenio reside en el tipo de tareas realizadas, que deben estar vinculadas a la elaboración, venta y despacho de una amplia gama de productos de panadería y afines. Esto incluye pan en todas sus variedades (galletas, grisines, medialunas, facturas, pan inglés, pan integral, prepizzas, pebetes, pan de panchos, pan de hamburguesas, pan lactal, etc.), incluso aquellos elaborados con distintas grasas o mezclas, o en presentaciones congeladas, semi-congeladas o enlatadas.

Además del personal directamente involucrado en la producción, el CCT 269/95 también cubre a otros roles esenciales para la operación del negocio. Esto comprende a todos los trabajadores y empleados de venta, el personal administrativo, los cajeros, los dependientes, y los repartidores, independientemente del medio de locomoción que utilicen. En esencia, cualquier trabajador afectado a los procesos de industrialización o comercialización de los productos detallados, en cualquier forma que se realice, está amparado por este convenio.

Uno de los puntos más esperados y relevantes de este acuerdo es la escala salarial actualizada. Esta escala fija los sueldos mínimos que deben percibir los empleados de panaderías, discriminados según su categoría laboral y las tareas específicas que desempeñan. A continuación, se presenta el detalle de los sueldos mínimos vigentes a partir de febrero de 2025, conforme al «ANEXO I – ESCALA SALARIAL» del reciente acuerdo.

Índice de Contenido

Escala Salarial CCT 269/95 - Febrero 2025

CategoríaSueldo Mínimo Mensual (AR$)
Rama Panaderos
Oficial928.858
Medio Oficial909.489
Ayudante902.587
Administrativo/a889.920
Repartidor889.920
Rama Ingleseros
Oficial960.142
Medio Oficial934.647
Ayudante886.244
Encargado/a937.436
Cortador899.216

Es importante destacar que esta tabla refleja los sueldos mínimos para cada categoría al Febrero de 2025. Estos montos son la base sobre la cual se calculan otras posibles remuneraciones y adicionales, si correspondiera. La clasificación correcta del trabajador es fundamental para garantizar la aplicación de la escala salarial adecuada.

Descripción de las Categorías Laborales

El CCT 269/95 no solo establece los montos, sino que también define claramente las responsabilidades y tareas asociadas a cada categoría laboral. Comprender estas descripciones es clave para determinar bajo qué categoría se encuentra un trabajador y, por lo tanto, cuál es el sueldo mínimo que le corresponde. Cabe recordar una regla importante estipulada en el convenio: si un empleado realiza dos o más tareas que corresponden a distintas categorías, se le deberá aplicar la categoría con el mejor salario, es decir, la de mayor remuneración.

¿Cuál es la escala salarial del SOPSTE para 2025?
Escalas Salariales CCT 231/94 2025CATEGORIASEnero 2025Febrero 2025 (No Remun. $54.000)AYUDANTE$982.341$1.036.341DEPENDIENTE982.341$1.036.341CAJERO/A$1001.523$1.055.523REPARTIDOR$982.341$1.036.341

Veamos el detalle de cada categoría:

Oficial: Esta es una de las categorías de mayor calificación técnica dentro de la rama de Panaderos e Ingleseros. El Oficial es el trabajador con la habilidad y experiencia necesarias para elaborar y cocinar cualquiera de los productos especificados en el artículo 4º del convenio. Su rol no se limita solo a la producción, sino que también implica supervisar el desarrollo de las tareas a cargo de otros trabajadores y es responsable directo del control de calidad de las piezas elaboradas durante su turno de trabajo. Su conocimiento profundo del oficio lo posiciona como un pilar en el proceso productivo.

Medio Oficial: La categoría de Medio Oficial se aplica a aquel trabajador que, si bien aún no posee el oficio completo de Oficial, cuenta con las capacidades para reemplazar a un Oficial de manera temporal. Durante el tiempo que dure dicho reemplazo, el Medio Oficial deberá percibir la remuneración correspondiente a la categoría de Oficial. Sus tareas habituales incluyen realizar todas las labores requeridas en las distintas etapas de elaboración de los productos, desde el inicio hasta su finalización. Al concluir su jornada, es su responsabilidad ordenar su sector de producción y limpiar los útiles y elementos de trabajo utilizados, contribuyendo al mantenimiento del área.

Ayudante: El Ayudante es el eslabón de soporte fundamental en el proceso de producción, especialmente en establecimientos donde no se cuenta con tecnología avanzada como hornos automáticos, carros o bandejas mecanizadas. Las tareas asignadas a un Ayudante pueden incluir encender y controlar la temperatura del horno, cepillar y arrollar los tendillos (lienzos), estibar y manejar con la pala los productos que se están elaborando. Además, colabora activamente en cualquier otra labor relacionada con la producción que le sea requerida. Su función es vital para asistir al Oficial y Medio Oficial en las diversas etapas.

Peón de mantenimiento: Esta categoría se enfoca principalmente en las tareas de higiene y logística interna del establecimiento. El Peón de mantenimiento se encarga de la limpieza general del lugar de trabajo, incluyendo los útiles de labor, las latas y las maquinarias. También puede tener a su cargo la preparación del reparto de mercaderías y trasladar productos desde el área de producción (la cuadra) hasta el mostrador. Sus tareas son inherentes a su categoría y no implican participación directa en el proceso de producción de los productos de panadería, sino en mantener el entorno y facilitar la distribución.

Cajero: La función principal del Cajero es la atención de la caja registradora y el cobro de las ventas realizadas al público. Sin embargo, el convenio prevé que, si el empleador lo considera necesario y las circunstancias lo requieren, el Cajero también podrá atender al público, despachando mercaderías y cumpliendo funciones similares a las de un empleado de mostrador o dependiente. Su rol es crucial en el punto de venta para la gestión económica de las transacciones.

Dependiente: El Dependiente es el trabajador clave en la interacción con el cliente en el área de ventas. Sus responsabilidades incluyen atender al público, asegurarse de que la exhibición de productos esté ordenada y completa, y realizar la limpieza de vidrieras, vitrinas y cualquier otra tarea secundaria relacionada con la higiene general de la parte comercial del establecimiento. El convenio contempla que, en situaciones de emergencia o necesidad puntual, el Dependiente puede ocupar el puesto de Cajero/a, mostrando una cierta versatilidad en el área de atención al cliente.

¿Cuál es la escala salarial del SOPSTE para 2025?
Escalas Salariales CCT 231/94 2025CATEGORIASEnero 2025Febrero 2025 (No Remun. $54.000)AYUDANTE$982.341$1.036.341DEPENDIENTE982.341$1.036.341CAJERO/A$1001.523$1.055.523REPARTIDOR$982.341$1.036.341

Administrativos: El personal Administrativo abarca a aquellos empleados que desempeñan tareas de oficina y gestión documental o de trámites relacionados con el funcionamiento del establecimiento. Esto puede incluir desde la facturación, manejo de inventarios, gestión de personal, hasta trámites bancarios o impositivos. Su labor es fundamental para el correcto soporte y organización de las operaciones del negocio de panadería en aspectos no directamente ligados a la producción o venta al público.

Repartidores: Los Repartidores tienen la responsabilidad de trasladar las mercaderías producidas o vendidas fuera del establecimiento para su entrega a domicilio o a otros puntos de venta. Para ello, utilizan los medios de transporte proporcionados por el empleador, que pueden variar desde camionetas hasta bicicletas o triciclos. Es deber del Repartidor el cuidado y mantenimiento básico de los elementos de trabajo que se le suministran. En caso de que la tarea implique la conducción de un vehículo motorizado, es un requisito indispensable contar con la habilitación legal correspondiente para hacerlo.

Aprendices: La categoría de Aprendices se rige por las disposiciones de la legislación laboral vigente en materia de contratos de aprendizaje, mencionada en el texto original como la ley 24.465 (actualmente referenciada a la ley 25.013, aunque es importante verificar la legislación actual aplicable en 2025). Realizan tareas formativas bajo las condiciones y limitaciones que establece dicha normativa, combinando aprendizaje práctico con, en algunos casos, formación teórica.

Además de la escala salarial y la descripción de categorías, el acuerdo contempla un detalle importante para la jornada laboral. Se especifica que todas las categorías de trabajadores que cumplan una jornada de 8 horas diarias tienen derecho a un descanso o refrigerio de 20 minutos dentro de su jornada laboral. Este es un aspecto a considerar en la organización del trabajo diario.

La publicación de esta escala salarial actualizada en Febrero de 2025 brinda certidumbre a los trabajadores del sector de panaderías en CABA y a sus empleadores. Permite liquidar correctamente los haberes, planificar costos laborales y asegurar el cumplimiento de las condiciones mínimas establecidas por el CCT 269/95. Mantenerse informado sobre estos acuerdos es vital para la armonía laboral y el correcto funcionamiento de los establecimientos.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Salarios Panaderos CABA CCT 269/95 - Feb 2025 puedes visitar la categoría Salario.

Subir